Sin concursos, no hay Estado profesional: la importancia de distinguir entre cargos políticos y cargos técnicos

Es primordial que el acceso a la función pública esté regido por el mérito y no por la cercanía

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Cuando los cargos técnicos se
Cuando los cargos técnicos se convierten en extensiones del poder político de turno, el Estado pierde profesionalismo (Imagen ilustrativa Infobae)

Cada vez que cambia un gobierno, vuelve la misma discusión: ¿quiénes deben ocupar los cargos del Estado? ¿Puede una nueva gestión designar a todos los funcionarios? ¿Es lo mismo un ministro que un director técnico de carrera? Detrás de estas preguntas hay un debate mucho más profundo: la necesidad de distinguir claramente entre cargos políticos y cargos técnicos o estables dentro de la administración pública.

La teoría clásica de la administración pública, formulada a fines del siglo XIX por el politólogo y presidente norteamericano Woodrow Wilson, estableció una distinción fundamental: la política, “decide”; la administración, “implementa”.

En su célebre ensayo de 1887, Wilson sostuvo que era necesario separar las funciones políticas —encargadas de definir objetivos, prioridades y programas— de las funciones administrativas, responsables de implementarlos de manera profesional, eficiente y neutral. Esta separación —conocida como la dicotomía entre política y administración— no es un capricho académico: es un principio diseñado para evitar el clientelismo, el favoritismo y la captura partidaria del Estado.

La palabra “diseñado” no es casual. Wilson tuvo que “imaginar” cómo separar política y administración, que en su país también se mezclaban.

En términos simples: los gobiernos cambian, pero el Estado debe permanecer. Y cuanto más profesionalizado, mejor.

La distinción necesaria

Esa separación solo puede sostenerse si se diferencia con claridad qué cargos son políticos y cuáles son técnicos o de carrera.

Los cargos políticos —ministros, secretarios, subsecretarios y otros puestos de conducción estratégica— deben estar en manos de la autoridad electa. Es lógico y democrático que quien ganó una elección pueda elegir a su equipo de confianza para implementar su programa. Estos cargos implican orientación política, definición de prioridades y responsabilidad directa ante el electorado.

Pero muy distinto es el caso de los cargos técnicos o estables: directores de carrera, especialistas, profesionales, analistas, funcionarios administrativos. Allí no está en juego la definición del rumbo político, sino la capacidad de ejecución técnica. Su función no es representar una ideología, sino garantizar que el Estado funcione con legalidad, profesionalismo, eficiencia y continuidad.

Confundir ambos planos tiene consecuencias graves.

Cuando los cargos técnicos se convierten en extensiones del poder político de turno, el Estado pierde profesionalismo. Se debilita la capacidad institucional, se erosiona la memoria administrativa y se instala un sistema de incentivos perverso: la lealtad hacia una “tribu” partidaria o hacia vínculos personales pasa a valer más que la idoneidad.

Y aunque en la política la lealtad es una palabra central —porque implica confianza y compromiso con un proyecto—, en el ámbito técnico la lógica debe ser otra. Allí no se trata de adhesión, sino de conocimiento. Quien ocupa un cargo técnico no debe ser el más cercano al poder, sino quien más sabe del tema.

En varios países de América Latina (dejo al lector imaginar en cuáles), cuando un dirigente enfrenta el dilema entre nombrar al “amigo” o al que “sabe”, con toda seguridad, termina eligiendo al amigo, aun cuando el resultado sea espantoso o perjudicial para la gestión. Esa decisión puede fortalecer la red política en el corto plazo, pero debilita al Estado y su Administración Pública en el mediano y largo plazo.

La confianza personal nunca debería reemplazar a la competencia profesional, pero no es lo que usualmente ocurre…

El concurso como garantía de idoneidad

El artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes son admisibles en los empleos públicos “sin otra condición que la idoneidad”. Esa palabra no es decorativa. Supone mérito, competencia y evaluación objetiva. Implica que el acceso al Estado no debe depender de vínculos personales, afinidades partidarias ni cercanía con la gestión de turno, sino de capacidades verificables.

El instrumento por excelencia para garantizar esa idoneidad es el concurso público.

El concurso no es una formalidad burocrática ni un trámite administrativo más. Es una herramienta de igualdad y transparencia. Permite que cualquier ciudadano que reúna los requisitos pueda competir en condiciones abiertas, bajo reglas claras y procedimientos verificables. Es, en definitiva, el mecanismo institucional que traduce en práctica concreta el principio republicano de igualdad ante la ley.

Sin concursos regulares, ágiles y obligatorios, el principio de idoneidad se vacía de contenido.

Como han señalado diversos especialistas en administración pública, entre ellos Eduardo A. Salas, la consolidación de un servicio civil profesional no es una cuestión meramente técnica, sino una condición estructural para el funcionamiento institucional del Estado. La carrera administrativa y los concursos de ingreso no constituyen privilegios corporativos, sino garantías republicanas de igualdad de acceso, estabilidad y continuidad en la gestión pública.

El problema en Argentina no radica en la ausencia de normas que consagren el principio de mérito, sino en su aplicación irregular y en la persistencia de mecanismos discrecionales que erosionan la profesionalización. En ese contexto, la distinción real —no solo teórica, sino también legal y operativa— entre cargos políticos y cargos técnicos se vuelve indispensable: sin esa delimitación clara, el principio de idoneidad pierde eficacia y el servicio civil se vuelve vulnerable a la captura partidaria.

En la práctica, muchas jurisdicciones han naturalizado un esquema diferente: proliferación de contratos temporarios, designaciones interinas por excepción y prolongadas, promociones discrecionales y ausencia de convocatorias periódicas. El resultado es una administración pública donde una parte significativa del personal no tiene estabilidad real ni oportunidades claras de desarrollo profesional.

Las consecuencias son previsibles.

Primero, se desalienta el ingreso de profesionales altamente calificados, que encuentran en el sector privado mayores certezas y mejores incentivos. Segundo, se debilita el aprendizaje institucional, porque la continuidad de los equipos depende de decisiones políticas coyunturales. Tercero, se instala un clima de incertidumbre permanente, donde la permanencia o el ascenso pueden depender más de la afinidad que del desempeño.

Un Estado profesional requiere previsibilidad. Requiere que quien ingrese por concurso sepa que podrá desarrollar una carrera basada en evaluaciones objetivas y que su permanencia no dependerá del signo político del gobierno de turno.

Defender el concurso no es defender un “status quo” corporativo; es defender una condición básica de cualquier república moderna: que el acceso a la función pública esté regido por el mérito y no por la cercanía.

Una propuesta concreta

Defender el ingreso por concurso no significa negar la existencia de cargos de confianza política. Toda gestión necesita personas que compartan su visión estratégica. Pero esos cargos deben estar claramente delimitados y ser la excepción, no la regla.

Si aceptamos que el jefe de Gabinete de Ministros es, conforme al artículo 100 de la Constitución Nacional, el responsable político de la administración pública, entonces corresponde que sea este funcionario quien establezca una delimitación clara dentro de la estructura estatal.

En particular, debería distinguir entre las Direcciones Nacionales y Generales aquellas cuya naturaleza sea predominantemente política de aquellas cuya función sea esencialmente técnica.

En las áreas que se definan como políticas, no haría falta realizar concursos. Allí, la autoridad política tendría plena libertad para designar a quien considere más adecuado, por razones de voluntad política, confianza o estrategia de gestión.

En cambio, en aquellas dependencias cuya misión sea fundamentalmente técnica, el acceso debería realizarse solo mediante concursos públicos ágiles, transparentes y periódicos. Estos puestos —formalmente identificados como “cargos técnicos”— deberían cubrirse estrictamente por mérito e idoneidad comprobada, mediante evaluaciones objetivas de antecedentes y capacidades.

Esto exige repensar y modernizar el sistema de concursos, dotándolo de mayor celeridad, previsibilidad y control público, de modo que combine rigor en la selección con eficiencia administrativa. Un nuevo esquema de concursos no debe ser un obstáculo burocrático, sino una herramienta efectiva para garantizar que quienes ocupen funciones técnicas en el Estado sean los más capacitados.

De esta forma, se podría trazar con mayor claridad el límite entre política y administración. Un límite que no es absoluto, pero que resulta indispensable para la calidad institucional.

Fortalecer al gobierno, fortalecer al Estado

En democracias consolidadas, la fortaleza institucional se mide por la calidad de su servicio civil. Un cuerpo técnico profesionalizado no debilita al gobierno electo; lo fortalece. Le permite ejecutar políticas con mayor eficacia, sostenerlas en el tiempo y corregir errores con base en evidencia.

Además, protege a los propios gobiernos. Cuando todo el aparato estatal se identifica con una fuerza partidaria, la alternancia se vuelve traumática. Cuando existe un núcleo técnico estable, la transición es más ordenada y el aprendizaje institucional se conserva.

La política tiene derecho a gobernar, pero el Estado tiene la obligación de funcionar. Si queremos discutir seriamente la reforma del Estado, empecemos por lo esencial: concursos obligatorios para los cargos técnicos y delimitación precisa de los cargos políticos.

Porque no se trata de defender a los burócratas ni de limitar a los gobiernos electos, sino de construir un Estado capaz de sostener políticas públicas más allá de los ciclos electorales.

Y esto solo es posible cuando la idoneidad pesa más que la cercanía, y el mérito más que la militancia.