
Las organizaciones dedicadas al tráfico de estupefacientes en América Latina operan con estructuras definidas, financiamiento transnacional y capacidad de reclutamiento que supera fronteras y vulnera las instituciones. Según Naciones Unidas, esta economía criminal mueve miles de millones de dólares anuales, alimenta redes de corrupción, financia violencia y disputa territorios con los Estados.
Argentina no es ajena a esta problemática: en los últimos años se verificó un creciente proceso de profesionalización delictiva que permitió la expansión de organizaciones dedicadas a la producción, tráfico y comercialización de drogas ilícitas.
En este contexto, el proyecto de reforma integral del Código Penal incorpora una respuesta más severa y específica frente a las estructuras criminales vinculadas al narcotráfico. Se pone el foco hacia quienes organizan, financian, dirigen o reclutan personas para sostener estas estructuras. Desarticular esta logística y reclutamiento es un golpe dirigido a que este negocio se desarticule.
Uno de los ejes centrales del proyecto refiere a la “organización, financiación, dirección o administración” de los delitos previstos para el tráfico de estupefacientes. La reforma prevé penas de ocho a veinte años de prisión y cuantiosas multas en días-multa para quien participe en roles de conducción dentro de la estructura delictiva. Esto significa que no solo se castiga al que comercializa o transporta, sino al engranaje estratégico que convierte al narcotráfico en una empresa criminal.
El proyecto introduce, además, una agravante vinculada a la noción de organizaciones criminales complejas. Si el tráfico de estupefacientes es llevado a cabo por una asociación ilícita, una organización internacional o un cártel, la pena se incrementa a rangos de entre diez a veinticinco años de prisión. Así, el proyecto ataca un punto sensible: las estructuras transnacionales del narcotráfico son las que más capacidad tienen para corromper, disputar territorios y lavar activos.
Otro aspecto fundamental del que se ocupa el proyecto es el reclutamiento. El proyecto sanciona con penas de ocho a veinte años a quien capte personas para intervenir en cualquiera de las etapas del narcotráfico. De este modo, captar vendedores al menudeo o sumar colaboradores para logística o transporte se convierte así en un delito autónomo.
Esto es fundamental, en tanto el reclutamiento constante es lo que permite que las organizaciones se afiancen en territorios, especialmente cuando operan en barrios vulnerables o con menores de edad.
Con este eje, el Código incorpora agravantes cuando se recluta a menores de dieciocho años o personas en situación de vulnerabilidad, cuando el reclutamiento tiene por objeto integrar una organización criminal, o cuando se recurre a intimidación o coacción. En estos casos, la escala penal se eleva hasta diez a veinticinco años. Se trata de incorporar en nuestra legislación una mirada alineada con estándares internacionales, que consideran que las organizaciones que captan jóvenes y utilizan violencia presentan mayor capacidad de daño social.
En síntesis, el proyecto de Código Penal argentino adopta un modelo moderno de persecución del narcotráfico: apunta al núcleo organizacional, desalienta el financiamiento y castiga especialmente el proceso de reclutamiento. En un escenario en el que el tráfico de drogas se comporta como una industria global en expansión, el proyecto de Código penal propone castigar más severamente la cadena de mando y proteger a los sectores más vulnerables. La mirada, entonces, pasa a ser el combate al narcotráfico desde la estructura misma del crimen organizado.
*Mariano Hernán Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal, expresidente del tribunal (períodos 2014, 2023 y 2024) y vicepresidente de la Comisión de Reforma del Código Penal.
*Juan Manuel Garay, funcionario de la Cámara Federal de Casación Penal. Asesor del proyecto de reforma del Código Penal. Magíster en Derecho Penal UTDT.
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