
Celebro que finalmente se haya convertido en Ley la esperada respuesta integral al VIH. Una iniciativa que no sólo erradica prácticas discriminatorias sino que también prohíbe la prueba del VIH, Hepatitis, TBC e ITS como parte de los exámenes preocupacionales, además de impulsar la producción pública de medicamentos e insumos; investigación para el desarrollo y acceso a nuevas herramientas para la prevención y diagnóstico; promoción de derechos y una especial protección a quienes nacieron con VIH. Todo esto fue correctamente abordado desde una perspectiva de derechos humanos, género e interseccionalidad.
Recorrió un largo camino hasta que finalmente el Senado la aprobó. Eso incluye destacar, también, el trabajo del activismo de la sociedad civil en respuesta al VIH (Red Argentina de Jóvenes y Adolescentes Positivos, Ciclo Positivo, GEP, Fundación Huésped, Act Up, FALGBT, ATTTA y Nexo, por mencionar algunas) que reclamaron con firmeza y de manera perseverante una solución. Ellos han logrado poner en agenda este tema y llevarlo adelante para proteger a grupos que se encuentran en situación de perjuicio y vulnerabilidad.
Esta Ley que se aprobó me ocupa desde hace mucho tiempo —incluso antes de ser legislador o diputado nacional— viví su recorrido y construcción colectiva trasversal, sé que ha sido manoseada durante años, perdiendo estado parlamentario cuatro veces, en diferentes gobiernos, con diferentes bloques legislativos.

En nuestro país existen grupos de personas que, precisamente por pertenecer a determinados colectivos, carecen de acceso a ciertos empleos, funciones, beneficios, derechos y garantías, quedando en situaciones de sometimiento. Por eso, es de central importancia el rol activo del Estado para revertir las desigualdades, se requiere de medidas de acción positivas que atraviesen las distintas esferas del ámbito público de las personas. La igualdad no puede ser solo formal, sino que debe ser efectiva y material, no basta con la prohibición de las acciones lesivas sino que el Estado tiene que tomar parte.
La igualdad material implica condiciones para hacer efectiva las mismas oportunidades, teniendo en cuenta desventajas estructurales. No podemos quedarnos en una visión de igualdad formal ante la ley que no tome en cuenta circunstancias específicas.
Roberto Saba, en su libro “Más allá de la igualdad formal ante la ley” habla del principio de igualdad como no sometimiento. Este principio se apoya sobre una idea de igualdad que rechaza el sometimiento de grupos, su exclusión o su segregación. Y el Estado tiene la obligación constitucional de desmantelarla, objetivo muy probablemente imposible de alcanzar para aquellos que son parte de la práctica, ya sea como víctimas o como responsables.
A 40 años de los primeros casos confirmados de VIH, y a pesar de todos los avances logrados, aún existen muchos desafíos por superar. En Argentina se estima que 136.000 personas viven con VIH, 17 % desconoce su diagnostico, 67% se atiende en el sistema público de salud y 30,2 % de los diagnosticados fueron en una etapa avanzada de la infección. De acuerdo con datos del Índice de estigma y discriminación hacia las personas con VIH de la Red Argentina de Jóvenes y Adolescentes Positivos (RAJAP), el 17% de las personas que viven con VIH tuvo que realizarse el test para ingresar a un empleo. Este porcentaje se eleva al 25% en las poblaciones con necesidades básicas insatisfechas.
La discriminación en el ámbito laboral se manifiesta en los procesos de selección y contratación y en algunos casos, cuando la persona ya está empleada su diagnóstico es revelado sin su consentimiento al resto de su equipo de trabajo. Las personas con VIH o Hepatitis B y C, Tuberculosis o ITS atraviesan situaciones de particular vulnerabilidad con relación a las posibilidades de insertarse o permanecer en el mercado de trabajo. No solamente por los efectos en la salud que acarrean estas patologías, sino porque, además, cualquiera de estas infecciones conlleva una serie de efectos muy adversos vinculados a los estigmas que circulan socialmente.
El objetivo fundamental que busca esta legislación es evitar que se consoliden y solidifiquen grupos excluidos, sometidos y sojuzgados perpetrados con esa condición.
Uno de los argumentos que más se utilizó para atacar esta normativa es el coste que implica garantizar ciertos derechos y protecciones al grupo sometido en cuestión. En el libro “El costo de los derechos”, los juristas Stephen Holmes y Cass Sunstein explican muy bien la falsa dicotomía entre derechos que no requieren costos y derechos que sí los requieren. Por eso creer que existen derechos sin costos para la sociedad es erróneo, la discusión de fondo es sobre la justicia o no del reclamo. Y es, en este sentido, que creemos que la protección a estos grupos vulnerados debe ser garantizada, evitando falsas visiones economicistas.
La conclusión es que sólo pueden existir derechos si hay una estructura detrás tendiente a garantizar su satisfacción. El liso y llano argumento simplista de ¨incremento del déficit fiscal” vilipendea los derechos, nos impide ponernos en el lugar del otro y saber que el otro nos interpela, minimiza el concepto de igualdad como no sometimiento y pone en dudas el porqué de acciones de discriminación positiva (amparadas en nuestra Constitución Nacional) requieren erogaciones presupuestarias. La cuestión es definir qué derechos van a ser defendidos y cuánto estamos dispuestos a invertir en ellos.
Esta Ley es importante y urgente para el presente y futuro de miles que siguen muriendo por causas relacionadas con el Sida, por Tuberculosis o por Hepatitis.
Y también es importante para no olvidar la lucha del pasado, de todas las personas víctimas del Sida que murieron desde los años 80 en nuestro país. Personas que fueron discriminadas, violentadas, apartadas, segregadas, abandonadas, ninguneadas, criminalizadas, pero también recordadas en el corazón doliente de muchos de nosotros. Hay una lista de nombres populares como Roberto Jáuregui o Carlos Jáuregui, Federico Moura, Cris Miró o Miguel Abuelo, pero hay miles más, que fueron nuestros amigos, amores o familiares.
¿Saben que algunas ni siquiera fueron sepultadas por sus familias? Que las negaron hasta su muerte y quedaron hundidas en la vergüenza. ¿Saben que algunas terminaron en una cremación común porque no había nadie que quisiera “hacerse cargo”? ¿Saben que muchas fueron ridiculizadas y despreciadas hasta en sus propios entierros por una “vida licenciosa”?
No hay lágrimas y no hay razón que alcancen para tapar tanta ignominia. Pero sí estoy convencido de que hay medidas, como esta Ley, para que sus vidas no hayan sido en vano y a la vez nos permitan dar un paso más en la construcción de una sociedad más justa y humanista. Porque todos tenemos el derecho humano de estar aquí el día de la cura.
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