Educación: ¿un conflicto entre adultos o un derecho de niños?

Los conflictos laborales en el ámbito educativo necesitan ser resueltos en la mesa de negociación y no en la escuela

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Foto de archivo. EFE/Carlos Cermele
Foto de archivo. EFE/Carlos Cermele

Desde la vuelta a la democracia en 1983 no hubo un solo año lectivo en que niños y niñas de nivel primario en Argentina hayan tenido 180 días de clases. 39 años de un Estado que, a la vez que reconocía más derechos a nivel internacional y nacional (Convención de los Derechos del Niño y Ley 26.061 de Protección Integral), incumplía las propias obligaciones autoimpuestas. En 2020 solo 10 provincias cumplieron. En 2021, 14. Y en lo que va de 2022 ya hay 3 que no podrán cumplir: Chaco, San Luis y Tierra del Fuego. Ocurre así que mientras en las leyes niños y niñas son “sujetos de derechos”, en los hechos “son objeto” de problemas irresueltos entre adultos. ¿Un Estado tutelar que no los mira? En educación, todavía sí.

En el año 2003 se estableció por ley el piso mínimo de 180 días de clases. En 2011, 8 años después, el Consejo Federal de Educación dispuso los 190. En 2006, la ley de Educación Nacional (26.206) estableció el piso mínimo de 6% del PBI en el presupuesto a educación. Nunca se cumplió. Ni calendario ni presupuesto. ¿Adultos al margen de la ley?

A veces los legisladores creemos que la sanción de una ley es el punto de llegada, pero es al revés, es el punto de partida. No es la ley publicada en el Boletín Oficial lo que importa. Es que, efectivamente, el contenido se transforme en prácticas para los protagonistas clave de la política educativa: ministros/as, docentes, equipos, personal y gremios. Hace 4 años, las encuestas informaban que sólo el 33% de las escuelas enseñaba los Derechos del Niño de la Convención Internacional. Lo mismo ocurría con la ley 26.061. Creamos un programa específico en el Congreso para avanzar: Mis derechos en el Bolsillo. ¿Cómo respetar lo que no se enseña? Lo que hace que niños y niñas sean tratados como objetos de las necesidades de los adultos -por legítimas que sean- es la invisibilización de la enorme asimetría de poder. Ellos no pueden decir un No contundente. De hecho, no votan hasta los 16.

¿Cómo conciliar entonces la Constitución, los tratados internacionales, nuestras leyes con los datos? Que no haya distraídos. Claro que el mismo ordenamiento reconoce el derecho a huelga y reclamo de los trabajadores. Basta leer el artículo 14 y el 14bis de la Constitución. Pero, ¿en serio la conclusión ante este conflicto de derechos es siempre que sean quienes no pueden elegir los perjudicados/as? ¿Qué significa entonces ese principio del “interés superior del niño” si no que, ante intereses contrapuestos, prevalezca el de las infancias? ¿O cómo hablar “del niño sujeto de derechos” si resultan objeto de las decisiones inconsultas de los adultos?

La pandemia enseñó. Sabemos con claridad que existen efectos negativos de la no presencialidad en aulas, no sólo en los procesos de aprendizajes sino también en la salud mental de los niños, niñas y adolescentes. La educación presencial es irremplazable y es fundamental para enfrentar la pobreza y las enormes brechas de desigualdad y exclusión. En la escuela se aprende mucho más que lo que se enseña; para muchas familias es un centro alimentario, médico, lugar ordenador y de referencia comunitaria.

La dirigencia (y esto engloba a la política y también a los sindicatos) tiene que tener la madurez suficiente para separar distintos elementos que forman parte de una misma problemática. Así, por un lado, la existencia de conflictos laborales en el ámbito educativo que necesitan ser resueltos y jerarquizados deben quedar en la mesa de negociación de los propios adultos, mientras que, por el otro, dichas tensiones no pueden, ni deben, vulnerar la continuidad escolar de los niños, niñas y adolescentes.

En el periodo democrático, el promedio de días de paro docente por año fue de 12. Es decir, más de dos semanas menos de clases. Y el año 2018 fue particularmente malo donde hubo 13 paros docentes en todo el país. La provincia de Buenos Aires tuvo 25 días de paro y Chubut 78 días sin clases. Ese mismo año en el Congreso estábamos llevando adelante el concurso para el cargo del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, vacante desde la creación del cargo en 2005. A los 14 postulantes que presentaron sus propuestas de trabajo se les preguntó si interpondrían un amparo frente a la interrupción del ciclo lectivo por motivos gremiales; todos respondieron que sí, incluso la actual Defensora, designada a principios del 2020.

Ese es el panorama ¿cuál es la perspectiva? Cambiar el enfoque. Y hacerlo es dar el primer paso. Lo hicimos en el Congreso acompañando el proyecto del Diputado Nacional Alejandro Finocchiaro, para declarar a la Educación como Servicio Estratégico Esencial en todos los niveles y modalidades de obligatoriedad escolar. Ante un conflicto gremial, se debe garantizar un sistema de guardias mínimas, como se hace en otros países que reconocen la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Italia, Francia o España. Incluso en Alemania (un país federal como el nuestro), un dictamen en 2018 del Tribunal Constitucional estableció que los docentes, como funcionarios públicos, no pueden reivindicar sus reclamos en el ámbito escolar. En América Latina, Perú y Ecuador avanzaron en ese enfoque de derechos de la infancia y también lo reconocen.

La iniciativa no es nueva en Argentina. La Resolución 480/2001 del Ministerio de Trabajo estableció la educación como servicio esencial y, aunque fue declarada inconstitucional hace casi 20 años en un fallo de la Corte, lo cierto es que si bien el origen de los conflictos puede ser laboral su resolución no puede no contemplar los derechos de niños/as y adolescentes. De hecho, en 2001 no estaba aún vigente la ley 26061. Ese fallo es el ejemplo paradigmático de una Corte que mira a la infancia en forma tutelar. Sí, mirando mal. Dejarlo así es avalar. Con el 51% de la infancia con pobreza estructural en el país ¿quién votará a favor de continuar así? La situación de emergencia social y educativa de la infancia en Argentina nos obliga a innovar. Sí. Respuestas democráticas son respuestas laborales y educativas con infancia incluida. Y hacerlo a través del Congreso es el camino adecuado para avanzar.

La autora es diputada nacional