
En un contexto nuevo e incierto para todos como el que nos trajo el COVID-19, diversos sectores de la sociedad tomaron diferentes medidas para adaptarse y encontrar la manera de continuar con sus actividades a los fines de minimizar los efectos negativos que este virus trajo. En muchos casos, esta dificultad nos dio un empujón al futuro, pero lamentablemente en materia societaria no es el caso.
La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), fue creada en la Argentina en el año 2017 y desde ese momento fue un rotundo éxito en el país, registrando a la fecha, luego de pocos años de existencia, la creación de decenas de miles de nuevos empleos, convirtiéndose en el tipo societario más escogido para constituir nuevas empresas en la Argentina. ¿Por qué? Debido a la sencillez, rapidez, bajos costos y, sobre todo, la flexibilidad ofrecida por la autonomía de la voluntad que su ley rectora le otorgó.
A pesar de ello, y en sentido contrario a lo que dicta la lógica en momentos en que urge una mayor elasticidad para la generación de trabajo, luego de haber logrado un controvertido dictamen, el día jueves entró en el Senado el proyecto de ley presentado por el senador Oscar Parrilli, que dejaría en terapia intensiva a la mayor revolución en materia legal que tuvieron las empresas en décadas.
La batalla se inició a comienzos de este año desde la Inspección General de Justicia (IGJ) –autoridad de contralor para las sociedades con domicilio en CABA- cuyo titular, Ricardo Nissen, dictó numerosas Resoluciones Generales en exceso de su competencia, con exigencias contrarias a la ley que las regula y por lo tanto inconstitucionales, imponiéndoles, por ejemplo, un capital mínimo superior al exigido, fiscalización obligatoria si supera cierto monto de capital social, obligatoriedad de presentación de estados contables, entre otras regulaciones que las alejan de su razón de ser.
Tal atropello provocó que la Asociación de Emprendedores Argentinos (ASEA), junto a renombrados colegas especialistas en la materia con quienes pudimos discutir sobre estos asuntos en el XIV Congreso Argentino de Derecho Societario celebrado el año pasado, promovieran hace semanas una acción de amparo.
Ahora, la contienda continúa en el Senado con el tratamiento que se le dará en los próximos días al proyecto de Parrilli, mediante el cual se pretende –entre otras medidas- suspender por 180 días la constitución de SAS y de los actos concernientes a su operatoria que requieran inscripción a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), imponiendo, a su vez, un Registro de Capital Emprendedor (RICE) que hará de filtro.
En caso de no salir exitosos de éste último, la sociedad no podría inscribirse, o si ya lo estaba tendría que ratificar su inscripción y en caso de no tener el visto bueno del RICE, se verá obligada a transformarse a otro tipo societario de antaño. En principio, la jurisdicción que podría quedar exceptuada sería la de la provincia de Córdoba por contar con un sistema electrónico de gestión propio, pero todo se sabrá a ciencia cierta una vez tratado.
La SAS, en su momento, fue aprobada no solo por el anterior gobierno sino que obtuvo el voto positivo de casi la totalidad de nuestros parlamentarios, es fruto de un trabajo conjunto y de una visión común de futuro, pero tristemente se está a punto de retrotraer ese progreso, de imponer más regulaciones a un sector de por sí ya golpeado e incluso, según reza el mismo proyecto, de sustituir un modelo que demostró ser beneficioso no solo para las empresas sino que también para el fisco. Esperemos que llegue el día en el que todo nuevo gobierno descarte los escombros del anterior, pero que sepa construir sobre los cimientos dejados.
El autor es abogado
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