El anteproyecto de ley que presentó el Poder Ejecutivo tiene como objetivo claro bajar el costo laboral, abaratar la mano de obra e incrementar el poder empresarial, lo que generaría mayor sometimiento del trabajador. Pero, además, y es lo que quiero resaltar en esta nota, el Gobierno apunta fuertemente a perdonar la evasión laboral del pasado y ablandar las reglas y las penas que contribuyen a combatirla.
Amnistía a evasores laborales. Se incluye un amplio perdón respecto de todo tipo de acción penal en curso, infracciones, multas y sanciones, estén firmes o no. Se les condonan las deudas y se les permite salir del registro de evasores y volver a acceder a beneficios y programas estatales.
Mientras se establece esta amnistía, al trabajador no registrado, víctima de la evasión, se le restringen los derechos: según el anteproyecto, sólo podrá computar hasta cinco años de servicios, aunque hubiera trabajado 15, calculados solamente sobre el salario mínimo, aunque hubiera cobrado un salario mayor.
Facilitación de la evasión. Una forma de evasión total de la legislación laboral es la simulación de contratos de trabajo bajo la apariencia de figuras contractuales no laborales —locaciones, pago de facturas, etcétera. En esos casos, no hay una parte del sueldo en negro, sino que se incumple toda la legislación laboral.
El anteproyecto crea nuevas figuras excluidas de la ley de contrato de trabajo: "Trabajadores autónomos económicamente dependientes" y "trabajadores independientes y sus trabajadores independientes colaboradores" (sic). Más nuevas formas de contratación precarias: pasantías laborales y contratos de "prácticas formativas" y "entrenamiento para el trabajo".
Otra forma de evasión frecuente es la tercerización. Para prevenir el incumplimiento de los deberes hacia el trabajador y la seguridad social, hoy se disponen obligaciones solidarias entre empresa principal y contratista. Este anteproyecto excluye de responsabilidad a la empresa principal; ya no tienen obligaciones "los trabajos o servicios que se contraten o subcontraten para realizar actividades complementarias de limpieza, seguridad, mantenimiento general de bienes inmuebles o muebles registrables, servicios médicos y de higiene y seguridad en el trabajo, gastronomía y/o informática". También quedan excluidos los servicios de transporte.
Menos control, más evasión. Se derogan las indemnizaciones a favor del trabajador no registrado que, para ser percibidas, exigían que el empleado comunique a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la situación de evasión. Por lo tanto, el organismo dejará de contar con esta herramienta para perseguir evasores.
Asimismo, se deroga la obligación de los jueces de comunicar a la AFIP cuando dictan sentencia o las partes arriban a un acuerdo conciliatorio en un juicio en el que se reclaman pagos en negro.
Finalmente, en el proyecto se propone reducir el plazo de prescripción a la mitad. Ahora, el Estado tiene 10 años para perseguir a los evasores laborales; de prosperar esta reforma, a los cinco años esos delitos y deudas prescribirán.
Menos sanciones a los evasores. Se derogan las indemnizaciones de los artículos 8, 9 y 10 de la ley 24013 que eran a favor del trabajador y se transforman en multas, por un monto menor, a favor del Estado. Las primeras equivalen al 25% de los salarios pagados en negro; las que propone el Gobierno representan el 25% del salario mínimo vital y móvil.
También desaparece la doble indemnización a favor del trabajador en negro —artículo 15 de la ley 24013 y artículo 1 de la ley 25323— e indemnización de la ley 25345 que obligaba a pagar tres sueldos al trabajador cuando no se le entregara el certificado de trabajo en tiempo y forma.
Es evidente que se trata de una ley hecha por empresarios y para empresarios, con muchos cambios pro evasores, redactados por evasores. Cuando la anunció, el Presidente dijo que era "ahora o nunca"; ojalá que este tipo de reformas no se sancione nunca.
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