
El gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, anunció este 31 de marzo que ha firmado el veto de bolsillo al decreto legislativo que eliminaba la exigencia de la Carta de No Antecedentes Penales para los aspirantes a cargos de elección popular.
“He firmado el veto al decreto que exenta la Carta de No Antecedentes Penales para cargos de elección popular. Ante los retos actuales, es indispensable garantizar que no se infiltre ningún perfil indeseable en las candidaturas“, puntualizó Ramírez Bedolla en su cuenta oficial de X.
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La firma del gobernador establece que el decreto no entrará en vigor, por lo que la Carta sigue siendo obligatoria

La decisión del gobernador implica que el decreto no será publicado en el Periódico Oficial del Estado, por lo que no entrará en vigencia, y corresponde ahora al Congreso de Michoacán revisar nuevamente el tema.
Ramírez Bedolla reiteró que resulta indispensable exigir la carta tanto a quienes participen en procesos internos partidistas como a candidatos a elección constitucional, en vista de la necesidad de fortalecer los controles de seguridad y evitar la presencia de personas con antecedentes delictivos en los procesos electorales.
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El gobernador de Michoacán enfatizó que la medida responde a la prioridad de preservar la estabilidad en la entidad y adelantó que confía en que las diputadas y diputados valoren de nueva cuenta la exigencia del documento como requisito imprescindible para aspirantes a cargos públicos.
El proyecto fue aprobado porque en Congreso estatal consideró que la Carta impedía el derecho a ser votado
El Congreso del Estado de Michoacán aprobó la eliminación de la exigencia de presentar carta de no antecedentes penales como requisito para registrar candidaturas a cualquier cargo público estatal y municipal.
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La reforma, aprobada el pasado 13 de marzo durante una sesión extraordinaria, tiene como objetivo ampliar el derecho político de la ciudadanía a ser elegida y responde a la interpretación constitucional más reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que considera esta práctica una “restricción injustificada al derecho a ser votado”.
El decreto, respaldado por 25 diputados y dictaminado por la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, elimina el inciso j) de la fracción II del Código Electoral del Estado de Michoacán, que hasta ese momento exigía acreditar nunca haber sido acusado de un delito.
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De acuerdo con el texto que vetó el gobernador Ramírez Bedolla, la obligación de la carta no persigue un fin legítimo ni se considera idónea, eficaz o proporcional. En palabras del propio decreto, se trataba de “una medida que no permite garantizar el ejercicio del derecho a ser votado, sino que, por el contrario, tiende a impedir su plena realización”.
La eliminación de este requisito permite que personas que hayan sido acusadas o incluso encarceladas puedan postularse, siempre y cuando no exista una sentencia firme que les prive de sus derechos político.
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Sin embargo, como la ley sigue en vigor, quienes desean contender por un cargo público en Michoacán estaban obligados a presentar la carta expedida tanto por la Fiscalía General del Estado de Michoacán como por la Fiscalía General de la República.
La propuesta fue presentada por Abraham Espinoza Villa, diputado del Partido Verde que planteó la necesidad de asegurar la equidad en el acceso a los cargos de representación popular.
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