
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del estado de Quintana Roo, al determinar que dicha institución carece de facultades para solicitar la intervención de comunicaciones privadas o para delegar esa atribución en funcionarios con menor jerarquía.
La resolución se emitió durante la sesión del Pleno celebrada el 4 de noviembre de 2025, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 29/2025.
El máximo tribunal del país precisó que, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, únicamente la persona titular de la Fiscalía General del estado puede solicitar ante un juez federal la intervención de comunicaciones privadas.
Por lo tanto, cualquier facultad otorgada a la Fiscalía Anticorrupción para realizar esa acción o delegarla en titulares de Unidades de Investigación, Acusación o Procesos, resulta contraria al texto constitucional.
No se podrá hacer geolocalización

Además, la SCJN declaró inválidas las disposiciones que permitían a la Fiscalía Especializada solicitar la geolocalización en tiempo real de personas, así como la conservación inmediata de datos almacenados en sistemas informáticos y redes digitales, al considerar que la ley carecía de parámetros claros sobre los delitos aplicables o supuestos de urgencia.
Para el Pleno, esta falta de precisión vulnera derechos fundamentales como la privacidad y la seguridad jurídica.
Durante la discusión, las ministras y ministros también determinaron que el Congreso de Quintana Roo invadió competencias federales al legislar en materia procesal penal respecto de los medios de apremio, como el establecimiento de multas, arrestos y uso de la fuerza pública.
Recordaron que dichas medidas son facultad exclusiva del Congreso de la Unión, de acuerdo con el marco constitucional vigente.
Invalidaron faltas administrativas a servidores públicos

En otro punto de la resolución, se invalidaron los preceptos que imponían faltas administrativas a las personas servidoras públicas de la Fiscalía Anticorrupción, debido a que estos no establecían con claridad su gravedad, sanciones o la autoridad encargada de resolverlas. Esta omisión —señaló el Pleno— generaba incertidumbre jurídica y contravenía los principios de legalidad y debido proceso.
Con la decisión de la Suprema Corte, el Congreso de Quintana Roo deberá realizar las reformas pertinentes para ajustar la legislación local al marco constitucional federal, evitando vulnerar derechos fundamentales o atribuir competencias que no le corresponden.
La sentencia reafirma la importancia de que las autoridades encargadas de combatir la corrupción actúen dentro de límites claros y respetando los derechos fundamentales de la ciudadanía.
Más Noticias
Pronóstico del clima en Mazatlán este 28 de febrero: temperatura, lluvias y viento
La temperatura más alta registrada en el territorio mexicano fue la del 6 de julio de 1966, cuando el termómetro subió hasta los 58.5 grados

Predicción del clima: estas son las temperaturas en Tijuana
La temperatura más baja registrada en el territorio mexicano fue la del 27 de diciembre de 1997, cuando el termómetro descendió hasta los -25 grados

Metro CDMX y Metrobús hoy 27 de febrero: Mujer de la tercera edad habría fallecido tras caer a las vías en la estación Zócalo/Tenochtitlán, según reportes
Información y actualización del servicio de transporte público en la capital este viernes

Faltan por capturar a seis implicados en el asesinato de Carlos Manzo, afirma Fiscalía de Michoacán
Hasta el momento van 20 personas detenidas por el homicidio del exalcalde de Uruapan

Manifestaciones, accidentes, bloqueos en CDMX y Edomex hoy 27 de febrero: SNTSTC anuncia acción de “brazos caídos” el 3 de marzo
Mantente informado en tiempo real sobre el acontecer del Valle de México


