
Sasha Sokol compartió este miércoles que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó dos nuevas tesis de jurisprudencia de aplicación obligatoria que abordan directamente las consecuencias legales de las relaciones impropias entre menores de edad y adultos. Este cambio surge tras el histórico proceso judicial derivado de su caso contra el productor Luis de Llano, el cual generó amplia discusión sobre protección de víctimas y criterios de prescripción en México.
En el comunicado difundido por Sasha Sokol a través de boletines y redes sociales, se destaca el impacto de la jurisprudencia. “La Suprema Corte ya publicó las dos tesis de jurisprudencia que, a partir del 1 de septiembre, son obligatorias para todos los jueces y tribunales de nuestro país”, informó la cantante.
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El caso Sokol-De Llano motivó un debate nacional sobre violencia sexual y acceso a la justicia para víctimas que denuncian años después de sufrir los hechos.

El principal cambio introducido con la tesis 200/2025 es que las relaciones impropias entre menores y adultos ahora se consideran un hecho ilícito bajo la figura de violencia sexual. “La víctima tiene derecho a reclamar indemnización”, señala textualmente la nueva legislación citada por Sasha Sokol. Esto significa que, a partir de este mes, cualquier persona afectada podrá solicitar reparación económica sin depender de interpretaciones específicas del juez, algo que anteriormente provocaba resoluciones dispares.
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La segunda tesis, la 201/2025, establece que el derecho de reclamar esa indemnización es imprescriptible. Es decir, la víctima podrá exigir reparación aunque hayan pasado años desde la agresión. Según lo difundido por Sokol, la jurisprudencia argumenta que establecer límites temporales para la denuncia viola los derechos de acceso a la justicia de quienes padecieron violencia sexual siendo menores de edad.
Ambos criterios aprobados por la Primera Sala de la Suprema Corte en su sesión más reciente serán de aplicación inmediata y uniforme en todo el país. Las nuevas reglas eliminan la discrecionalidad de los jueces y garantizan a las víctimas de abuso sexual en la infancia un acceso directo y sin restricciones al resarcimiento de daños.
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“Celebro que antes de partir, hayan sumado a su legado jurisprudencial estas herramientas que amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano”, menciona Sasha Sokol en su comunicado.
El caso de la exintegrante de Timbiriche contra el productor Luis de Llano cobró relevancia pública porque expuso cómo las estructuras legales anteriores favorecían la prescripción, dejando sin reparación a quienes denunciaban abuso años después del hecho.
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El comunicado detalla, además, cómo una tesis de jurisprudencia es el instrumento mediante el cual la Suprema Corte establece criterios claros y vinculantes para todos los tribunales. El objetivo es garantizar certeza y uniformidad en la interpretación de la ley, evitando fallos contradictorios en casos parecidos.
Esta decisión marca un nuevo rumbo legal en México en materia de protección de la niñez y acceso a la justicia. Para las organizaciones que trabajan con víctimas de abuso sexual infantil, el avance representa una herramienta contundente contra la impunidad, pues elimina el principal obstáculo —el tiempo transcurrido— que frenaba miles de procesos.
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El proceso judicial iniciado por Sasha Sokol, tras hacer público su testimonio sobre la relación mantenida con Luis de Llano durante su juventud, resultó en una sentencia que ya es referente dentro del sistema jurídico mexicano.
A partir de esta experiencia, la Suprema Corte impulsó la modificación del marco jurisprudencial, reconociendo expresamente el derecho a una reparación integral sin sujeción al paso de los años.
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Las nuevas tesis, vigentes desde el 1 de septiembre de 2025, determinan que toda relación impropia entre una persona adulta y un menor de edad es un acto de violencia sexual que debe ser sancionado y reparado, y establecen que el acceso a la reparación para las víctimas es imprescriptible.
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