Banco demandó a un muerto para quedarse con su herencia, lejos de ganar, cayó en una “trampa”

Cuando parecía que la institución bancaria ganaría el caso, se descubrió que el cuentahabiente fallecido había dejado un peculiar “truco” para que sus herederos no pierdan su patrimonio

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Por una deuda el banco
Por una deuda el banco buscaba quitarles la herencia de su padre fallecido (Imagen Ilustrativa Infobae)

Un banco demandó a un cuentahabiente muerto para quedarse con su herencia y así poder saldar la deuda de un crédito hipotecario.

Sin embargo, los herederos del hombre fallecido pelearon ante los juzgados contra las ambiciones de la institución bancaria.

Durante el juicio, se expuso una inteligente decisión que tomó el deudor antes de morir y que expuso cómo el banco buscaba quedarse con más de lo que le tocaba.

El caso fue resuelto en las últimas instancias el 12 de diciembre de 2024, sin embargo, fue dado a conocer este 6 de junio por el Semanario Judicial de la Federación. Esta es la historia.

Un padre muerto, una deuda pendiente y una demanda del banco

Apenas había fallecido llegó la
Apenas había fallecido llegó la demanda (Imagen Ilustrativa Infobae)

No había pasado mucho desde la sorpresiva muerte de su papá, es más, ni siquiera habían superado el luto, cuando les llegó el aviso: era una aviso del banco.

La institución bancaria les informó el inicio de un juicio para quedarse con la herencia que había dejado su padre muerto.

La razón: el hombre había sacado un crédito hipotecario en el banco para hacerse de su casa y murió sin terminar de pagar.

Muerto y con la deuda pendiente, la entidad financiera optó por usar el patrimonio que había dejado el cuentahabiente fallecido para saldar el crédito hipotecario.

En evidente desacuerdo con las intenciones del banco, los herederos dieron batalla en los tribunales para mantener la herencia.

Un detalle del caso que cambió todo

Antes de morir, el cuentahabiente
Antes de morir, el cuentahabiente había dejado todo resuelto (Imagen Ilustrativa Infobae)

En medio del proceso legal, los familiares se percataron que antes de morir su padre había sacado un seguro de vida cuyo beneficiario único era el banco.

Es decir, el cuentahabiente había dejado este seguro de vida como garantía, si él moría y no había terminado de pagar el crédito hipotecario, el banco lo cobraría para saldar la deuda.

Con esta información, lo más lógico es que la institución bancaria cobrara el seguro de vida y desistiera de la demanda por hacerse de la herencia.

Sin embargo, eso no ocurrió. El banco insistió con el juicio, parecía que buscaba quedarse con todo: el seguro de vida –que solo podían cobrar ellos– y el patrimonio del hombre fallecido.

La pelea siguió en los tribunales y en primera instancia el banco ganó la demanda, por lo que se ordenó utilizar la herencia para terminar de pagar el crédito hipotecario.

Sin embargo, los familiares del demandado no se quedaron con los brazos cruzados y apelaron la sentencia.

Fue así que un tribunal de alzada falló a favor de los herederos, revocó la sentencia y ordenó a la entidad financiera que reclamara primero el seguro de vida antes de buscar quedarse con el patrimonio del hombre fallecido.

El banco insistió y presentó un amparo directo que quedó en manos del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.

¿Qué decidió el tribunal?

El tribunal colegiado fue muy
El tribunal colegiado fue muy claro en su decisión (Imagen Ilustrativa Infobae)

Finalmente, el tribunal colegiado falló nuevamente a favor de los herederos y en contra del banco manteniendo la sentencia del tribunal de alzada ordenando al banco a cobrar únicamente el seguro de vida del deudor muerto.

El tribunal explicó que el cuentahabiente efectivamente había contratado el seguro para cubrir el saldo del crédito en caso de fallecimiento, siendo la obligación del banco acudir a la aseguradora para cobrarlo.

“En estos casos, el objeto principal del contrato de seguro de vida es asegurar el pago del saldo insoluto del crédito hipotecario en caso de fallecimiento del deudor”, sentenció la autoridad judicial.

Y agregó: “Al pagar las primas del seguro, el deudor cumple con su obligación de garantizar el pago de la deuda, incluso, en caso de su muerte”.

El tribunal precisó que en este caso, tras el fallecimiento del deudor, la responsabilidad de pagar la deuda es de la aseguradora, siendo los herederos y su patrimonio libres de esta obligación.

La autoridad judicial incluso señaló que el banco debió reclamar primero el seguro de vida ante la aseguradora antes de buscar quedarse con el patrimonio del cuentahabiente muerto, como desde un principio señalaron los herederos.