
Un hombre fue denunciado por privación ilegal de la libertad luego de que encerrara a su esposa e hijo en una habitación de su casa durante toda la noche.
Cuando fue vinculado al proceso, el agresor presentó una serie de recursos legales para evitar que el caso en su contra siguiera.
Utilizando un sorpresivo argumento, el padre y esposo extendió el proceso legal hasta que llegó a las últimas instancias.
El caso se resolvió el 13 de marzo, sin embargo, fue publicado en el Semanario Judicial de la Federación tres meses después, apenas el pasado 13 de junio. Esta es la historia.
Una noche de pesadilla para una madre y su hijo

Para él fue una medida común y corriente. Para ellos, una larga y traumática pesadilla.
Aquella noche, el esposo y padre de familia tomó una decisión drástica: arrastró a su esposa e hijo menor de edad, los encerró en una de las recámaras de la casa y no los dejó salir.
La mujer y el niño pasaron horas encerrados en la pequeña habitación, estuvieron ahí toda la noche.
El sujeto los dejó salir hasta el día siguiente. La pesadilla terminó cuando comenzaron a surgir los primeros rayos de sol al amanecer.
Tras lo sucedido y sin pensarlo dos veces, la mujer y el menor de edad acudieron ante el ministerio público para denunciar a su esposo y padre, respectivamente, por lo sucedido.
Las autoridades consideraron que el sujeto había cometido el delito de privación ilegal de la libertad en contra de su familia.
Luego de recibir la acusación, el Ministerio Público la presentó ante el juez, quien vinculó a proceso al –ahora– agresor.
“Tengo derecho, soy su padre”: la estrategia legal del agresor
El sujeto no se quedó con los brazos cruzados e interpuso un amparo directo contra el auto de vinculación a proceso, sin embargo, un juzgado de distrito le negó la protección constitucional.
No conforme, el demandado interpuso un recurso de revisión alegando que tal delito no aplica en su contra pues, como padre, ejerce la patria potestad sobre sus hijos, por lo que tal acción no configura un delito.
El polémico caso quedó en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Distrito.
La decisión del tribunal

El tribunal colegiado finalmente falló en contra del agresor y a favor de las víctimas.
En sus argumentos aseguró que no hay fundamento legal que sustente el hecho de encerrar de forma deliberada a un hijo o a cualquier persona con quien se tenga una relación familiar.
La única posibilidad en que la privación de la libertad puede justificarse, precisó el tribunal, es por razones de seguridad o necesidades especiales de sobreprotección basadas en condiciones de salud mental o física, así como circunstancias concretas, lo cuál no ocurrió en este caso.
Se trata de la violación a uno de los derechos más elementales: el de la libertad, lo que puede provocar el deterioro personal y la nula garantía de necesidades básicas, aun cuando esto ocurra dentro de su propia casa.
El tribunal hizo énfasis que ningún tipo de vínculo familiar, ni siquiera en el ejercicio de la patria potestad –como lo argumentó el demandado–, legitima la práctica de conductas que conlleven el maltrato físico o cualquier castigo que implique menosprecio, denigración, atemorización, amenaza y mucho menos la minimización del ser humano a nivel de cosa u objeto.
Con esta decisión, el tribunal determinó que la acción dolosa del imputado de encerrar a su esposa e hijo en una habitación del domicilio, sin excepción justificada, puede configurar el delito de privación ilegal de la libertad, manteniendo los efectos de la vinculación del proceso en contra del padre y esposo.
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