
En el mes de marzo, las personas que ya se encuentran inscritas en el padrón de beneficiarios de la Pensión del Bienestar recibieron el pago correspondiente al segundo bimestre del año. Una vez que cumplieron con la obligación constitucional, las autoridades comenzarán a realizar el registro de nuevas personas que cumplan con las condiciones para recibir MXN 6 mil 200 cada dos meses.
La Pensión para el Bienestar de adultos mayores de 65 años es uno de los programas más importantes a cargo de la Secretaría del Bienestar. Comenzó a operar en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador (AMLO). Se trata de una campaña universal y está contemplada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Para poder acceder al pago de la pensión, es necesario que las personas cuenten con una tarjeta del Banco del Bienestar, pues ahí se realizan los depósitos bimestrales. De igual manera, se puede disponer del dinero en cualquiera de los cajeros automáticos de la entidad financiera gubernamental, así como directamente en las ventanillas.

Cuándo es el próximo periodo y los requisitos para el registro de nuevas personas en la Pensión del Bienestar
Según ha dado a conocer la titular de la Secretaría del Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, a lo largo del 2025 habrá registro de nuevos aspirantes en cada bimestre desde el mes de febrero. En ese sentido, el próximo periodo de inscripciones será en el mes de abril.
Aunque las autoridades no han dado a conocer las fechas específicas para la inscripción de nuevos beneficiarios, las personas que ya cumplan con la elegibilidad pueden preparar sus documentos para presentarse en los módulos en las fechas que se darán a conocer.

Los requisitos para acceder a la Pensión del Bienestar son:
- Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
- Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana.
- Acta de nacimiento.
- Documento de identificación vigente: credencial para votar o del Inapam, pasaporte u otros documentos expedidos por alguna autoridad que acrediten identidad.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio reciente o constancia de residencia de la autoridad local.
- Formato Único de Bienestar debidamente llenado.
En caso de que la o el nuevo beneficiario lo desee, pude registrar a una persona adulta auxiliar, quien deberá presentar una identificación oficial vigente, así como CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor.
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