
En estas fechas ha circulado la noticia de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica una multa a los titulares de cuentas bancarias si reciben depósitos en efectivo que rebasen los 15 mil pesos acumulados en un solo mes si no reportan el motivo de los ingresos, sin embargo, esta información no es del todo clara.
Por principio, se debe precisar que no es ninguna multa ni sanción, en realidad se trata de la Ley de Impuesto por Depósito en Efectivo, la cual se fija en un 2%, no obstante, el titular de la cuenta tiene la oportunidad de mostrar facturas o recibos que justifiquen sus ingresos.
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“El impuesto a los depósitos en efectivo se calculará aplicando la tasa del 2% al importe total de los depósitos gravados por esta Ley”, señala la legislación vigente.
Aunque es cierto que las instituciones financieras, como bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, tienen el deber de reportar al SAT las operaciones que consideren sospechosas en el caso de detectar importantes depósitos en efectivo, las autoridades fiscales han aclarado en distintas ocasiones que no existe una vigilancia a todas las cuentas.
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El SAT ha especificado que anualmente realiza alrededor de 10 mil auditorías de forma aleatoria, y únicamente en aquellas cuentas que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, se puede solicitar a la persona física la información de sus depósitos a las instituciones financieras para evitar defraudaciones fiscales.
El Servicio de Administración Tributaria ha especificado que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto.
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¿Las transferencias electrónicas cuentan como depósitos en efectivo?
No se considerarán como depósitos en efectivo aquellos realizados a través de transferencias electrónicas, traspasos entre cuentas, títulos de crédito, y otros sistemas acordados con las instituciones que conforman el sistema financiero, conforme a lo estipulado en las leyes aplicables. Esto aplica incluso si los fondos provienen de la misma institución que recibe el depósito.

Por otro lado, tanto las personas físicas como las personas morales tienen la obligación legal de pagar el impuesto contemplado en esta ley por todos los depósitos efectuados en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta registrada a su nombre en las entidades del sistema financiero.
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Todos los depósitos en efectivo que no utilicen los medios excluidos anteriormente estarán sujetos al impuesto señalado, independientemente de las características o el origen de dichos depósitos.
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