La Cámara Federal porteña confirmó el archivo de una denuncia por los viajes de Javier Milei al exterior

Habían pedido investigar si el presidente usó fondos públicos para financiar giras con fines personales y partidarios. El fiscal Carlos Rívolo determinó que no hubo delito

El presidente de Argentina, Javier Milei, en una fotografía de archivo. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni
El presidente de Argentina, Javier Milei, en una fotografía de archivo. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni
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La Sala II de la Cámara Federal Porteña ratificó el rechazo al pedido de un abogado para actuar como querellante en la causa que investigaba los viajes internacionales del presidente Javier Milei. Con esta resolución, el tribunal de apelaciones también declaró abstracto el tratamiento del recurso contra el archivo de la denuncia, lo que consolidó el cierre de la pesquisa sobre el uso de fondos públicos para dichos traslados.

La decisión judicial, firmada por los camaristas Eduardo Farah y Roberto Boico, convalidó el criterio que ya había tomado previamente el Juzgado Federal N° 1 de Comodoro Py, a cargo de María Romilda Servini.

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Los magistrados consideraron que el denunciante, un abogado particular, no logró demostrar un perjuicio particular, directo y concreto que lo habilitara a asumir un rol activo de acusador privado en el expediente.

La causa penal comenzó el 14 de abril de este año, cuando se presentó una denuncia formal para que se investigara al jefe de Estado por la presunta comisión de los delitos de malversación de caudales públicos, peculado e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El planteo cuestionó los pagos estatales destinados a financiar las giras presidenciales fuera del país desde el inicio de la gestión.

Según el denunciante, una parte significativa de esas actividades no guardaba relación con la representación oficial de la República Argentina, sino que respondía a motivaciones de índole personal y partidaria.

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Entre los eventos señalados, mencionó conferencias, entrevistas con referentes políticos extranjeros ajenos a la diplomacia formal y la promoción de una agenda ideológica propia. Asimismo, el escrito judicial advirtió que estos traslados habrían vulnerado la decisión administrativa 9/2026, una norma que estableció restricciones cuantitativas para la conformación de las comitivas oficiales en el exterior.

La presentación inicial también solicitó extender la investigación sobre el accionar de la Secretaría General de la Presidencia, conducida por Karina Milei, por ser el área gubernamental encargada de planificar, autorizar y ejecutar los gastos de los viajes.

El presidente de la Nación junto a su hermana, Karina Milei. REUTERS/Mariana Nedelcu
El presidente de la Nación junto a su hermana, Karina Milei. REUTERS/Mariana Nedelcu

Al recibir la denuncia, el fiscal federal Carlos Rívolo impulsó una serie de medidas previas para recolectar información antes de definir si correspondía abrir una investigación penal formal. De este modo, solicitó a la Secretaría General de la Presidencia un informe detallado que especificara las fechas, los destinos, los motivos y los integrantes de las comitivas de cada viaje. En paralelo, requirió al Senado de la Nación que informara si existían pedidos de informes parlamentarios dirigidos al Poder Ejecutivo sobre estas actividades.

Tras recibir y analizar la documentación oficial, el fiscal dictaminó a favor de desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. Rívolo concluyó que el informe de la Secretaría General de la Presidencia justificó el carácter oficial de todos los traslados y detalló sus respectivas finalidades institucionales.

En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal argumentó que, más allá de las valoraciones o discrepancias políticas que pudieran generar los motivos de cada viaje, estas decisiones constituyen atribuciones propias del Poder Ejecutivo Nacional. Según su postura, la justicia no debe intervenir en determinaciones de carácter político, siempre que estas se encuadren dentro de la normativa vigente y no configuren indicios de un delito penal.

Adicionalmente, el fiscal remarcó que diversos legisladores presentaron múltiples pedidos de informes en el Congreso de la Nación, algunos de los cuales continuaban bajo trámite parlamentario. Para Rívolo, el Poder Legislativo cuenta con sus propios mecanismos de control para evaluar eventuales irregularidades administrativas, lo que hacía innecesaria la intervención del fuero penal, el cual debe funcionar como el último recurso del ordenamiento jurídico.

Ante la falta de impulso del fiscal de la causa, la jueza Servini dispuso el archivo del expediente. Frente a esta resolución, el denunciante solicitó formalmente ser aceptado como parte querellante para poder apelar el cierre de la investigación. Sin embargo, la magistrada rechazó su petición, lo que motivó al abogado a recurrir ante la Cámara Federal.

Al analizar el recurso, los camaristas Farah y Boico explicaron que la sola condición de ciudadano y contribuyente no resulta suficiente para otorgar la legitimación procesal de querellante. El tribunal de alzada sostuvo que, si bien la jurisprudencia admite criterios amplios de participación, es indispensable acreditar una afectación directa y particular sobre los derechos individuales del solicitante, que exceda el mero interés general en la protección del patrimonio público.

Al confirmar el rechazo al rol de querellante solicitado por el denunciante, la Cámara Federal quedó impedida de revisar la decisión de fondo sobre el archivo de la causa, la cual quedó firme debido a que el fiscal de la causa decidió no impulsar la acción penal.

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