La jueza federal de Nueva York Jennifer Rochon desestimó la demanda colectiva contra los impulsores de los tokens $LIBRA tras concluir que los inversores no lograron sostener sus acusaciones bajo la ley federal RICO (contra Organizaciones Corruptas e Influenciadas por el Crimen Organizado) y ordenó cerrar el expediente.
La resolución alcanza también a M3M3, otro memecoin de la red Solana cuestionado por los denunciantes, que también fue lanzado dentro del ecosistema del protocolo Meteora.
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El fallo menciona a Javier Milei, dentro del relato de las acusaciones sobre $LIBRA. Según el planteo de los presuntos damnificados, Hayden Davis se reunió con el presidente argentino mientras preparaba el proyecto. La demanda también reproduce mensajes atribuidos a Davis, en los que afirmó tener “control” sobre Milei y enviar dinero a su hermana, Karina Milei.
El tribunal no determinó si existió fraude, sino que estableció que la demanda no cumplió los requisitos jurídicos para avanzar. Además rechazó el pedido de los demandantes Omar Hurlock y Anuj Mehta para presentar una segunda demanda enmendada, que incorporaba los tokens $MELANIA, $ENRON y $TRUST.
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Hurlock había reclamado pérdidas tras operar $LIBRA desde Brooklyn de aproximadamente 0,302 wSOL. Mehta había reclamado USD 19.164 con M3M3.
La causa apuntaba contra Kelsier Labs, una firma estadounidense de inversión y marketing enfocada en proyectos cripto y Web3, dirigida por Hayden Davis; su padre, Charles Thomas Davis; y su hermano, Gideon Davis. A su vez, imputaba al exdirector ejecutivo de Meteora Benjamin Chow y a su plataforma Meteora.
Las acusaciones contra los integrantes de Kelsier quedaron fuera del tribunal de Nueva York por falta de jurisdicción, mientras que las acciones contra Chow fueron descartadas por insuficiencia de hechos alegados.
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Los argumentos del fallo
Uno de los puntos centrales de la decisión fue la situación jurídica de la plataforma cripto Meteora, que según los querellantes controlaba los lanzamientos de tokens en la red Solana.
Rochon sostuvo que la demanda no describió de qué manera las personas y entidades supuestamente vinculadas a Meteora se habían asociado para cumplir ese objetivo.
Señaló que tampoco los actores identificaron a un presidente o tesorero de Meteora, que es una condición exigida por la ley de Nueva York para avanzar en una demanda.
Por esa razón, el tribunal desestimó todas las reclamaciones sin analizar el resto de los argumentos sobre el fondo de las operaciones denunciadas.
La acusación
Los demandantes habían acusado a los directivos de Kelsier y de Meteora de organizar un mecanismo para captar a inversores minoristas mediante lanzamientos de memecoins y retirar liquidez a través de otras billeteras.
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La acusación se apoyaba en dos episodios: M3M3, lanzado en diciembre de 2024, y $LIBRA, difundido en febrero de 2025 tras una publicación del presidente argentino Javier Milei.

Según la denuncia, el token $LIBRA fue lanzado el 14 de febrero de 2025 y, 23 minutos después de su creación, Milei publicó en X un mensaje de apoyo con un enlace al sitio del proyecto, para adquirir el activo. La publicación fue eliminada horas más tarde.
Los inversores alegaron que un grupo de billeteras extrajo 44.593.888 USDC del fondo de liquidez $LIBRA/USDC entre el 14 y el 16 de febrero de 2025. También sostuvieron que las operaciones con SOL —la criptomoneda nativa de Solana— se estructuraron mediante billeteras intermedias y posiciones de duración inferior a diez minutos.
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La jueza no resolvió si esas operaciones ocurrieron como fueron relatadas. Su análisis se concentró en si los hechos permitían formular una causa bajo la ley RICO, utilizada en Estados Unidos para perseguir patrones continuados de actividades ilícitas.
Rochon determinó que las acusaciones describían una actividad de alrededor de seis meses, desde octubre de 2024 hasta la presentación inicial de la demanda el 17 de marzo de 2025.
Según el fallo, ese período no basta para demostrar una continuidad del supuesto delito, basado en que el tribunal de apelaciones del circuito no ha considerado suficiente un lapso menor a dos años.
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La decisión cierra el litigio en primera instancia. Los demandantes pueden evaluar una apelación, aunque el fallo no informa que hayan presentado ese recurso.
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