
El Tribunal Oral Federal 4 absolvió a Ricardo Echegaray y a otros 10 imputados en el juicio por la licitación del servicio de limpieza de la ex AFIP. Los jueces llegaron a esa decisión después de que el Ministerio Público Fiscal retirara la acusación por falta de evidencias.
Según la acusación original, como administrador federal de ingresos públicos, Echegaray había dejado sin efecto una primera licitación para tareas profesionales de higiene, y tiempo después adjudicó el contrato a otra firma supuestamente por el doble del precio. Este hecho comenzó a investigarse en la justicia en el año 2011.
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A pesar de las sospechas, en el momento del alegato, el fiscal Abel Córdoba concluyó que no se había probado ni el interés espurio exigido por el delito de negociaciones incompatibles ni el perjuicio patrimonial efectivo requerido para la defraudación contra la administración pública.
Córdoba destacó que tras un análisis “integral y exhaustivo” de la prueba documental, testimonial y de los descargos, existían “obstáculos infranqueables” para sostener una acusación válida, por lo que pidió la absolución de todos los acusados.
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Este punto de vista fue decisivo para que el tribunal, integrado por Néstor Guillermo Costabel, Ricardo Ángel Basílico y Fernando Canero, resolviera que no podía dictar condena por falta de acusación.
El veredicto alcanzó al ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray; a los entonces funcionarios del organismo Guillermo Adolfo Espiñeira, Orlando Luis Franco, Cristina Alejandra Mercado, Gustavo Iván Malnis y Pablo Jorge Aguilera; a la presidente de Limpiolux, Cecilia Peluso; y a los integrantes de la Comisión Evaluadora Miriam Esther Cashki, Gustavo David Obercie, Rodolfo Alberto Noé y Alida Mirta Gacio.
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Con la finalización de este juicio, el TOF 4 deberá fijar fecha para dar inicio a otro proceso pendiente contra Echegaray, relacionado con presuntas maniobras ilegales en el otorgamiento de beneficios arancelarios para la importación de decodificadores de televisión.
La hipótesis que llegó a juicio
Los imputados llegaron al debate oral procesados por las supuestas irregularidades detectadas en la AFIP durante la contratación de la empresa de la firma Limpiolux S.A. hace 15 años, por $15.196.000, un presupuesto que, de acuerdo a la sospecha, duplicaba la oferta de una licitación anterior que había quedado sin efecto.
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Ricardo Echegaray fue señalado por dar la orden de anular el concurso previo, y Peluso, como representante de la empresa, fue acusada de acceder a la concesión a precios presuntamente sobrevalorados. Al resto de los imputados se le reprochó que, con su posible intervención coordinada, habían sido funcionales al mecanismo delictivo.
Al final del debate, el fiscal Córdoba entendió que el monto del servicio coincidía sustancialmente con un presupuesto reconocido en un correo electrónico del oferente que impugnó el concurso, cuyo presupuesto coincidía sustancialmente con el de la compañía que resultó adjudicataria. Por tal motivo, consideró que la hipótesis de direccionamiento no superó el plano de la conjetura y que la prueba producida en el debate debilitó las dudas.
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A su vez, el auxiliar fiscal Juan Manuel Gaset Maisonave afirmó que no se acreditó, con el grado de certeza requerido para esta etapa, ninguna relación previa o extralaboral entre la adjudicataria y Echegaray, ni los miembros de la comisión evaluadora o el área jurídica.
Oil Combustibles
Ricardo Echegaray espera que la Corte Suprema de Justicia resuelva un recurso de queja que su defensa presentó en mayo pasado, con el objetivo de revertir la condena de 4 años y 8 meses de prisión, por ser responsable de administración fraudulenta en la causa Oil Combustibles.
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Sus abogados sostienen que la condena resulta arbitraria y que existió una manifiesta persecución política durante la instrucción, por lo que confían en un fallo favorable que anule la pena.
La investigación giró en torno a las maniobras de retención indebida del Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC), un tributo que la empresa petrolera cobraba a los consumidores finales. En lugar de transferir esos fondos recaudados a la AFIP, la compañía los usó para capitalizar otras firmas pertenecientes al Grupo Indalo.
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