El juez Amarante rechazó el pedido de Tapia para suspender la indagatoria en el caso por retención de aportes

El magistrado consideró improcedente el pedido de la defensa para postergar la citación. El presidente de la AFA fue convocado para el jueves. La resolución ratifica el avance de la causa penal contra las autoridades de la entidad

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(Gustavo Pagano/Getty Images)
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La Justicia avanzará con las declaraciones indagatorias a la cúpula de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en la causa que se les sigue por presunta apropiación indebida de aportes. El juez Diego Amarante, titular del Juzgado Penal Económico 5, rechazó este martes el pedido de la defensa técnica para suspender las audiencias programadas.

El magistrado calificó como “improcedente” el reclamo interpuesto por los abogados de Claudio “Chiqui” Tapia, Cristian Malaspina y Gustavo Lorenzo. La estrategia de la defensa buscaba dejar sin efecto las citaciones bajo el argumento de que todavía existe una instancia pendiente de resolución.

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La estrategia de la defensa

El requerimiento de los abogados Norberto Frontini y Lucio Simonetti se basó en que aún resta conocer la decisión de la Cámara Nacional en lo Penal Económico. Ante ese tribunal superior, los representantes de la AFA presentaron una apelación donde sostienen que el juez debe dictar el sobreseimiento de los imputados por inexistencia de delito. Según su postura, no hubo una conducta criminal que justifique el avance del proceso penal y las indagatorias no deberían realizarse hasta que la Cámara defina el fondo del asunto.

Sin embargo, el juez Amarante decidió no interrumpir el curso de la investigación. Con esta resolución, el cronograma oficial de las audiencias se mantiene firme y el presidente de la AFA deberá presentarse a declarar en los tribunales de Avenida de los Inmigrantes 1950 este jueves 5 de marzo.

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El cronograma

El esquema de presentaciones continuará de la siguiente manera:

  • Viernes 6 de marzo: declarará el directivo Gustavo Lorenzo.
  • Lunes 9 de marzo: comparecerán Víctor Blanco y Cristian Malaspina.
  • Miércoles 11 de marzo: cerrará la ronda el tesorero Pablo Toviggino.

Toviggino logró modificar su fecha inicial tras la designación de su nuevo abogado, Marcelo Rocchetti, quien solicitó tiempo para analizar el expediente. No obstante, el juez Amarante rechazó el pedido para que el directivo declare mediante videoconferencia y ratificó la presencialidad obligatoria en la sede judicial. Para garantizar el normal desarrollo de las jornadas, se ordenó un refuerzo de la seguridad y restricciones de circulación en los pasillos del juzgado.

La denuncia de ARCA

La causa se inició el 12 de diciembre pasado tras una denuncia de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo acusó a la AFA de descontar tributos a terceros y omitir su depósito al fisco dentro del plazo legal de 30 días. La maniobra bajo investigación comprende 69 hechos registrados entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

Según la querella, la asociación que dirige Tapia no presentaba dificultades financieras que justificaran la falta de pago. El informe técnico de ARCA detalló que la entidad recibió acreditaciones bancarias por $ 45.072.435.530 solo en diciembre de 2024, además de mantener inversiones en plazos fijos en pesos y dólares.

La acusación sostiene que la AFA ejecutó una “bicicleta financiera” con dinero que pertenecía a la seguridad social de sus 1.225 empleados y a retenciones impositivas. Las deudas detectadas son:

  • Recursos de la seguridad social: $ 8.675.262.968,47.
  • Retención de tributos (IVA y Ganancias): $ 10.678.283.875,38.

Posibles penas y situación procesal

El fiscal Claudio Navas Rial respaldó el avance de la investigación sobre la base de los cuadros de vencimientos aportados por el organismo recaudador. Los delitos investigados se encuadran en los artículos 4º y 7º del Régimen Penal Tributario, que contemplan penas de dos a seis años de prisión.

Una vez que finalice la última indagatoria el 11 de marzo, el juez contará con un plazo legal de 10 días hábiles para resolver la situación de los acusados. En esa instancia, deberá decidir si dicta el procesamiento, el sobreseimiento o la falta de mérito de los directivos involucrados.

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