Interpretación auténtica de un artículo de la Ley de Impuesto sobre la Renta entra en vigor este 19 de mayo

Desde el 19 de mayo de 2026, los contribuyentes podrán deducir costos y pérdidas siempre que estén debidamente documentados y registrados, sin necesidad de impuesto computado ni aprobación externa

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Libro 'Ley de Impuesto sobre la Renta', libro abierto con lupa mostrando escudo de El Salvador, fajos de dólares, figuras y ábaco sobre madera. Bandera salvadoreña al fondo.
Nuevas reglas alteran la forma en que se aceptan ciertos rubros en la contabilidad. Empresas deberán adoptar diferentes mecanismos ante los recientes ajustes legales en procedimientos tributarios vigentes desde mayo de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Una nueva interpretación auténtica del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta redefine los criterios para la deducción de costos y gastos empresariales, incorporando cambios clave en la documentación y admisibilidad de las mermas y pérdidas a partir del 19 de mayo de 2026.

La Asamblea Legislativa aprobó una interpretación auténtica del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, que entra en vigor este 19 de mayo, según el decreto publicado en el Diario Oficial el 11 de mayo.

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El nuevo texto reitera la interpretación de 2019, pero incorpora dos disposiciones centrales que impactan la contabilidad y los registros de las empresas.

El nuevo marco establece que se considerarán costos y gastos necesarios para la producción de la renta todos aquellos que sean indispensables y propios del negocio, siempre destinados exclusivamente al cumplimiento de su finalidad.

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Esto incluye mermas, pérdidas o gastos incurridos, tanto para la producción de renta como para la conservación de su fuente, siempre que tengan un costo real y razonable, sean inherentes a la actividad y estén debidamente documentados.

La reforma agrega que la merma o pérdida, para ser deducible, debe estar registrada en la contabilidad o en los registros especiales del contribuyente, eliminando el requisito previo de que fueran reconocidas por organismos reguladores.

Según el texto oficial, “la merma, pérdida, gasto o costo incurrido en el proceso de generación de ingresos deberá ser acreditado y reconocido como deducible toda vez que los valores reclamados estén debidamente documentados y registrados en la contabilidad o en los registros especiales del contribuyente según corresponda”.

Un manual azul titulado 'LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA' y un libro abierto sobre una mesa de madera, con un bolígrafo, calculadora y bandera de El Salvador.
Contadores y responsables financieros tendrán que ajustar procesos internos debido a innovaciones normativas. Cambios traen consigo implicaciones relevantes para la determinación del monto deducible en futuras declaraciones (Ilustraciones Infobae)

Otra modificación relevante especifica que no será necesario que resulte impuesto computado para que el costo o gasto sea admitido como deducible al establecer la renta imponible.

De acuerdo con el decreto, “para que sea admisible como deducible este costo o gasto al momento de establecerse la renta imponible del ejercicio en que se incurre, no será necesario que resulte impuesto computado”.

El texto, que queda incorporado al artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, aplica a todos los sectores económicos, incluyendo industria, comercio y servicios, y menciona ejemplos como la comercialización de bienes perecederos, bienes de consumo, textiles, industria eléctrica y sector hidrocarburos.

Además, la disposición faculta a la Dirección General de Impuestos Internos para emitir instrucciones, resoluciones y guías administrativas que aseguren la correcta aplicación de la interpretación. El decreto señala que la interpretación será de carácter definitivo y deroga la anterior interpretación de 2019, la cual perderá vigencia al momento de la entrada en vigor de la nueva disposición.

La medida buscaría dar certidumbre sobre los criterios de deducción en la determinación de la renta neta y establece parámetros claros sobre la documentación y justificación requerida para los costos y gastos que se reportan como deducibles ante la administración tributaria.

Libro negro con 'LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE EL SALVADOR' en oro, libro abierto con resaltador, gafas, pluma y una bandera salvadoreña en una mesa de madera.
El escenario tributario modifica parámetros que hasta ahora exigían validaciones externas. Regulaciones orientan a registrar gastos con precisión y establecen diferencias clave respecto a periodos anteriores. (Imagen Ilustrativa Infobae)

“Que sin perjuicio de la referida interpretación, se ha advertido que, desde la aprobación de la misma, a la fecha, existen algunos aspectos , que demandan de la imperiosa necesidad de ser aclarados, a través de una interpretación auténtica al artículo 28 de la referida ley, con la finalidad de definir los reales alcances, de la citada disposición legal, para que tanto su aplicador, como el sujeto a quien se le aplica, tenga de una manera clara los reales alcances del contenido”, se justificó.

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