La Cámara Federal de Casación Penal dictó una sentencia sin precedentes en la lucha contra el narcotráfico. El tribunal, integrado por los jueces Gustavo M. Hornos, Carlos A. Mahiques y Diego G. Barroetaveña, impuso por unanimidad una inédita pena a una persona jurídica utilizada para exportar cocaína a Europa, al mismo tiempo que revocó las absoluciones de dos acusados y dictó condenas de seis años de prisión para ambos. La decisión representa un hito judicial y marca un nuevo enfoque en la persecución penal de organizaciones delictivas que emplean estructuras empresariales para concretar maniobras ilícitas de gran escala.
El fallo recayó sobre La Tienda Argentina S.R.L., la firma a través de la cual se organizó el envío de 291 kilogramos de cocaína ocultos en juegos infantiles con destino a Bélgica, y sobre Lionel Adrián Paredes y Carlos Alberto Hernández, quienes fueron hallados responsables del delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización. Con esta resolución, la Cámara no solo confirmó la sentencia contra los imputados, sino que también estableció la cancelación de la personería jurídica de la empresa y su exclusión de los registros oficiales, una medida poco habitual en la jurisprudencia argentina en materia de narcotráfico.
Los jueces de la Sala de Casación determinaron que Paredes y Hernández debían cumplir seis años de prisión. Además, ambos quedaron inhabilitados por un año para ejercer el comercio y por doce años para desempeñar cargos públicos. La condena a la persona jurídica incluyó la revocación de su personería y la baja en el Registro Público de Comercio y en la Inspección General de Justicia. Según el fallo, la empresa fue utilizada reiteradamente como medio para instrumentar las maniobras delictivas, lo que justificó la severidad de la sanción impuesta.
La investigación judicial demostró que la droga fue acondicionada en 266 paquetes, ocultos en el interior de 14 soportes metálicos pertenecientes a dos peloteros identificados como modelos “MP280” y “NAVE ESPACIAL”. Los juegos infantiles, con la sustancia disimulada, fueron enviados por vía aérea a Bélgica, eludiendo los controles fronterizos argentinos. Sin embargo, la mercadería fue interceptada en el país de destino, donde la intervención de las autoridades permitió el decomiso y la detención de 15 personas de distintas nacionalidades en junio de 2011, tras la intervención del Tribunal de Primera Instancia de Amberes.
Durante el proceso, el tribunal destacó que la maniobra no fue un hecho aislado. Se acreditó que, a través de La Tienda Argentina S.R.L., se realizaron al menos trece envíos similares hacia el mismo destino, lo que evidenciaba la existencia de un modus operandi y una estructura organizada para el tráfico internacional de drogas. El fallo recordó que Hernández se desempeñaba como auxiliar de despachante de aduanas, mientras que Paredes era el titular de la empresa exportadora.
Al fundamentar la resolución, el juez Hornos señaló que resultaba “sumamente inverosímil que una empresa radicada en Europa occidental precise, con la urgencia que alegaron las defensas, la compra de juegos para plazas y decida adquirírselos a una empresa radicada en otro continente, abonando una suma dineraria desproporcionada para que la mercadería sea transportada por vía aérea”. Además, subrayó que no existía evidencia alguna que justificara la alegada urgencia de la empresa belga para recibir los productos desde Argentina.
El fallo también puso de relieve el intento deliberado de los acusados de acondicionar la cocaína de modo que no pudiera ser detectada durante los controles de rutina en territorio nacional. La detección y decomiso final fue posible gracias a la intervención de las fuerzas policiales belgas, quienes lograron identificar la sustancia tras la llegada de la mercadería.
La sentencia de la Cámara de Casación revocó las absoluciones previamente dictadas por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1, que habían sido cuestionadas por la fiscalía y por la propia Cámara en una revisión anterior. El tribunal de alzada consideró que la sentencia de instancia previa resultó arbitraria por no valorar adecuadamente pruebas fundamentales para la correcta resolución del caso. Por ese motivo, resolvió condenar directamente a los acusados desde su instancia y fijar el monto de la pena, con el objetivo de evitar dilaciones en el servicio de justicia y garantizar una respuesta eficiente ante delitos de gravedad.
El caso, además de su impacto inmediato sobre los responsables directos y la firma utilizada como pantalla, sienta un precedente relevante en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas en la Argentina.
Últimas Noticias
Presentaron una denuncia ante la Justicia argentina por las operaciones de desinformación financiadas por el régimen ruso
El abogado Jorge Monastersky pidió que se investigue la existencia de estructuras extranjeras organizadas que buscan infiltrarse en medios para incidir en la opinión pública

El feroz ataque de un perro que terminó en un juicio millonario: la dueña deberá indemnizar a una empleada
Las pericias médicas confirmaron secuelas estéticas permanentes y una incapacidad persistente tras el violento episodio ocurrido en 2019. La Justicia condenó a la demandada a pagar una indemnización millonaria por los daños físicos, psicológicos y las cicatrices que sufrió la víctima

Un micro con pasajeros chocó contra un caballo en una autopista: la concesionaria deberá cubrir la reparación
El fallo desestimó el argumento de la operadora vial, que alegaba que el hecho era “inevitable”. La sentencia confirmó que la presencia de animales sueltos es un riesgo previsible y ordenó resarcir los daños materiales y la desvalorización del vehículo

Estafa por WhatsApp y cuentas vacías: el banco deberá devolverle USD 22 mil y pagarle una indemnización millonaria
Una jubilada fue víctima de una sofisticada maniobra de phishing que la dejó sin sus ahorros. La Justicia ordenó a la entidad financiera reintegrar el dinero sustraído y otorgar una compensación adicional por la falta de medidas de seguridad adecuadas


