
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Mendoza declaró este martes culpable al exjuez federal Walter Bento (62) por corrupción, al considerarlo jefe de una asociación ilícita destinada a “obtener dinero a cambio de decisiones judiciales ilegítimas”, además de hallarlo responsable por cohecho pasivo, enriquecimiento ilícito, lavado de activos agravado, falsedad ideológica y ocultamiento de prueba. El veredicto fue dictado por unanimidad, pasadas las 16, y dejó para una instancia posterior la determinación de las penas, que se resolverá este miércoles en una audiencia de cesura.
Antes de ingresar en el análisis de fondo, la presidenta del tribunal, Gretel Diamante, abordó distintos planteos formulados por las defensas. En primer lugar, rechazó el argumento de acusación incompleta presentado por los abogados de Bento, su esposa Marta Boiza y sus hijos Luciano y Nahuel Bento. Luego, hizo lugar parcialmente a un pedido de prescripción de la acción penal, lo que derivó en el sobreseimiento de Bento por los delitos de abuso de autoridad, desobediencia de una orden judicial, omisión o retardo de justicia y prevaricato, correspondientes a hechos con penas menores, sin afectar los cargos centrales de la acusación.
En su decisión “definitiva y por unanimidad”, adoptada en la Sentencia N° 2841, las juezas hallaron responsable penalmente al exmagistrado federal por el delito de asociación ilícita, en calidad de jefe, en concurso real con el delito de cohecho pasivo, por ocho hechos, en calidad de autor. Esos hechos corresponden a los casos N° 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9 y 10 analizados durante el debate oral. A su vez, fue condenado en concurso real con los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos agravado -por haber sido cometido como miembro de una banda y en ejercicio u ocasión de su carácter de funcionario público-, falsedad ideológica por dos hechos y ocultamiento e inutilización de un objeto destinado a servir de prueba, con imposición de costas.
Al analizar la asociación ilícita, el TOF 2, compuesto por las magistradas Diamante, María Pereira y Eliana Rattá Rivas, sostuvo que quedó acreditada la existencia de una estructura criminal estable, con permanencia en el tiempo, división de roles y obtención efectiva de resultados judiciales, que funcionó desde al menos 2007. “La estructura, la permanencia en el tiempo, la división de roles y la efectiva obtención de resultados judiciales demuestran la existencia de una asociación ilícita típica, organizada para delinquir”, aseveró la titular del tribunal durante la lectura del veredicto. Según se expuso, Bento ocupó un rol principal dentro de ese engranaje, desde donde "definía las estrategias, autorizaba los beneficios, fijaba los montos a cobrar y ordenaba el curso de las maniobras”.
A su vez, precisó que la organización actuaba sobre todo eb en expedientes judiciales ligados al contrabando, que permitían importantes cobros de sobornos a los imputados a cambio de beneficios procesales.

El fallo identificó como pieza clave del esquema delictivo al fallecido Diego Aliaga, señalado como operador y nexo entre los distintos integrantes de la organización. De acuerdo con la acusación avalada por el tribunal, el propósito de la estructura era “obtener dinero a cambio de decisiones judiciales ilegítimas”, mediante el cobro de sobornos a personas investigadas en causas penales, a quienes se les garantizaban beneficios procesales como libertades, sobreseimientos o recalificaciones favorables.
Uno de los tramos centrales del veredicto estuvo dedicado al delito de lavado de activos, que el tribunal tuvo por plenamente probado y calificó como una “expresión paradigmática de corrupción judicial”. En palabras de la jueza, se trató de un caso en el que “se utilizó la función judicial como plataforma para la obtención y legitimación de beneficios ilícitos”. Según se detalló, Bento encabezó un entramado familiar destinado a ocultar el origen ilícito de los fondos e incorporarlos al patrimonio bajo una apariencia de legalidad.
La sentencia afirmó que la intervención del exjuez fue determinante: “Seleccionó oportunidades de inversión, definió la estructura de titularidad y canalizó fondos a través de la estructura familiar”. El tribunal agregó que seleccionó de manera deliberada a los integrantes del grupo familiar que aparecerían como titulares de los bienes, con operaciones propias y cruzadas entre su esposa Marta Boiza y sus hijos, orientadas a disimular el origen ilícito del dinero.
En ese análisis, las juezas destacaron un aspecto particularmente sensible del caso: la utilización de un hijo del matrimonio con discapacidad severa como parte del esquema patrimonial. “En este entramado no dejaron afuera a su hijo con discapacidad: pusieron bienes a su nombre, consagrándolo propietario de inmuebles, vehículos y locales”, afirmó el tribunal. Para las magistradas, su situación personal fue instrumentalizada para justificar titularidades y dar apariencia de legalidad a los fondos. “En todo este escenario se advierten tipologías típicas como indicadores de lavado de activos”, concluyó el veredicto.
El tribunal también tuvo por acreditados dos hechos de falsedad ideológica vinculados a operaciones inmobiliarias y financieras. En uno de ellos, referido a un crédito hipotecario otorgado por el Banco Nación en 2011, se consideró probado que Bento y Boiza introdujeron manifestaciones falsas en un instrumento público al declarar que cumplían los requisitos para acceder a un préstamo subsidiado, pese a que ya eran propietarios de múltiples inmuebles. “La falsedad ideológica se consuma con la sola introducción consciente de lo falso en un instrumento público; lo que se afecta es la fe pública”, sostuvo la jueza.
El segundo hecho de falsedad ideológica estuvo vinculado a la compraventa de un departamento en el complejo Premium Tower, realizada en 2021. En esa operación, según el tribunal, Boiza declaró falsamente no encontrarse alcanzada como persona políticamente expuesta, lo que permitió concretar la transacción en condiciones que no correspondían.

Bento llegó a esta instancia detenido en el complejo penitenciario federal de Cacheuta, en Luján de Cuyo, donde permanece desde noviembre de 2023, cuando fue destituido por mal desempeño por el Jurado de Enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura y perdió los fueros que impedían su arresto. Durante años fue titular del Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, con competencia penal y electoral, y también subrogó el Juzgado Federal N° 2, lo que le otorgó una posición de fuerte influencia en la justicia federal de la provincia.
El juicio oral comenzó en julio de 2023 y llegó a debate con 33 imputados. A lo largo de más de 130 audiencias, declararon alrededor de 300 testigos, se analizaron cientos de miles de fojas y grandes volúmenes de evidencia digital. Según Diego Velasco e Ileana Schygel, de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), el circuito de sobornos habría movilizado al menos 1,7 millones de dólares, mediante pagos en efectivo, vehículos de alta gama y propiedades. En el debate oral actuaron los fiscales Dante Marcelo Vega y María Gloria André.
Durante la lectura del veredicto, la presidenta del tribunal destacó la complejidad institucional del caso. “A este tribunal le tocó juzgar a un par, a un juez federal. Es decir, a alguien que pertenecía al mismo estamento institucional de quienes hoy integramos este cuerpo”, afirmó.
Y agregó: “Esta situación no fue neutra ni sencilla. Juzgar a un par implicó una exigencia adicional de prudencia y de responsabilidad institucional. No se trató solamente de analizar conductas delictivas complejas, sino de hacerlo cuando uno de los principales acusados había ejercido durante años una función jurisdiccionalmente similar a la de quienes debimos juzgarlo“.
Además del exjuez Walter Ricardo Bento Vega, el tribunal declaró responsables penales a su esposa, Marta Isabel Boiza Yorino, por enriquecimiento ilícito, lavado de activos agravado y falsedad ideológica, y a su hijo Nahuel Agustín Bento Boiza, por lavado de activos agravado, en calidad de coautor. En cambio, Luciano Ezequiel Bento Boiza fue absuelto en ese delito por falta de acusación fiscal.
En relación con la estructura de la asociación ilícita, el fallo declaró responsables como organizadores a Luciano Edgardo Ortego Hernández y Jaime Andrés Alba Nortes, ambos condenados además por cohecho pasivo, según los hechos acreditados. Como miembros de la organización fueron condenados Walter Eduardo Bardinella Donoso, Leopoldo Antonio Martín Ríos Santander, Alejandro Matías Aramayo Ciacera, Luis Francisco Álvarez López y José Gabriel Moschetti Retamales, este último también por violación de secretos y violación de deberes de funcionario público.
Por último, el tribunal declaró responsables por cohecho activo agravado, en distintos hechos, a Alfredo Rodolfo Aliaga Luque, Marcos Adrián Calderón Devias, Daniel Gonzalo Martínez Pinto, Juan Carlos Molina Pérez, Eugenio Javier Nasi Pereira, José María Sanguedolce Cadile y Martín Rodolfo Bazán Guerra, mientras que el resto de los imputados fueron absueltos.
Los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer en una resolución posterior. Mientras tanto, el proceso continuará con la audiencia de cesura este miércoles a las 13, en la que se determinará la pena que le corresponderá a cada uno de los condenados.
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