Cristina Fernández de Kirchner sumó un nuevo capítulo en la disputa por sus condiciones de detención, y ahora se prepara para apelar ante la Cámara Federal de Casación Penal la última resolución del Tribunal Oral Federal N° 2 que, entre otras cosas, le negó extender su lista de invitados al departamento de San José 1111 donde cumple su prisión domiciliaria.
Este lunes el juez Jorge Gorini, a cargo de la ejecución de la pena, habilitó un recurso interpuesto por la defensa para intentar dar vuelta el último fallo ante el máximo tribunal penal del país, donde se acumulan varios planteos sobre las pautas que debe acatar la ex presidenta de la Nación.
Todo esto ocurre mientras continúa internada en el Sanatorio Otamendi luego de sufrir un cuadro de apendicitis aguda con peritonitis localizada. El último parte médico advirtió que “por el momento, se mantiene la indicación de internación hasta la recuperación del estado de íleo”.
La resolución cuestionada se firmó el 17 de diciembre, cuando el TOF N° 2 denegó la incorporación de nombres vinculados al entorno político y personal de CFK y demarcó en dos horas diarias su permiso para estar en la terraza, a partir del segundo informe trimestral sobre la supervisión del cumplimiento de su pena.
La ex mandataria había pedido autorizar a Jonatan Konfino, Cristian Fuster, Lidia Urquiza, Luciana López, Karina Alicia Latorre, Silvina Monpelat, Myrian Martínez, Renato Scafaroni, Alicia Kirchner, Romina Mercado, Natalia Mercado, Zulma Pintos, Sandra Sacco, Nancy Elizabeth Esteche, Cecilia García y Juan Martín Mena.
La primera mitad de la lista son médicos, algunos de ellos también funcionarios públicos en el área de Salud. La senadora Alicia Kirchner, cuñada de CFK, pretendía acceder a las visitas junto a sus hijas Romina y Natalia.
Los nombres siguientes se reparten entre dirigentes y asesores políticos, siendo el principal el ministro bonaerense Juan Martín Mena, titular de la cartera de Justicia y DD. HH. y una de las voces preponderantes del kirchnerismo en temas judiciales.
La apelación de la defensa
Los abogados defensores Carlos Beraldi y Ary Llernovoy argumentaron en su apelación que las restricciones vulneran principios básicos de legalidad. Sostuvieron que el endurecimiento de las condiciones carcelarias se basó en una interpretación extensiva de la ley penal que no debería aplicarse en esta etapa.
No solo impugnan la restricción de visitas. También buscarán revertir ante la Cámara de Casación el uso de la tobillera electrónica y el acceso de dos horas a la terraza -la misma cantidad de tiempo en el patio que tienen los presos comunes-.

Ahora el expediente pasará a la Sala IV del máximo tribunal penal federal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña.
Luego de escuchar a las partes, los camaristas revisarán y se pronunciarán sobre el esquema de visitas vigente. Sobre el filo de la feria judicial de enero, la defensa tiene desde hoy tres días hábiles para presentar sus fundamentos.
Mientras tramita la apelación, las condiciones de detención se mantienen. El régimen actual impone que cualquier visita que no figure en la lista aprobada por el TOF N° 2 —reservada a familiares directos y profesionales esenciales— debe solicitarse con antelación y fundamento ante el tribunal.
Además, se establecieron límites para las visitas autorizadas: no pueden ingresar más de tres personas de forma simultánea, la permanencia no puede superar las dos horas y estos encuentros solo se permiten dos veces por semana. Este es otro punto que ya apeló la defensa en Casación.
El endurecimiento de estas reglas respondió a una reunión que se celebró el 17 de noviembre en San José 1111, cuando la ex jefa de Estado recibió a un grupo de nueve economistas y difundió la imagen del encuentro en redes sociales.

Para la justicia, aquella reunión desvirtuó la naturaleza de la pena y demostró una falta de prudencia en el cumplimiento del encierro domiciliario. La defensa, por el contrario, alegó que aquel evento tuvo carácter político y académico, que no existía una prohibición numérica previa y que no se generaron molestias a los vecinos ni riesgos de fuga.
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