
A casi dos semanas del dictamen emitido del procurador general Eduardo Casal por el caso “Vialidad”, donde Cristina Kirchner resultó condenada en doble instancia por administración fraudulenta por irregularidades en el manejo de la obra pública, una demanda contra la ex presidenta por daños y perjuicios asociada a esa causa se abre paso en el fuero Civil y Comercial federal. CFK requirió por segunda vez, a instancias de su defensa, la clausura del proceso por inactividad. Ya el juez se opuso al primer planteo, en línea con la postura del Poder Ejecutivo.
Se trata de un reclamo judicial promovido en 2018 por Javier Iguacel, quien fuera titular de Vialidad Nacional durante el gobierno de Mauricio Macri. El objeto del planteo apuntó a conseguir una indemnización en favor del Estado por parte de la exmandataria, codemandada junto a otros imputados de la causa penal como Lázaro Báez y José López, entre otros exfuncionarios, por un monto de 22.300 millones de pesos para resarcir “el daño ocasionado por los hechos de corrupción” originados en contratos de infraestructura en la provincia de Santa Cruz, oportunamente adjudicados por la Administración Pública.
En sus inicios, la presentación fue radicada en el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 2 porteño, que el 6 de diciembre de 2022 condenó a la exvicepresidenta a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos tras considerar que direccionó de forma ilícita una decena licitaciones en beneficio del empresario Báez, dueño de la empresa Austral Construcciones. El TOF, en aquel entonces, se declaró incompetente en materia civil y el expediente pasó a la Justicia Civil y Comercial Federal.

Tras varios conflictos de competencia, la Corte Suprema resolvió en diciembre de 2022 que el proceso debía quedar en manos del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 11, a cargo del juez Alejandro Nobili. Sin embargo, por reasignaciones internas, terminó radicándose en el Juzgado Nº 2 de ese fuero, a cargo del magistrado Marcelo Bruno Dos Santos.
Fue la defensa de Cristina Kirchner quien solicitó en dos oportunidades la “caducidad de instancia” del proceso, un mecanismo que prevé el Código Procesal Civil y Comercial para dar por concluida la demanda por falta de actividad en el expediente. Se considera un “modo anormal de terminación del proceso” y se produce cuando no hubiere movimientos que impulsen su trámite durante un plazo de seis meses.
Y es que la acción civil quedó estancada a lo largo de la presidencia de Alberto Fernández. El entonces procurador del Tesoro, Carlos Zannini, jefe de los abogados del Estado, decidió no avanzar con el reclamo judicial y omitió respaldar toda posición de la Dirección Nacional de Vialidad ligada al reclamo por daños y perjuicios. Esa situación quedó revertida tras la asunción de Javier Milei al gobierno, cuya administración procuró realizar actos procesales para no dejar caer la demanda.

En ese marco, el juez Dos Santos rechazó el pedido de la demandada para clausurar la causa tras considerar que en las actuaciones se habían incorporado, en rigor, nuevos elementos provenientes del fuero penal, como la ratificación de las distintas condenas en manos de la Cámara Federal de Casación, lo que daba cuenta de un movimiento procesal.
En efecto, una de las piezas documentales incorporadas al expediente resultó ser el fallo de 1541 páginas dictado por la Sala IV del máximo tribunal penal del país en noviembre del año pasado, donde confirmó la condena de la expresidenta junto a las de Báez (6 años de cárcel); del exsecretario de Obras Públicas, José López (6 años); del ex titular de Dirección Nacional de Vialidad, Nelson Periotti (6 años); y de los exfuncionarios del área de Vialidad de Santa Cruz, Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), de José Raúl Santibañez (4 años), de Mauricio Collareda (4 años) y de Raúl Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses).
Por su parte, la entidad demandante, que funciona bajo la órbita del Poder Ejecutivo de la Nación, reafirmó que la acción civil debía avanzar y, en esa línea, se pronunció en contra de la caducidad del reclamo indemnizatorio tras endilgarle a la parte demandada llevar adelante una serie de maniobras dilatorias para entorpecer el avance de la demanda.

En paralelo, la causa penal de Vialidad dio un paso relevante con el dictamen del procurador general interino Eduardo Casal, emitido el 15 de mayo pasado, donde el jefe de los fiscales apoyó la solicitud del acusador Mario Villar para que se incorpore el delito de asociación ilícita en la condena contra Cristina Kirchner, lo que podría elevar su pena de prisión a 12 años. Aunque ese dictamen no es vinculante, se lo esperaba en la Corte para poder expedirse sobre el caso.
A su vez, la defensa de Kirchner solicitó apartar del expediente al ministro Ricardo Lorenzetti , a quien recusó por presunta parcialidad tras declaraciones vinculadas al cronograma de resolución de la causa. Lorenzetti requirió que se rechace esa recusación por improcedente y extemporánea.
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