Procesaron a una diputada de izquierda por expresiones antisemitas

Se trata de Vanina Biasi, del Fitu-PO, quien publicó mensajes en redes sociales que comparaban al Estado de Israel con el régimen nazi

Vanina Biasi
Vanina Biasi, diputada nacional, fue procesada por expresiones antisemitas
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El juez federal Daniel Rafecas procesó hoy a la diputada nacional Vanina Biasi (del FITU-PO) por violación a la ley antidiscriminatoria 23.592, a raíz de ocho mensajes canalizados por la red social X, en los que comparaba al Estado de Israel con el régimen nazi, y le asignaba a dicho Estado democrático el rol de genocida, al tiempo que comparaba el conflicto armado en esa región con el Holocausto.

El magistrado consideró que la sumatoria de mensajes agraviantes hacia la comunidad judía superaban con creces los límites de la libertad de expresión, y que a la acusada no se le puede escapar la particular circunstancia de que la Argentina sufrió dos atentados guiados por el odio antisemita.

Rafecas además le trabó embargo por $10 millones. De confirmarse esta decisión, Biasi, actual candidata a legisladora porteña, enfrentará un juicio oral y público por estos sucesos.

“Miles sufriendo porque Emily había sido asesinada y finalmente todo era una construcción de la narrativa sionista a la que poco le importa la vida de la gente y su sufrimiento”, dijo Biasi en uno de los posteos en la red social X sobre lo que ocurre en Palestina. En otro señaló que “el Estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología y entiendo que a un propagandista de un Estado terrorista, genocida y asesino de niños le moleste leerlo, pero sus patoteadas no me van a silenciar”.

Y continuó posteando: “Sigue la masacre del pueblo palestino. Sigue el silencio cómplice del poder económico y mediático. Sionismo es genocidio. Sionismo es apartheid. Sionismo es la construcción de una narrativa mentirosa en la que el ocupante es víctima y el ocupado victimario”, sostuvo en otro de los posteos. La diputada nacional fue indagada el año pasado en Comodoro Py y hoy el juez Rafecas resolvió su situación.

“El derecho a la libertad de expresión no es absoluto, ya que puede ser legítimamente limitado cuando entra en conflicto con otros derechos fundamentales. En este sentido, las manifestaciones que fomentan el odio, la violencia o la discriminación pueden quedar fuera de su amparo, pues atentan contra los valores democráticos y los derechos de terceros”, sostuvo el juez en su resolución a la que accedió Infobae.

El juez Daniel Rafecas (Consejo de la Magistratura de la Nación)
El juez Daniel Rafecas (Consejo de la Magistratura de la Nación)

“Las ocho publicaciones individualizadas en esta resolución no superan el análisis que permitiría considerarlas dentro del ámbito del legítimo ejercicio del derecho de la libertad de expresión”, consideró el magistrado y agregó que esos mensajes “alentarían o incitarían a la persecución o el odio contra la comunidad judía, lesionando los principios de igualdad y trato no discriminatorio”.

“Al analizar las publicaciones, se puede observar que sus manifestaciones no pueden ser tenidas por meras críticas dirigidas hacia las autoridades temporales o al gobierno israelí por sus acciones o sus políticas circunstanciales, extremo que llevaría a considerar el caso como enmarcado en la libertad de expresión de la diputada Biasi”, sostuvo Rafecas.

Para el magistrado se trata “de mensajes de marcado contenido antisemita”. “La nombrada caracteriza directamente al Estado de Israel (no simplemente a su gobierno o autoridades temporales), y al sionismo, como genocida y nazi, como ocupantes de un territorio (desconociendo sus derechos al mismo), y como autor de un apartheid”, consideró.

“Con relación a la identidad de la oradora, es insoslayable el hecho que la nombrada es actualmente Diputada Nacional, y al momento de los hechos era Diputada electa, lo que conlleva que sus publicaciones sean leídas por una gran cantidad de personas. Y lo que también le exige una responsabilidad aún mayor al momento de expresarse, teniendo en cuenta que su discurso es receptado por incontables individuos”, sostuvo el juez en otro tramo de su resolución.

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