
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una presentación de Fernando Irazu, representante legal de la Asociación Civil Republicana para la Justicia, en el marco de la causa conocida como “Fiesta de Olivos”.
Irazu se presentó como particular ofendido y denunció penalmente al entonces presidente de la Nación, Alberto Fernández, por considerarlo responsable de los delitos contra la salud pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario, en el contexto de las obligaciones impuestas durante el Aislamiento y/o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, dictadas por el propio Fernández a través de sucesivos decretos de necesidad y urgencia.
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En las distintas instancias, se le negó a Irazu su carácter de querellante. El caso llegó hasta la Corte, que el 3 de octubre de 2023 declaró inadmisible su planteo.
Tras ello, el 19 de agosto de 2024, Irazu presentó un escrito titulado “Se presenta-interpone solicitud de revisión y acción de nulidad”, en el que cuestiona la decisión del juzgado federal de San Isidro, que el 23 de mayo de 2022 homologó el acuerdo entre Fernández y el representante del Ministerio Público Fiscal.
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En su presentación, Irazu destacó la relevancia de lo que, a su criterio, serían “novedosas circunstancias de público conocimiento”, en referencia a la denuncia presentada por Fabiola Yáñez contra el expresidente por el delito de lesiones, que tramita ante la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires.
La Corte, con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó la presentación por considerarla “manifiestamente improcedente”.
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Fabiola Yáñez y su pareja, el entonces presidente de la Nación, Alberto Fernández, estuvieron en la quinta presidencial de Olivos el 14 de julio de 2020, celebrando el cumpleaños de la Primera Dama, cuando estaban prohibidas las reuniones y el aislamiento era la única medida para prevenir los contagios mortales de COVID-19.
En ese momento, solo se podía circular con permisos especiales, algo de lo que carecía gran parte de los asistentes al festejo organizado por la pareja del jefe de Estado. El presidente, mediante un DNU, había ordenado el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) para evitar los contagios.
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Las imágenes de esa fiesta se conocieron un año después y derivaron en una causa judicial que comenzó en los tribunales de Comodoro Py 2002 y pasó a los de San Isidro. Los imputados fueron Fernández, Yáñez, Carolina Marafioti, Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Rocío Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra y Federico Abraham.
Todos fueron imputados en la causa, y el ex presidente y su pareja formularon un acuerdo de reparación integral del daño causado, que fue aceptado por el fiscal de la causa Fernando Domínguez y homologado por el juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli. Fernández se comprometió a pagar 1,6 millones de pesos en concepto de reparación del daño y, de hecho, ya depositó el dinero en el Hospital Malbrán. Su entonces pareja también depositó lo acordado: 1,4 millones de pesos. El resto de los imputados realizó acuerdos similares, todos homologados.
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Hace unos meses, Fabiola Yáñez y Alberto Fernández volvieron a ser noticia. La ex primera dama denunció al ex presidente. El 14 de agosto pasado, Fernández quedó formalmente imputado por los delitos de lesiones leves y graves, doblemente agravadas y amenazas coactivas, según el dictamen del fiscal Ramiro González, luego de escuchar a Fabiola Yáñez relatar los distintos hechos de violencia que dijo haber sufrido desde 2016, cuando comenzó su relación con el ex presidente.
En esta causa, tanto la víctima como los testigos aseguraron que las agresiones se profundizaron tras la fiesta de Olivos, ya que el ex jefe de Estado la culpaba de haber perdido el Gobierno.
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