
La Corte Suprema dejó firme este martes las condenas dictadas en juicio oral contra los responsables políticos de la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, que precedió a la caída del Gobierno de Fernando De la Rúa y sumergió a la Argentina en una de sus más graves crisis institucionales de su historia.
Según confirmaron fuentes judiciales, el fallo ratificó la condena al ex secretario de Seguridad Enrique Mathov a 4 años y 3 meses de prisión efectiva y al ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos a 3 años y 6 meses por homicidio culposo de tres personas.
Habrá que ver ahora si esos ex funcionarios deberán ir presos. Estuvieron detenidos durante la instrucción por orden de la jueza María Servini que tuvo la causa pocos meses. Las condenas fijadas son de cumplimiento efectivo. Pero habrá que considerar lo que planteen las defensas: Mathov tiene 76 años y Santos 78. Los otros dos condenados en esta causa, los ex policías Raúl Roberto Andreozzi y Norberto Edgardo Gaudiero, ya fallecieron.
El fallo de la Corte -que declaró “inadmisible” el recurso extraordinario- llegó luego de que las defensas también fracasaran el año pasado ante la Cámara Federal de Casación Penal para que se considerara que la causa estaba prescripta. Pedían su sobreseimiento por un pedido de sobreseimiento por el paso de tiempo y la violación a la garantía de ser juzgados en un plazo razonable.
Cinco manifestantes fueron asesinados en la zona de Plaza de Mayo, y otros cientos resultaron heridos el 19 y 20 de diciembre del 2001. En el país, los muertos pasaron las tres decenas. Fernando de la Rúa fue sobreseído. En 2016, el Tribunal Oral Federal 6 condenó a cuatro años y nueve meses de prisión a Enrique Mathov, ex secretario de Seguridad Interior del gobierno, y a cuatro años a Rubén Santos, ex jefe de la Policía Federal Argentina (PFA), por ordenar y dirigir la represión policial. El tribunal también condenó a Norberto Gaudiero y Raúl Andreozzi por sus responsabilidades en el operativo y a otros cinco funcionarios policiales. También absolvió a otros seis policías y sobreseyó a otros dos.
En ese juicio, por primera vez, el Poder Judicial consideró que los funcionarios políticos son penalmente responsables de las consecuencias que tiene la orden de reprimir una protesta social.
Sin embargo, a instancias de Casación, esas penas fueron reconsideradas y las condenas quedaron fijadas en tres años y medio para Santos y cuatro años y tres meses para Mathov como responsables de las muerte de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón”, y las heridas a otra veintena de manifestantes que protestaban por la situación social y el Estado de Sitio decretado por el ex presidente Fernando De la Rúa.
En la causa está probado que Mathov ordenó despejar la Plaza de Mayo. Así, transmitió la orden al comisario Rubén Santos. El mismo lo admitió. La noche anterior la policía había reprimido a los manifestantes que pedían la renuncia de De la Rúa. El secretario de Seguridad estaba preocupado porque el entonces presidente tenía que ingresar a la Casa Rosada y la protesta parecía descontrolarse. Había saqueos en distintos puntos del país. Se declaró el Estado de Sitio.
Las imágenes de la represión forman parte de la memoria colectiva de los argentinos. En los alrededores de la Plaza de Mayo fueron asesinados Fernando “Petete” Almirón, Gustavo Benedetto, Gastón Riva, Diego Lamagna y Alberto Márquez.
En su defensa, cuando intentaron en Casación revertir su suerte, la defensa sostuvo que Mathov actuó sin el conocimiento propio del dolo, fue un delito imprudente”. “Hace 20 años que está penando por este proceso. Mantuvo su vida paralizada hace 20 años por esta acusación” dijo el abogado de Jorge Valerga Aráoz. Reclamó que se atendiera a la pena natural que ya sufre. ”Está sometido al escarnio público, es hostigado por medios de comunicación masiva cada vez que se evoca el 20 de diciembre”, señaló. El ex funcionario radical estuvo seis meses preso. Santos, por su parte, también clamó inocencia. “Actuó convencido de estar actuando a derecho”, sostuvo la defensa. La justicia no tuvo en cuenta que todo se dio “en un contexto único, sin precedentes”. ”Ya se ha castigado bastante a Rubén Jorge Santos por cumplir su deber el 20 de diciembre de 2001″, agregó la defensa.
Sin embargo, esos planteos no alcanzaron para Casación y ahora tampoco para el máximo tribunal. Conocida el fallo de la Corte Suprema, el abogado del CELS Rodrigo Borda dijo a Infobae: “Un verdadero acto de justicia. Tan demorado como esperado. Se confirman las condenas de los responsables de haber ordenado y coordinado esa brutal represión de la protesta popular del 20 de diciembre de 2001″
“Es un gran precedente. Único en nuestro país y en toda la región. El responsable de conducir políticamente a la Policía Federal Argentina, en este caso Mathov, debe responder penalmente por las consecuencias que trae apareja la orden de reprimir una protesta social y por la forma en que esa orden se cumple. El estado de sitio tampoco sirve como un cheque en blanco para que la policía detenga personas indiscriminadamente. En democracia, el derecho de reunión y a manifestarse resulta fundamental y el uso de la fuerza por parte de los organismos de seguridad del Estado tiene limites estrictos cuyo incumplimiento acarrean responsabilidad no solo a los autores materiales de esos abusos, sino también de los responsables jerárquicos de conducir esas fuerzas”, añadió.
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