
En cuatro fallos distintos, la Corte Suprema de Justicia resolvió que el Estado argentino no tiene a su cargo el pago de las remuneraciones reclamadas por un grupo de legisladores electos en 2015 para el Parlamento del Mercosur (Parlasur). En base a normas específicas que regulan el ámbito del organismo regional, el Máximo Tribunal concluyó que las dietas de los parlamentarios son responsabilidad del Mercosur “como persona jurídica diferente”.
Los planteos fueron promovidos por Claudia Fernanda Gil Lozano, Alejandro Hernán Karlen, Cecilia Britto y Alberto Assef. Todos habían sido elegidos como diputados del Parlasur en los comicios generales de 2015 sin recibir contraprestación alguna desde entonces. En los cuatro expedientes, la discusión giró en torno a dilucidar si era el Estado Nacional el encargado de pagar los sueldos de sus representantes. Las causas, en rigor, tramitaron ante fueros federales diferentes y fueron resueltas de modo diverso.
En el caso de Gil Lozano, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el amparo. Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible el planteo de Gil Lozano.
A su vez, en su voto, el juez Horacio Rosatti destacó que el Mercosur -y no el Estado argentino-, como “persona jurídica diferente”, es “el obligado a resolver y pagar las remuneraciones de los parlamentarios” a través de la Mesa Directiva y Presidencia del Parlasur, en virtud de “normas específicas” que legislan “en el ámbito supraestatal”. Y agregó: “los fondos para esas erogaciones provienen de su presupuesto, financiado con los aportes de los Estados Parte quienes, en definitiva, son los que afrontan las remuneraciones de los parlamentarios elegidos de forma directa, entre otros gastos de funcionamiento”.
En consecuencia, expuso el presidente de la Corte, “se deriva la imposibilidad de condenar al Estado Nacional al pago que se pretende pues, así como es cierto que no existe ninguna norma en el ordenamiento que consagre su labor ad honorem, tampoco se ha invocado de forma certera disposición alguna que otorgue a los parlamentarios crédito directo contra la Nación”.

El juez Rosatti también dio cuenta de otros reclamos similares ante el Máximo Tribunal, por lo que consideró que era necesario exhortar al Estado Nacional “a dar cumplimiento con su obligación de remitir los fondos para garantizar el normal desenvolvimiento del Parlasur, que es su expresión parlamentaria”. En ese marco, votó por declarar admisible la queja y el recurso extraordinario, para confirmar, así, la sentencia apelada.
Por su parte, en el caso de Karlen, la Cámara Nacional Electoral, pese a considerar que el pago de las dietas estaba a cargo del Mercosur, condenó al Estado Nacional a incluir en la Ley de Presupuesto de 2017 no solo los aportes del Estado Argentino para hacer frente a los gastos normales de funcionamiento del Parlamento del Mercosur, sino también aquellos montos necesarios para que se solventen las dietas de los Parlamentarios. El Estado Nacional apeló esa decisión.
El expediente se elevó hasta el Máximo Tribunal donde, con la firma de Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti, se declaró admisible el planteo del Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Electoral. Por su parte, Rosatti remitió a su voto en el caso de Gil Lozano y declaró admisible el planteo.
Con relación a los amparos presentados por Britto y Assef, la Cámara Contencioso Administrativo Federal -Salas III y IV, respectivamente- también los rechazó. En la máxima instancia judicial, y con la misma firma de Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti, se declaró inadmisibles ambos planteos, mientras que Rosatti volvió a remitirse a su decisión en “Gil Lozano”.
Últimas Noticias
Casación anuló un fallo que había reducido cargos en una causa por presuntos sobornos y contrabando
El máximo tribunal penal repuso los procesamientos por cohecho en un expediente que investiga una presunta red dedicada al contrabando de celulares, juegos online y lavado de activos en Mar del Plata

Fútbol para Todos: la Justicia absolvió a todos los políticos y dirigentes deportivos que fueron investigados
Los exjefes de gabinete Jorge Capitanich y Aníbal Fernández eran los únicos imputados que habían llegado al veredicto con pedidos de penas de prisión, pero el Tribunal consideró que la acusación del fiscal no era válida

Sur Finanzas: el juez Villena denunció a la fiscal Incardona y recrudece el conflicto por la competencia
El juez federal de Lomas de Zamora acusa a la funcionaria judicial por supuesto “forum shopping”

La Cámara Electoral confirmó procesamientos por desviar 476 millones de pesos destinados a imprimir boletas
El Tribunal lo resolvió en una investigación por presuntas maniobras evasivas. El dinero fue entregado a dos agrupaciones en la provincia de Buenos Aires para las PASO de 2023

Condenaron a una empresa de colectivos por la caída de un pasajero al descender por la puerta trasera
La compañía intentó desligarse de responsabilidad alegando que el hombre se había accidentado en la vereda, cuando ya había bajado del vehículo. La Cámara de Apelaciones incrementó los montos indemnizatorios



