
“Cuando se trata de delitos como el terrorismo que por su letalidad y magnitud de injusto agravian a toda la comunidad internacional, se impone de manera inexcusable la adopción por el Estado de procedimientos alternativos y complementarios que aseguren la posibilidad de impulsar los procesos y evitar así la impunidad de los autores, instigadores y cómplices. Un recurso de ese tipo que sería útil y adecuado en orden a factibilizar y garantizar el derecho a la verdad y un mejor acceso a la justicia de las víctimas del terrorismo es el denominado juicio en ausencia”. Las palabras aparecen en el voto del juez Carlos Mahiques, en el fallo de Casación en donde se confirmó la absolución al reducidor de autos Carlos Telleldín y se confirmó la responsabilidad del Estado de Irán en la organización del atentado ocurrido hace casi 30 años.
“En derecho comparado la consagraron legislativamente diversos países como Francia, Italia y Reino Unido, que en sus respectivos ámbitos, establecieron condiciones y presupuestos específicos para no vulnerar garantías procesales y derechos constitucionales de los sujetos sometidos a proceso. La Argentina reclama que se examine con rigor jurídico esa alternativa, y en su caso, como creo, que se la institucionalice en el marco de una política pública para la Justicia Federal Penal. Será imprescindible para ello que los responsables de definirla de manera excluyente o concurrente en todos los Departamentos del Estado Federal, se aboquen con urgencia a su diseño e implementación”, opinó.
Frente a ello, Mahiques dispuso “exhortar –mediante el juzgado instructor- a las máximas autoridades de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Nación a que, cada uno en su esfera de actuación, formulen, evalúen, impulsen, propongan y sancionen una reforma legislativa que permita a futuro la aplicación del juicio en ausencia para sucesos como el que motivó esta causa”.

El 18 de julio de 1994, un coche bomba explotó en la instalaciones de la AMIA. Mató a 85 personas. Por el caso no hay ningún detenido. Los sospechosos de haber llevado adelante el atentado están prófugos. La justicia argentina ordenó sus detenciones para poder indagarlos y hay alertas rojas sobre cinco de ellos, pero se encuentran refugiados en Irán, donde no reconocen las acusaciones en su contra.
El fallo de Casación ratificó hoy que el ataque a la AMIA y a la Embajada, dos años antes, respondió “a un designio político y estratégico” de la República Islámica de Irán y ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah.
En otro orden, el juez también habló de la posibilidad de demandar a Irán ante la Corte de Justicia de las Naciones Unidas. Y aludió al proyecto sobre la Responsabilidad del Estado sobre el que se ha desarrollado un nuevo consuetudo internacional tendiente a establecer la responsabilidad de un Estado por las acciones de grupos no estatales, y que está demostrando ser un instrumento favorable para la imprescindible ampliación de la criminalización de los crímenes contra la Humanidad.
“Los atentados terroristas conmueven y perturban gravemente el orden público a través de la intimidación y el terror y damnifican para siempre la vida de los afectados. De un lado, el acto terrorista requiere del juez una especificidad y amplitud a la vez, en la respuesta a cada situación. Del otro, el terrorismo internacional, cuando es organizado, tolerado, financiado y/o apoyado por un Estado, es un ilícito que trasciende las fronteras y que involucra la responsabilidad internacional de ese Estado. Éste también lo implica cuando el acto es cometido por un grupo no estatal bajo control o dirección de aquel Estado (como es el caso de Hezbollah y la República Islámica de Irán)”, dijo.
Y añadió: “La responsabilidad internacional conlleva la obligación de reparar íntegramente el daño causado (moral y material), mediante -entre otras medidas- una indemnización pecuniaria. Este último -mientras no se establezca un tribunal permanente sobre la base de una normativa internacional- resulta un planteo dirimible bilateralmente entre Estados, normalmente por la vía diplomática, lo que eventualmente permitiría arribar a algún mecanismo de solución de controversias a través de un tribunal arbitral o de la misma Corte Internacional de Justicia, si existiera un acuerdo o base jurisdiccional para ello”.
Agregó que “aparece viable peticionar a ese organismo internacional a fin de que se expida sobre una eventual responsabilidad penal de la República Islámica de Irán por violaciones del derecho internacional humanitario por los actos de terrorismo cometidos en nuestro país”.
Últimas Noticias
Quién es la argentina investigada por el robo de virus en un laboratorio de una universidad de Brasil
La científica rosarina Soledad Palameta Miller fue detenida y luego liberada en el caso de la presunta sustracción de material biológico en un centro de investigación de alta seguridad de ese país. Cuál es su trayectoria profesional

La Justicia ordenó proteger a la testigo que declaró que Adorni fue invitado por el periodista Grandío en el vuelo a Punta del Este
Se trata de Vanesa Elizabeth Tossi, quien ayer había recibido llamadas y mensajes del amigo del jefe de Gabinete mientras testificaba. Lo resolvió el juez federal Ariel Lijo tras un pedido del fiscal federal Gerardo Pollicita

El avance de la causa ANDIS: sumaron 29 indagatorias por posibles coimas en las licitaciones
Las autoridades judiciales notificaron a los implicados en el expediente sobre adquisiciones de la Agencia Nacional de Discapacidad, tras detectar supuestas irregularidades en contrataciones de insumos médicos y posibles pagos indebidos a funcionarios y empresarios

Se cayó de la moto por un lomo de burro sin señalizar, demandó al municipio y perdió: ahora deberá pagar los gastos del juicio
El accidente ocurrió a plena luz del día, pero la Justicia rechazó el reclamo por daños materiales y morales. Por qué las pruebas y pericias no fueron suficientes para culpar a la comuna y el “efecto búmeran” que obliga al demandante a hacerse cargo de las costas en ambas instancias

El caso de la mujer que gastó sus ahorros para comprar un auto, pero la operación se cayó y no le devolvieron el dinero
El sueño del vehículo propio se convirtió en una pesadilla de evasivas y silencios. Tras reiterados reclamos, la mujer logró que la Justicia condenara a la concesionaria. El fallo incluye capital actualizado, daño moral y una sanción por la falta de respuesta de los vendedores



