Quiénes son los jueces que suspendieron la reforma laboral incluida en el DNU de Milei

Se trata de José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que se sumaron a la Cámara Laboral a mediados de 2021. Otra camarista votó en disidencia

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José Alejandro Sudera y Andrea
José Alejandro Sudera y Andrea García Vior.

La decisión de suspender la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei fue firmada por dos jueces de la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo: José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. En cambio, María Dora González votó en disidencia.

Sudera y García Vior se sumaron a la Cámara Laboral a mediados de 2021, cuando el Senado aprobó un total de 33 pliegos de jueces y fiscales propuestos por el Poder Ejecutivo. Ambos fue elegidos para la Sala II.

En ese momento, también fueron designados otros nuevos integrantes de la Cámara laboral: Gabriel De Vedia (Sala V), Enrique Catani (Sala I) y Patricia Russo (Sala VII).

José Alejandro Sudera pertenece a la lista Bordó, que conduce actualmente la Asociación de Magistrados. En 2010, cuando era titular del juzgado laboral 56, fue candidato para integrar el Consejo de la Magistratura.

En 2022, Sudera integró la Junta Electoral de la Asociación de Magistrados que impugnó la candidatura para el Consejo de la Magistratura de Alberto Lugones, representante de la lista Celeste.

En la audiencia pública ante el Senado, en 2021, Sudera contó que trabaja en la Justicia “hace 29 años” y que fue juez de primera instancia durante “15 años”.

Un año antes, había sido denunciado por una abogada ante el Consejo de la Magistratura por violencia de género. La denuncia estaba basada en un fallo del propio magistrado, que remarca las faltas de ortografía que había en sus escritos. “Resulta imposible entender el relato de hechos realizado en la demanda, si es que existe alguna porción de esta que pueda ser calificada de aquella manera”, dijo Sureda en su polémico fallo, donde también se lamentó de no poder imponer las costas del proceso a la abogada.

En cambio, García Vior se había desempeñado en varios cargos de la Cámara del Trabajo y fue jueza de primera instancia antes de ser designada camarista.

Su carrera comenzó en 1987, en la Sala II, luego tuvo un breve paso por un juzgado de primera instancia, y terminó siendo secretaria de esa misma Sala durante diez años. En 2014 ganó un concurso y regresó como jueza de primera instancia, según ella misma contó en su audiencia pública para ser camarista.

Desde mayo de 2019, estuvo a cargo del juzgado 54, hasta que accedió a la Sala II. “Estoy orgullosa de los resultados obtenidos en el juzgado en todos estos años”, dijo en 2021 ante los senadores de la comisión de Acuerdos. Y se mostró a favor de que los jueces paguen ganancias.

Por dos votos a uno, la Cámara de feria hizo lugar a una medida cautelar pedida por los abogados de la CGT. Ni siquiera esperó la justificación oficial en el expediente para defender el DNU, justo cuando estaba en juego si podía pronunciarse.

“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, sostuvo el fallo firmado por Sudera y García Vior.

En disidencia, la tercera jueza Dora González opinó que el caso había que pasarlo a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente, como había dicho la fiscalía.

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