
La ex policía Mirta “La Cuca” Antón, la primera mujer en ser condenada a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad, podrá continuar purgando su condena en el domicilio de su nuera, en razón de un cáncer de mama en estado avanzado, según lo dispuso esta mañana un fallo del Tribunal Oral Federal N° 1 (TOF) de Córdoba al que tuvo acceso Infobae.
Este mismo TOF la había condenado el 25 de agosto de 2016 por una serie de crímenes cometidos durante su estadía como suboficial, entre 1974 y 1983, en el D2, un centro clandestino de detención ubicado en el Pasaje Santa Catalina, pleno epicentro de la ciudad de Córdoba, donde participó de los secuestros, tormentos y homicidios -agravados por alevosía- de perseguidos políticos durante la última dictadura militar.
“La Cuca”, según la llamaban sus ex compañeros del Departamento de Informaciones de la Policía de Córdoba por considerarla -cual cucaracha- un bicho despreciable, de 69 años, se encontraba desde entonces alojada en el Establecimiento Penitenciario N° 3, Correccional de Mujeres, cuyo informe sobre su estado de salud fue determinante para la jueza del tribunal Carolina Prado al momento de resolver el pedido del Defensor Público Oficial, Jorge Perano, referido al beneficio de prisión domiciliaria contemplado en el artículo 33 de la ley 24.660.
Recientemente le diagnosticaron un cáncer de mama. El informe indicaba que “si bien la interna no requiere internación hospitalaria, la condición de encierro y las situaciones vivenciales, la edad del paciente, el diagnóstico actual y el hecho de estar lejos de sus afectos, son condiciones que pueden agravar las patologías existentes e impedir su recuperación”.

“Similar conclusión emite el médico forense de estos Tribunales Federales, Dr. Eduardo Gasparrini, al decir que, por la edad, las patologías que padece, en particular un cáncer con estadio avanzado, se encuentran condicionadas y agravadas por el alojamiento carcelario, por lo que sugiere prisión domiciliaria para mejor acceso a centros de estudios y tratamiento de las afecciones”, precisó el fallo.
De acuerdo a la sentencia, antes de resolver la solicitud el Tribunal Oral convocó a las víctimas de los hechos atribuidos a la ex policía condenada, bajo los términos de la “Ley 27.372 sobre Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos”, que les brinda la facultad de intervenir y ser escuchados en diferentes asuntos, “para que expresen su opinión a través de sus representantes legales. No obstante, de acuerdo a las constancias del expediente, dejaron transcurrir el término sin emitir opinión”.
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Tras dicha instancia, la jueza Prado analizó la situación de salud de la condenada e hizo hincapié en “las patologías que padece-en especial, el cáncer de mama derecho, con compromiso de pulmones, en estadio IV-”, y subrayó al momento de decidir que ”los informes médicos colectados coinciden en señalar que su alojamiento en prisión condiciona y puede agravar el estado de sus afecciones y no procede internación hospitalaria”.
La prisión domiciliaria se cumplirá en la casa de su nuera, en el barrio Cerveceros de la capital cordobesa. “La Cuca” no podrá “ausentarse del domicilio sin autorización previa del Tribunal, bajo apercibimiento de revocación del beneficio acordado”, estableció el fallo. Por su parte, su hija -Soledad Gomez, una de sus tres hijos- quedó designada a cargo de la supervisión y tutela de su madre.
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