
La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) aprobó la nueva estructura tarifaria que regirá para los usuarios de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) durante el cuarto trimestre de 2026, con un ajuste promedio de 0.64%.
Los nuevos valores entran en vigencia a partir de hoy 1 de de octubre y contemplan modificaciones para las diferentes categorías de consumidores del servicio eléctrico.
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Sin embargo, el ajuste aprobado por el ente regulador no se reflejará de forma inmediata en las facturas de los abonados de la ENEE debido a la aplicación de la Ley de Justicia Energética, que establece un período de congelamiento de las tarifas.
La medida impide que la empresa estatal traslade a los usuarios los incrementos derivados de las revisiones tarifarias durante el período establecido por la legislación.
Tarifa permanecerá congelada
El comisionado presidente de la CREE, Héctor Corrales, explicó que el artículo 1 de la Ley de Justicia Energética establece la prohibición de aumentar la tarifa aplicada por la ENEE durante los seis meses contemplados en el congelamiento.
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La disposición, sin embargo, permite que la tarifa pueda reducirse si las condiciones del mercado y los cálculos correspondientes determinan una disminución.
Aunque la tarifa que pagan los usuarios permanecerá congelada, la CREE continuará realizando las revisiones trimestrales de la estructura de costos y aprobando los ajustes que correspondan.
El congelamiento no elimina el proceso de revisión tarifaria: los incrementos determinados por la CREE durante este período no podrán trasladarse directamente a los consumidores, aunque la estructura tarifaria siga actualizándose en términos regulatorios.
Según Corrales, el Estado deberá asumir ese incremento derivado del deslizamiento, mientras que los montos correspondientes serán diferidos para períodos posteriores.

Revisiones continuarán cada trimestre
Los valores que no sean trasladados durante el congelamiento no desaparecen: quedan pendientes para su tratamiento en períodos posteriores y pueden generar intereses.
La forma en que se manejarán esos montos será parte de los cálculos una vez que concluya el período establecido por la Ley de Justicia Energética.
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Corrales explicó que la medida responde a una solicitud planteada por la ENEE y que el ajuste aprobado por la CREE corresponde a ese esquema.
La nueva estructura contempla diferentes valores según el tipo de usuario y el nivel de tensión en el que recibe el servicio.
Para los usuarios residenciales, la tarifa para los primeros 50 kilovatios hora (kWh) de consumo mensual quedó en 5,0031 lempiras por kWh. Para el consumo que supere ese umbral, el precio es de 6,5102 lempiras por kWh.
En el caso del servicio general de baja tensión, el valor de la energía quedó fijado en 6,5115 lempiras por kWh. Para los usuarios conectados a media tensión, la tarifa es de 4,3305 lempiras por kWh, mientras que para quienes reciben el servicio en alta tensión el valor quedó en 4,0917 lempiras por kWh.
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El esquema también contempla el servicio de alumbrado público, cuyo precio fue fijado en 5,1379 lempiras por kWh, además de un cargo fijo mensual de 69,57 lempiras por lámpara.
Qué implica para los usuarios
Aunque la CREE aprobó un ajuste promedio de 0,64%, la cifra no debe interpretarse como un incremento que se aplicará automáticamente a las facturas de los consumidores en octubre.
La CREE mantiene su obligación de calcular y aprobar periódicamente la estructura tarifaria, pero la ENEE no puede trasladar a los usuarios un aumento mientras esté vigente la prohibición establecida por la Ley de Justicia Energética.

El proceso de revisión de las tarifas eléctricas continuará durante el período de congelamiento. La CREE seguirá evaluando las variables que intervienen en la estructura tarifaria y emitirá las resoluciones correspondientes cada trimestre, independientemente de que los aumentos determinados puedan o no trasladarse a los consumidores.
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Para los abonados residenciales y demás consumidores de la ENEE, el principal efecto inmediato es que el ajuste promedio de 0,64% aprobado para el cuarto trimestre no se traducirá en un incremento automático de la factura a partir del 1 de octubre.
La medida coloca el costo del ajuste temporalmente fuera de la factura de los usuarios, pero genera la necesidad de determinar cómo serán tratados los montos diferidos y los intereses que puedan acumularse durante el congelamiento.
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