La nueva ley antilavado en Guatemala amplía de ocho a 13 las atribuciones de la Intendencia de Verificación Especial

La unidad de inteligencia financiera de la Superintendencia de Bancos podrá reforzar la supervisión, administrar y resguardar datos, compartir alertas con sectores obligados y trasladar reportes con mayor rapidez al Ministerio Público

Infografía sobre la nueva ley antilavado en Guatemala, mostrando el mapa del país, un mazo judicial sobre pilas de dinero y monedas, y seis íconos con descripciones de nuevas funciones de la IVE.
La nueva ley antilavado en Guatemala amplía las atribuciones de la Intendencia de Verificación Especial (IVE) para reforzar la supervisión financiera y la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La nueva Ley Antilavado aprobada por el Congreso de Guatemala con 147 votos el sustituye una norma vigente desde hace 25 años y amplía las herramientas del Estado para prevenir y reprimir el lavado de dinero, otros activos y el financiamiento del terrorismo, con el objetivo de adecuar el sistema a estándares internacionales y cerrar brechas que, según sus impulsores, habían quedado desfasadas frente a formas más modernas de criminalidad.

La nueva normativa refuerza a la Intendencia de Verificación Especial (IVE), la unidad de inteligencia financiera de la Superintendencia de Bancos, que al cierre de abril de 2026, la Intendencia de Verificación Especial (IVE) de Guatemala reportó Q2,751.5 millones acumulados en denuncias de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, una cifra que implica un crecimiento notable en la vigilancia e indagación de operaciones financieras irregulares.

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La ley deroga el decreto 67-2001 y unifica en un solo instrumento el régimen administrativo preventivo y represivo contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo vinculado con la economía criminal nacional y transnacional.

La nueva ley amplía de ocho a 13 las atribuciones de la IVE

Una de las modificaciones centrales es la ampliación de las funciones de la IVE. El pleno aprobó una enmienda de sustitución total al artículo 52 que elevó de ocho a 13 los incisos sobre sus atribuciones, mientras la ley anterior solo contemplaba ocho.

Con ese cambio, la IVE podrá ejercer una supervisión más rigurosa para generar inteligencia financiera y trasladar información con mayor agilidad al Ministerio Público, por medio de la Fiscalía contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, cuando detecte transacciones, operaciones u otros elementos que puedan estar relacionados con esos delitos o con el financiamiento del terrorismo.

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Una lavadora con la puerta abierta, desbordando billetes y agua espumosa, con pilas de dinero en el suelo y un edificio 'GLOBAL FINANCIAL SERVICES' al fondo.
Una lavadora desborda billetes y agua, simbolizando el proceso de lavado de dinero con un edificio de servicios financieros en el fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La normativa también fija obligaciones administrativas para las Personas Obligadas en materia de prevención y les exige comunicar la información en la forma que la ley considere pertinente.

A la vez, ordena a la IVE administrar y resguardar información, archivos, registros, sistemas informáticos y estadísticas, con medios tecnológicos adecuados y medidas de seguridad y niveles de acceso para proteger instalaciones y datos.

Otra de sus tareas será comunicar a las Personas Obligadas tipologías, tendencias, patrones, alertas y otra información útil para prevenir estos delitos.

Ese intercambio incluirá también datos sobre el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, cuando así lo determinen sus análisis o cuando la información provenga de organismos internacionales.

La IVE conservará además la facultad de imponer sanciones administrativas a las Personas Obligadas conforme a la ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables. El inciso I) le asigna también el diseño, promoción y ejecución de programas permanentes de capacitación, asistencia técnica y difusión, con énfasis en micro, pequeñas y medianas empresas, además del público en general.

La coordinación con el Ministerio Público y organismos internacionales pasa a ser parte central del esquema

La nueva ley establece que la IVE deberá trabajar de forma estrecha con la Fiscalía contra el Lavado de Dinero del Ministerio Público, la Superintendencia de Bancos, el Grupo de Acción Financiera Internacional y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica para que Guatemala cumpla con estándares globales de prevención del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo.

Ese nuevo marco también amplía el tipo de seguimiento que realiza la intendencia.

Según el contenido del decreto, la IVE ya no solo monitoreará montos, sino estructuras de redes criminales que combinan efectivo, transferencias internacionales y activos, descritas como organizaciones multicriminales vinculadas con narcotráfico, corrupción y delitos tributarios.

A partir de la nueva ley, la unidad usará además análisis tridimensionales de forma, tiempo y lugar para conectar transacciones, personas, cuentas y jurisdicciones.

La norma también la obliga a comunicar sin demora a las Personas Obligadas la designación o remoción de personas o entidades listadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y sus organismos subsidiarios por vínculos con terrorismo, financiamiento del terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva, así como a requerir información sobre las acciones adoptadas tras esas comunicaciones.

La IVE fue creada en 2001 por la antigua ley antilavado. Desde entonces ha operado como el brazo de supervisión financiera y análisis de datos en la detección de operaciones sospechosas, con apoyo de cooperación internacional y denuncias legales para proteger la integridad del sistema financiero.

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