
Diego de Jesús Herrera Rodríguez, alias Psicópata, fue enviado a prisión preventiva y ligado a proceso penal por asesinato y portación ilegal de arma de fuego de uso civil y/o deportivo, después de que la Policía Nacional Civil lo capturó el domingo 24 de mayo en la zona 18 cuando, según el texto fuente y la resolución judicial, presuntamente descuartizaba a un hombre en una casa abandonada junto a un menor de edad. Según publicación del Diario LaHora.
El juzgado de turno dio al Ministerio Público tres meses para completar la investigación y fijó para el 8 de septiembre una audiencia ante el Juzgado Sexto Penal, donde se discutirá si Herrera debe o no enfrentar juicio por estos hechos.
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De acuerdo con la publicación del Diario La Hora, el Ministerio Público, Herrera fue detenido cuando intentó escapar del lugar. El ente investigador indicó además que presentaba manchas de sangre que deben ser analizadas y que tenía un arma de fuego.
Herrera se negó a declarar ante el juez para responder por los hechos atribuidos. En la resolución, el juzgador sostuvo que, a partir de los hechos descritos por el Ministerio Público, podía observarse “la maldad de los actos”, por lo que la investigación debía establecer si participó en el crimen y en qué grado.

El juez validó la captura por los indicios hallados al momento de la detención
Durante la audiencia, según la transcripción incluida en el texto fuente, el juez sostuvo que los agentes policiales actuaron conforme a su función al reaccionar de inmediato ante la noticia de un hecho punible. Basó ese razonamiento en las normas del Código Procesal Penal sobre investigación preliminar y detención de sospechosos para evitar su fuga u ocultación.
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El juzgador explicó que la sospecha inicial se apoyó en tres elementos: los sindicados salieron corriendo, tenían manchas de sangre en la ropa y el calzado, y uno de ellos llevaba un arma de fuego. Según esa argumentación, esos indicios cobraron mayor peso cuando la policía ingresó a la vivienda y encontró el cuerpo de la víctima descuartizado.
De acuerdo con la exposición judicial, la ley no exige que los agentes hayan visto de forma directa la comisión del crimen para detener a una persona. El criterio, según dijo el juez en audiencia, permite la aprehensión cuando el sospechoso es sorprendido instantes después con huellas, efectos o instrumentos que hagan pensar fundadamente que acaba de cometer o participar en el hecho.
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El juez añadió que el arma de fuego también debía ser considerada un indicio relevante, porque la investigación aún debe determinar si la víctima recibió disparos antes de ser atacada con un arma corto contundente. Esa parte del análisis quedó vinculada tanto a la pesquisa por el asesinato como al cargo por portación ilegal.
La investigación deberá definir el grado de participación de Herrera
Según la argumentación expuesta en audiencia, el Ministerio Público pidió encuadrar los hechos en el artículo 132 del Código Penal, con referencia a alevosía, premeditación y perversidad brutal. El juez afirmó que la forma en que murió la víctima permitía, en esta etapa inicial, considerar esos elementos para abrir el proceso.
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La resolución aprobó la carpeta investigativa del Ministerio Público y concluyó que sí existe el delito y que, de manera posible, Herrera participó en él. Con ese criterio, el juzgado declaró con lugar la petición fiscal y ordenó que permanezca en prisión preventiva mientras avanza la causa.
El caso del menor detenido junto a Herrera fue remitido al Juzgado de Menores en Conflicto con la Ley Penal. Según el texto fuente, hasta ahora se desconoce si esa judicatura ya resolvió su situación legal.
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