
Con motivo de la llegada de la Semana Santa 2026, el Instituto Guatemalteco de Migración ha puesto en marcha el Plan de Contingencia en los principales puestos fronterizos del país, una medida que estará vigente entre el 26 de marzo y el 6 de abril.
El objetivo central de este plan es facilitar el tránsito de viajeros, reducir los tiempos de espera y garantizar el orden en el flujo migratorio, ante el incremento anticipado de viajeros nacionales y extranjeros que caracteriza este período.
Según detalló el Instituto, también se reforzó la atención en los controles fronterizos con El Salvador, Honduras, México y Belice, junto con el Aeropuerto Internacional La Aurora, donde se ha asignado más personal para responder al aumento del movimiento migratorio.
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Para quienes planean viajar durante este período, el Instituto Guatemalteco de Migración enfatizó una serie de recomendaciones específicas que buscan agilizar el proceso y evitar inconvenientes.
Una de las principales sugerencias es revisar la vigencia del pasaporte y, de no estar al día, tramitar uno nuevo o gestionar la extensión correspondiente. Además, el Instituto recuerda a la población consultar posibles restricciones, como el arraigo, a través del portal oficial igm.gob.gt, y verificar los requisitos de ingreso al país de destino.
El Instituto anunció que la atención en sus oficinas centrales y sedes departamentales se suspenderá entre el 30 de marzo y el 6 de abril de 2026, manteniéndose únicamente el funcionamiento normal de los puestos fronterizos aéreos, terrestres y marítimos. Este ajuste responde a la demanda estacional y forma parte del esfuerzo integral para garantizar un proceso migratorio eficiente durante una de las temporadas más concurridas del año, según informó el Instituto Guatemalteco de Migración.
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El plan incluye recomendaciones específicas para residentes y turistas extranjeros
Las autoridades migratorias aclararon que quienes cuenten con residencia permanente en Guatemala deberán tener al día sus pagos anuales para poder viajar sin dificultades.
Si se está gestionando una residencia temporal, se puede solicitar en la Subdirección de Extranjería una “visa por expediente en trámite” que servirá como soporte al momento de viajar. Para visitantes extranjeros que prolonguen su estadía, el Instituto recomienda gestionar una prórroga de la visa de turista.

En el caso de turistas que residen en países exentos de visado pero cuya nacionalidad requiere “visa consultada” o “visa consular”, la entrada a Guatemala será autorizada siempre que presenten residencia demostrable de más de tres años en dicho país.
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Uno de los requerimientos más estrictos se refiere al viaje de niñas, niños y adolescentes (NNA). Para facilitar la salida de menores de edad, es obligatorio presentar el pasaporte vigente y, según el caso, documentación adicional respecto a la compañía del menor. Si viajan acompañados de ambos padres, se exige el certificado de nacimiento vigente además del pasaporte. En tanto, si el menor viaja solo con uno de sus progenitores, el acompañante debe portar una autorización formal del otro: puede tratarse de un mandato, acta de declaración jurada, carta poder con firma legalizada, documento emitido por autoridad diplomática o consular guatemalteca en el exterior, o autorización jurisdiccional competente.
La normativa se vuelve más estricta si el menor viaja acompañado por una tercera persona. En este caso, se requiere el pasaporte y el certificado de nacimiento, junto con la autorización formal de ambos padres, mediante los documentos antes mencionados. De acuerdo con el Instituto Guatemalteco de Migración: “contar con la documentación correspondiente permite agilizar el proceso de control migratorio en aeropuertos y puestos fronterizos, evitando inconvenientes al momento del viaje”.
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Niños y adolescentes: documentación obligatoria según compañía
La documentación exigida varía dependiendo de quién acompaña al menor.
Cuando viaja con ambos padres debe presentar certificado de nacimiento y pasaporte vigentes. Si viaja con uno solo, debe añadirse la autorización expresa del progenitor ausente por alguno de los procedimientos validados por el Instituto: mandato, acta de declaración jurada, carta poder, resolución consular o jurisdiccional.
Cuando el acompañante es un tercero, la autorización legal de ambos padres resulta indispensable, siempre mediante documentos expedidos o legalizados conforme a los criterios de la autoridad migratoria.
El Instituto Guatemalteco de Migración remarcó la importancia de que las familias revisen minuciosamente la documentación de viaje antes de iniciar el trayecto, así como de cerciorarse de los requisitos para el ingreso en países de destino. Recomendó llenar previamente la Declaración Jurada de Viajero Electrónica, portar la documentación impresa a mano y llegar con antelación suficiente a los aeropuertos para contribuir a que el proceso migratorio resulte seguro y ordenado.
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Por otro lado, el Instituto reafirmó su compromiso de mantener informados tanto a los guatemaltecos como a los residentes extranjeros sobre los trámites y servicios migratorios. La institución instó a la población a consultar sus canales oficiales y a seguir las recomendaciones preventivas, “promoviendo el acceso oportuno a la información sobre trámites y servicios migratorios”.
La serie de medidas y protocolos anticipados para la Semana Santa 2026 reflejan el esfuerzo del Instituto por responder de manera eficiente al incremento del flujo de viajeros y preservar la seguridad y el orden en los puestos de control del territorio guatemalteco.
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