
El Departamento de Estado de Estados Unidos convirtió en permanente el programa de fianzas para visas de turismo y negocios que, desde agosto de 2025, exigió depósitos de hasta USD 15.000 a ciudadanos de 50 países. A partir del 3 de agosto de 2026, cuando la norma se publique en el Federal Register, diario oficial del gobierno de Estados Unidos, el techo sube a USD 20.000 y el mecanismo deja de ser un piloto para transformarse en política migratoria definitiva.
La medida aplica a las visas B1 y B2. El aviso publicado en el Federal Register precisa que “los oficiales consulares podrán requerir a los solicitantes de visa no inmigrante cubiertos que depositen una fianza de hasta USD 20.000 como condición para la emisión de la visa, según lo determinen los propios oficiales consulares”.
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Qué es el programa de fianzas para visas y por qué se vuelve permanente
El programa nació el 20 de agosto de 2025 como un piloto de 12 meses ordenado por Donald Trump a través de la Orden Ejecutiva 14159. Los resultados convencieron al Departamento de Estado de convertirlo en política permanente.

Según la normativa oficial a la que tuvo acceso Reuters, en el año fiscal 2024 hubo 45.488 casos de overstay provenientes de los 50 países cubiertos. En los primeros diez meses del piloto, esa cifra cayó a menos de 50.
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De las 20.000 solicitudes que requirieron depósito, casi la mitad no completó el pago, lo que explica en parte la caída del 83% en la emisión de visas B1/B2 para esos países. El total depositado durante el piloto ascendió a USD 115 millones.
Cómo funciona el mecanismo: montos, pago y devolución
El oficial consular fija el monto de la fianza durante la entrevista de visa. La norma permanente elimina la opción de USD 5.000 que contemplaba el piloto y establece tres niveles:
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- USD 10.000
- USD 15.000
- USD 20.000
El pago se realiza exclusivamente a través de Pay.gov, la plataforma del Departamento del Tesoro. La normativa prohíbe el uso de sitios de terceros y advierte que el gobierno no responde por dinero depositado fuera de sus sistemas.
Lo puede abonar el propio solicitante o un tercero —familiar, amigo o socio comercial—, desde cualquier país, pero el nombre del pagador debe coincidir exactamente con el que figure en el formulario I-352 del DHS.
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La fianza se devuelve automáticamente en estos casos:
- El DHS registra la salida del titular antes del vencimiento de su estadía.
- El solicitante no viaja antes de que expire la visa.
- Se le niega la entrada en un puerto de ingreso.
Si el titular viola los términos, el caso pasa al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para determinar si hubo incumplimiento. La normativa aclara un punto que puede pasar inadvertido: el depósito de la fianza no garantiza la emisión de la visa.
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Puertos de entrada obligatorios y restricciones de tránsito
Los titulares de visa con fianza solo pueden ingresar y salir de Estados Unidos por aeropuertos comerciales, incluidas las ubicaciones de preinspección de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Queda expresamente prohibido el uso de puertos de entrada aéreos privados, de aviación general, terrestres o marítimos.
El incumplimiento de esta condición puede derivar en una negativa de entrada o en que la salida no quede debidamente registrada, lo que a su vez podría interpretarse como una violación del contrato de fianza.
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Los 50 países afectados: mayoría africana y algunos latinoamericanos
África (30 países)
- Argelia
- Angola
- Benín
- Botsuana
- Burundi
- Cabo Verde
- República Centroafricana
- Costa de Marfil
- Yibuti
- Etiopía
- Gabón
- Gambia
- Guinea
- Guinea-Bisáu
- Lesoto
- Malawi
- Mauritania
- Mauricio
- Mozambique
- Namibia
- Nigeria
- Santo Tomé y Príncipe
- Senegal
- Seychelles
- Tanzania
- Togo
- Túnez
- Uganda
- Zambia
- Zimbabue
Asia y Asia Central (9 países)
- Bangladés
- Bután
- Camboya
- Georgia
- República Kirguisa
- Mongolia
- Nepal
- Tayikistán
- Turkmenistán
América Latina y el Caribe (6 países)
- Antigua y Barbuda
- Cuba
- Dominica
- Granada
- Nicaragua
- Venezuela
Oceanía y Pacífico (5 países)
- Fiyi
- Papúa Nueva Guinea
- Tonga
- Tuvalu
- Vanuatu
La excepción del Mundial FIFA 2026
La norma contempla una dispensa específica para viajeros del Mundial de Fútbol FIFA 2026, que se celebra en Estados Unidos. La administración Trump eximió del requisito de fianza a dos categorías de personas provenientes de países afectados por el programa.
La primera abarca a atletas, cuerpos técnicos, personal de apoyo indispensable y familiares directos de los miembros de selecciones nacionales participantes. La segunda categoría incluye a hinchas que, antes del 15 de abril de 2026, hayan comprado entradas para el torneo y se hayan registrado en el sistema de citas prioritarias FIFA PASS a través del sitio oficial de la FIFA.
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En ambos casos, la exención no elimina el proceso de evaluación consular: ninguna visa se expide sin que el oficial complete el escrutinio completo y determine que el solicitante cumple todos los requisitos legales.
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