
Un Juzgado de Granada ha condenado a dos años de prisión por un delito de lesiones por imprudencia grave al empresario y el trabajador de la 'escape room' de Cájar (Granada) acusados de abrasar a una mujer en junio de 2022 tras rociarla con un líquido que llevaba gasolina y al que prendieron fuego, provocándole graves lesiones.
La sentencia, notificada este lunes y a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que el empresario había autorizado el uso de gasolina y fuego en la actividad "sin llevar a cabo una mínima supervisión de cómo, cuándo y qué trabajador realizaba la mezcla de gasolina y agua; qué recipiente empleaban y si se rociaba a una o más personas".
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La magistrada de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Granada, Plaza número 5, considera que él era consciente de que la actividad se desarrollaba en la casa conocida como 'Villa Amparo' sin licencia, con "ausencia absoluta de medidas de seguridad", o de emergencia, con empleados sin formación adecuada y uno de ellos sin contrato.
Tampoco se dio a los participantes información alguna sobre los riesgos que implicaba la actividad, que aquella noche del 26 de junio de 2022 se desarrolló en la modalidad 'hardcore' o de emociones fuertes.
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El segundo condenado es el trabajador que vertió el líquido con gasolina sobre la víctima, de 42 años, y acercó el mechero sin cerciorarse previamente de la composición de la mezcla.
Previamente ella había sido atada con las manos detrás y con una soga al cuello de la que pudo soltarse. Cuando el trabajador regresó le echó gasolina por encima, "a chorro", con una garrafa blanca y aunque ella advirtió de que olía "mucho a gasolina" no obtuvo respuesta.
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El trabajador encendió entonces un mechero y aunque la mujer sopló hasta en dos ocasiones para apagar la llama, a la tercera no lo logró "y comenzó a arder".
La víctima oía cómo otro de los amigos que participaba en la actividad, y que había sido introducido un baúl, le decía que rodara pero no atinó a hacerlo; se quitó la camiseta, el trabajador salió y "volvió con un extintor apagando las llamas".
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Seguidamente aparecieron sus amigas, que la escucharon gritar desde otra habitación, la sacaron al patio y ahí le echaron agua, tras lo que fue trasladada en ambulancia al hospital, donde ingresó en la Unidad de Cuidados Intensivos.
La mujer sufrió graves lesiones por quemaduras de segundo grado profundo, en cara, cuello y otras partes del cuerpo teniendo que someterse a tres intervenciones quirúrgicas. Tras lo que le han quedado graves secuelas.
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La jueza ha absuelto por el contrario al otro trabajador que estaba allí el día de los hechos, el cual no tenía contrato y no participó en ninguno de los hechos que llevó a que la mujer fuera abrasada durante el juego.
De hecho, su participación se limitó a explicar al grupo de participantes que la historia se desarrollaba en un museo, que debían avanzar por las distintas habitaciones resolviendo las pistas y que no debían tocar los objetos que no estuviesen indicados, "nada más".
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INDEMNIZACIÓN Y VALORACIONES
La sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia de Granada, condena al empresario y al trabajador como autores criminalmente responsables de un delito de lesiones por imprudencia grave a dos años de prisión y a dos años de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo.
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Fiscalía y acusación particular habían solicitado que los acusados indemnicen a la víctima en cerca de dos millones de euros por las lesiones y los daños sufridos.
No obstante, esto se está reclamando en un procedimiento civil para que la causa penal no se demorara más. Tras lo ocurrido, la escape room anunció la suspensión de su actividad.
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La valoración de la sentencia por los letrados de la víctima, Javier López García de la Serrana y Manuel Fernández Roldán, del bufete granadino HispaColex, ha sido muy "positiva".
Según señalan a Europa Press, la sentencia no se limita a constatar el resultado lesivo (las gravísimas quemaduras de la víctima), sino que "analiza la previsibilidad y evitabilidad del riesgo, calificando como imprudencia grave el hecho de rociar con gasolina a una persona y acercarle un mechero en un entorno cerrado y sin medidas de seguridad".,
Siendo ello, según explican, una aplicación "coherente" con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exige un nivel de cuidado superior cuando están en juego la vida y la integridad física.
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