
La jueza de la plaza número 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), que lleva el caso del siniestro ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y hubo más de 120 heridos en la tarde del domingo 18 de enero, ha acordado incluir en la causa el escrito emitido por el secretario del Área Técnica del Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf) de 8 de agosto de 2025 dirigido a Adif y en el se comunicaba "la preocupación por el estado general de las líneas", y en particular de la red de Alta Velocidad entre Madrid y Sevilla, junto a otras.
Así lo recoge la jueza en una providencia de este jueves, a la que ha tenido acceso Europa Press, después de haberlo solicitado el día 2 de junio una de las partes personadas en el procedimiento. Dicho escrito lo dirigió el Semaf en agosto de 2025 al director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, al director corporativo de Seguridad en la circulación de Adif y al subdirector de Circulación AV Adif.
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Al respecto, los maquinistas advirtieron hace un año de la existencia de "cantidad de baches, garrotes, descompensación en la catenaria, etc.", que estaban produciendo "una falta de confortabilidad y fiabilidad en los viajes" y una "degradación profunda y acelerada en el material rodante, causando frecuentes averías". Asimismo, se dejaba constancia de que los maquinistas reportaban estas incidencias "diariamente a los responsables de Circulación Adif, sin que se tome ninguna medida".
Ante "la gravedad de la situación descrita y el riesgo evidente para la seguridad de viajeros y trabajadores", en la misma comunicación, Semaf solicitó expresamente la adopción de "una medida preventiva concreta y de carácter inmediato: la reducción de la velocidad máxima en dichas líneas, estableciéndose como límite 250 kilómetros por hora, medida que debería extenderse en el tiempo hasta que la red adecue su estado para poder circular a velocidad superior".
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En este caso, la Asociación Liberum también presentó una denuncia en el Juzgado de Montoro dos días después del siniestro por "hechos que pudieran ser constitutivos de delitos de homicidio por imprudencia grave, lesiones por imprudencia grave y un delito contra los derechos de los trabajadores" contra dos directivos de Adif y otro de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (Aesf), así como "contra cualquier otro sujeto que en el curso de las investigaciones y a juicio de Su Señoría se pueda extraer su responsabilidad penal por su cargo o desempeño, esté o no aforado".
En la referida denuncia incluyeron el escrito del Semaf, subrayando que "pese a la gravedad de la advertencia, la identificación precisa de los riesgos y la propuesta de una medida correctora específica, razonable y proporcionada, los denunciados, en su condición de máximos responsables de la seguridad en la infraestructura y la circulación ferroviaria, omitieron adoptar medida alguna para mitigar o eliminar el riesgo denunciado", al tiempo que apostillaron que "no consta que se acordara la reducción de velocidad solicitada, ni que se iniciaran actuaciones urgentes de mantenimiento en las vías señaladas".
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Así, señalaron que "el fatal accidente acaecido en Adamuz es la materialización directa del riesgo grave y conocido sobre el que fueron advertidos los denunciados", a lo que añadieron que "la omisión de su deber de actuar, no adoptando las medidas de seguridad que les eran exigibles y que les fueron expresamente solicitadas, fue la causa determinante o, cuanto menos, un factor causal decisivo en la producción del siniestro y de sus trágicas consecuencias".
ANÁLISIS DE CARRILES FRACTURADOS
Por otra parte, la jueza ha acordado unir al caso un oficio de la Unidad Orgánica de Policía Judicial (UOPJ) de la Guardia Civil por el que se remite expediente de contratación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) requerido por el juzgado mediante providencia del día 2 de junio, a la vez que se da traslado al Ministerio Fiscal para que informe a los efectos oportunos.
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En concreto, la CIAF ya ha informado sobre la adjudicación provisional de los contratos con los laboratorios metalúrgicos para el análisis de los carriles fracturados en el siniestro ferroviario.
Según recoge el oficio de la CIAF a la Benemérita, al que ha tenido acceso Europa Press, el proceso de selección y contratación de laboratorios "se halla en su última fase", una vez reunida la Junta de Contratación el día 20 de mayo. Se ha tramitado como contrato de servicios, por procedimiento negociado sin publicidad (según el artículo 168 b) 1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) y por tramitación de urgencia.
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No obstante, habida cuenta de que "las muestras a ensayar han sido encomendadas a la CIAF por el juzgado al cargo de la investigación, la adjudicación definitiva y la ejecución del contrato con los laboratorios queda supeditada a la validación y permiso por parte de la autoridad judicial, que deberá asimismo conceder su permiso para el traslado de las muestras, su entrega a los laboratorios, la extracción de las probetas y los ensayos a realizar".
Dichos condicionantes han sido incluidos en las prescripciones del contrato. Para el procedimiento negociado han sido invitadas tres empresas de laboratorios metalúrgicos previamente seleccionadas por la CIAF en base a "su acreditación, solvencia técnica y ausencia de conflictos de intereses", si bien una de ellas desistió antes de la Junta de Contratación, por lo que el procedimiento ha sido negociado con Cenim, entidad pública adscrita al CSIC, con sede en Madrid, y Aimen, empresa privada con sede en O Porriño (Galicia).
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Al respecto, se asegura que "ambas empresas cuentan con los medios, la acreditación y la experiencia necesaria y no incurren en ningún conflicto de intereses con las entidades y empresas involucradas en el accidente, ni tampoco relacionadas con las obras de renovación de la línea afectada".
DOS LABORATORIOS INDEPENDIENTES
En este sentido, el objetivo del contrato es "contar con dos laboratorios independientes que realicen los ensayos necesarios en paralelo, de modo que se refuerce la independencia de los análisis y la fiabilidad de los resultados". Sin embargo, se puntualiza que "algunas de la pruebas y trabajos a realizar están condicionados inevitablemente por el hecho de que sólo hay un lote de muestras sobre el que trabajar, por lo que sólo las podría ejecutar un laboratorio".
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Se trata, por una parte, de las pruebas no destructivas iniciales, "a realizar sobre las muestras inalteradas, sin tampoco alterarlas --inspección visual, toma de fotografías, escaneo--", y por otra parte, de la extracción de probetas a partir de las muestras, algo que "implicará corte y mecanización, y por lo tanto alterará las muestras de manera inevitable e irreversible".
Aún con todo, la CIAF explica que "en ambos casos puede estar presente un técnico del segundo laboratorio que supervise la ejecución". Asimismo, el segundo laboratorio recibirá una copia de las imágenes u otras inspecciones realizadas por el primero para analizarlas por separado. Una vez extraídas las probetas por el primer laboratorio, el segundo dispondrá de un lote de probetas con las que realizar el resto de ensayos, "de manera paralela e independiente".
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