Madrid, 25 may (EFE).- La empresa Summerwind, que desarrolla su actividad en el sector aeronáutico, ha remitido un escrito a la Audiencia Nacional para aclarar que no recibió fondos de Plus Ultra, sino que abonó a esta operadora más de 3,2 millones de euros en su condición de bróker mediador entre clientes y la aerolínea.
En un escrito al que ha tenido acceso EFE y presentado en el marco de la causa por una presunta trama de influencias en torno a Plus Ultra, Summerwind remite sus alegaciones al auto en el que el juez José Luis Calama señalaba a esta compañía por haber recibido, supuestamente, 3,9 millones de euros de la aerolínea.
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El instructor de la causa que investiga, entre otros, al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, explicaba en el citado documento que Summerwind era cliente de Afitta Capital, sociedad perteneciente al entramado del amigo personal y supuesto colaborador de exlíder socialista, Julio Martínez Martínez.
Además, proseguía, habría recibido ingresos de Plus Ultra, por lo que los investigadores sospecharon que podría haber actuado como sociedad interpuesta para ocultar el origen de parte del flujo de fondos de la aerolínea a otras compañías del entorno de Martínez Martínez.
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Ahora Summerwind se dirige a Calama no para personarse de parte, sino por las menciones de dicho auto, como "terceros que aparecen identificados nominativa y económicamente en una resolución judicial, con repercusión reputacional inmediata y directa", y defiende su interés "legítimo y directo" en el procedimiento.
En este sentido, la compañía expone la naturaleza de su negocio, dedicado al 'brokerage' aeronáutico, por el cual, cuando capta un cliente final para un vuelo chárter, está jurídicamente obligado a subcontratar la operación con un titular que disponga del certificado de operador aéreo.
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Con esta estructura ha operado Summerwind con Plus Ultra y con otras compañías como Binter Canarias, Air Algérie, Uzbekistán Airways, Laser Airlines, Sky Express, SkyUp o Middle East Airlines.
En estos casos, el dinero debe fluir, "por obligación legal y estructura contractual, desde el cliente final hacia el bróker, y de éste al operador certificado", por lo que "cualquier inversión de este sentido resultaría incompatible".
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Summerwind cuenta con una segunda línea de actividad como agente general de ventas de aerolíneas en territorio español. Es esta la causa de su relación con Afitta, que se articula mediante un contrato de asesoramiento y prestación de servicios firmado en 2023 por importe de 213.202 euros.
De modo que existe una "contractualidad real, no facturación 'ad hoc'", pues la factura ha sido declarada formalmente al Suministro Inmediato de Información (SII) de la Agencia Tributaria. "Una factura 'ad hoc', fabricada para encubrir un flujo de fondos, no se declara al SII", recalca.
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En opinión de la empresa, el auto tiene un "error fáctico esencial", y es que parte de una "premisa falsa", pues Summerwind "no recibe fondos de Plus Ultra, sino que le paga a ella (es la pagadora y no la beneficiaria)".
Asimismo, advierte de otro fallo, y es que la hipótesis planteada en el texto del juez "choca, además, con la propia situación económica de Plus Ultra durante el periodo investigado".
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Una sociedad que "requiere rescate público para subsistir, que arrastra deuda con la Tesorería General (...) no se encuentra en posición material de disponer pagos por casi cuatro millones a un bróker", recalca.
Para demostrar la veracidad de su relato, Summerwind adjunta a su escrito una serie de documentos como el contrato con el cliente final, facturas y justificantes bancarios de los abonos.
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Así, el "cuadre matemático es definitivo: el total facturado por Plus Ultra a Summerwind (3.245.000 euros descontada la nota de crédito) coincide al céntimo con el total pagado", apunta.
El escrito también se presenta en nombre de Federico Lledó, quien "no ostenta cargo orgánico alguno en Summerwind", y manifiesta la "plena disponibilidad" de este para ser oído ante el juez, "aclarar cuantos extremos resulten precisos y aportar la documentación complementaria que el Juzgado considere necesaria".
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Por todo ello, el escrito suplica al instructor que tenga por comparecidos a ambos como terceros con interés legítimo y directo en el procedimiento, y que tenga por formuladas sus alegaciones.
Tras conocerse el auto, Summerwind emitió un comunicado el pasado viernes en el que precisaba que no mantiene actualmente ninguna relación societaria con Plus Ultra.
"La relación comercial que en su momento existió en el ámbito de pasajeros finalizó hace más de ocho años. Asimismo, la gestión y propiedad actuales de la compañía son plenamente independientes de anteriores administradores o accionistas citados en recientes informaciones periodísticas", concluía. EFE
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