Raquel de Blas
Madrid, 15 abr (EFE).- Desde este miércoles 15 de abril, todas las víctimas de abusos sexuales en el seno de la Iglesia católica cuyos casos hayan prescrito pueden acudir al nuevo mecanismo que contempla reparaciones simbólicas y compensaciones económicas a través de la oficina que tramitará sus solicitudes y que hoy comienza a funcionar.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros por el que se modifica la estructura del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para crear la oficina que tramitará las solicitudes de reparación.
Según el protocolo que firmaron el pasado 30 de marzo para materializar el acuerdo alcanzado en enero el Gobierno, la Conferencia Episcopal Española (CEE), la Confederación Española de Religiosos (Confer) y el Defensor del Pueblo, este mecanismo pionero contempla reparaciones simbólicas y compensaciones económicas a cargo de la Iglesia, sin tope a las indemnizaciones.
Este nuevo modelo mixto estará vigente un año y será prorrogable a un segundo.
A continuación, las claves sobre el funcionamiento de esta oficina, las solicitudes, quién estudia los casos y las indemnizaciones.
Todas las víctimas menores de edad o con discapacidad que sufrieron abusos sexuales en el seno de la Iglesia que no pueden acudir a los tribunales porque el delito está prescrito o el victimario fallecido.
Las víctimas que ya han recurrido al sistema de reparación creado por la Iglesia en 2024 (PRIVA) podrán recurrir a este nuevo mixto entre Iglesia y Estado. Será a partir de ahora, cuando las víctimas tendrán que elegir si recurren al nuevo mecanismo o al PRIVA.
Se presentarán ante la nueva oficina a través de su sede electrónica (www.mpr.gob.es), y ofrecerá orientación a las víctimas vía correo electrónico (reparacion.abusosIC@mpr.es) y por teléfono (91 837 22 95).
La solicitud podrá presentarse por la propia persona que sufrió los hechos, conductas o comportamientos o la persona que lo represente, debidamente acreditada.
En la misma deberá realizar, si considera oportuno, una breve descripción de los hechos, la cual podrá extenderse durante la fase de valoración del Defensor del Pueblo y las entrevistas que lleve a cabo con los solicitantes.
Esta unidad gestionará la recepción de solicitudes, la comunicación con las partes, la notificación de las propuestas o la recopilación de informes.
Una vez recopilada la información necesaria, las solicitudes se remitirán a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, formada por especialistas y profesionales independientes, que tras estudiar el caso y escuchar a las partes, elaborará la propuesta de reconocimiento de la condición de víctima y, en su caso, incluirá la reparación pertinente (ya sea simbólica, restaurativa, espiritual o económica).
Dicha propuesta se trasladará a la comisión asesora del plan PRIVA, que la evaluará y emitirá un informe. Si hay conformidad de las partes (Iglesia y víctima, la propuesta tendrá carácter definitivo y la indemnización será asumida por la Iglesia.
Si no hubiese acuerdo, una Comisión Mixta con representantes de todas las instituciones firmantes y participación de las asociaciones de víctimas, tratará de alcanzar una solución por consenso en un plazo máximo de un mes. Si éste no fuera posible, prevalecerá la valoración del Defensor del Pueblo.
La Iglesia será la encargada de dar cumplimiento a las medidas de reparación y, en su caso, de abonar las indemnizaciones. Si no lo hiciera directamente la diócesis o las congregaciones religiosas responsables, la Conferencia Episcopal y la Conferencia Española de Religiosos garantizarán su cumplimiento en última instancia.
La reparación podrá ser simbólica o restaurativa, orientada al reconocimiento institucional y al ofrecimiento de herramientas para el acompañamiento o la petición de disculpas, y también económica por el daño causado y por los gastos registrados en el tratamiento de las posibles secuelas físicas y psicológicas.
Las compensaciones económicas tendrán en cuenta la gravedad de los abusos sufridos, el daño provocado así como otras compensaciones eventualmente percibidas en el marco de otros modelos de reparación impulsados por la Iglesia. EFE

