
El condenado, tras el ataque que perpetró en Jerez de la Frontera, abandonó la nave industrial en su coche y se dirigió a Almería. Allí vendió el vehículo y luego logró evitar a las autoridades durante varias semanas hasta que la policía lo detuvo en Sanlúcar de Barrameda el 29 de diciembre de 2022, según detalló Europa Press. La investigación policial permitió localizarlo y fue ingresado en prisión provisional hasta la celebración del juicio donde fue condenado. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó posteriormente el recurso presentado por la defensa, confirmando la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, que fijaba una condena total de diez años y nueve meses de cárcel y el pago de una indemnización de 80.000 euros a la víctima.
Según informó Europa Press, los hechos se iniciaron en septiembre de 2022, cuando el acusado acudió a una nave abandonada en Jerez de la Frontera, donde amenazó de muerte a la víctima, a la que culpaba de un robo previo. El episodio de mayor gravedad se produjo en noviembre de ese mismo año, cuando el condenado volvió al mismo lugar acompañado de otra persona. Ambos ingresaron por sorpresa en la nave y el principal encausado disparó dos veces con una pistola: el primer disparo se dirigió a la cabeza de la víctima y el segundo a otra persona que también se encontraba en el interior.
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El medio Europa Press consignó que la víctima principal sufrió heridas provocadas por el impacto de una bala en la mandíbula y el brazo, pues había intentado interponer este último para protegerse el rostro. Tras el ataque, recibió atención hospitalaria y el parte médico determinó que necesitó un periodo total de 335 días para alcanzar la estabilización de sus lesiones. De ese periodo, cinco días correspondieron a perjuicio muy grave, dos días a perjuicio grave, 328 días a perjuicio particular moderado y el resto a perjuicio personal básico.
En su huida de la escena, el individuo se dirigió a Almería, donde vendió el automóvil utilizado y se mantuvo en paradero desconocido hasta que los agentes lo localizaron gracias a las investigaciones, reportó Europa Press. La detención se produjo antes de finalizar el año y el implicado permaneció en prisión provisional hasta la vista judicial.
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado por un delito de asesinato en grado de tentativa a ocho años y tres meses de prisión. Además, se le impusieron penas adicionales: un año y tres meses por amenazas no condicionales y otro año y tres meses por tenencia ilícita de armas, totalizando diez años y nueve meses de cárcel. También se estableció una indemnización de 80.000 euros para la persona herida. El acompañante del principal encausado recibió seis meses de prisión por un delito de amenazas no condicionales.
El TSJA, según precisó Europa Press, fundamentó la desestimación del recurso en la certeza del dolo directo de matar, afirmando que ejecutar dos disparos hacia una víctima permite concluir sin dificultad la existencia de esta intención. La sentencia subrayó además el carácter sorpresivo de la acción, ya que los disparos se efectuaron después de una irrupción repentina en el interior de la nave, lo que, de acuerdo con el tribunal, “permite afirmar sin asomo posible de duda que la actuación del acusado fue totalmente alevosa, dejando en completa indefensión a su pretendida víctima”.
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El tribunal valoró especialmente el testimonio de la persona herida y de los testigos, considerando sus declaraciones coherentes y consistentes con la secuencia de hechos, sin apreciarse contradicciones fundamentales respecto a las versiones iniciales o en el transcurso del proceso judicial. Europa Press informó que la decisión del alto tribunal refrendó la valoración realizada en primera instancia por la Audiencia Provincial en cuanto a la credibilidad de los relatos presentados durante el juicio.
La resolución del TSJA ratificó la gravedad de los hechos y la aplicación de penas tanto al principal condenado como a su acompañante, fijando también el resarcimiento económico por los daños sufridos por la víctima como consecuencia del ataque armado.
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