La AN confirma el procesamiento del BBVA, su expresidente y exdirectivos por presuntos encargos ilegales a Villarejo

El tribunal avala llevar a juicio a exresponsables y altos mandos implicados en supuestos delitos de cohecho y filtración de información, tras rechazar recursos y considerar ineficaz el sistema interno para prevenir irregularidades detectadas

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El sistema interno de prevención y control del BBVA no evitó que miembros de la alta dirección, incluyendo a la Presidencia Ejecutiva, quedasen fuera de cualquier marco regulatorio y de vigilancia dentro de la entidad, permitiendo la posible comisión de delitos de cohecho y revelación de secretos. Así lo determinó la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en una serie de autos que, según publicó Europa Press, confirman el procesamiento tanto del banco como de su expresidente, Francisco González, y varios exdirectivos, tras rechazar once recursos de apelación que buscaban eludir el enjuiciamiento por presuntas contrataciones ilegales del comisario jubilado José Manuel Villarejo entre los años 2004 y 2016.

Según detalló Europa Press, el tribunal consideró que el modelo organizativo establecido por el BBVA para prevenir delitos no resultó efectivo, ya que un grupo reducido de personas en puestos directivos podía actuar sin ningún control y sus decisiones recibían cumplimiento sin cuestionamientos por parte de sus subordinados. Los magistrados argumentaron que no resulta creíble el desconocimiento que la entidad expresó respecto a los hechos investigados.

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El procesamiento confirmado por la Sala afecta, además de al expresidente González, a exdirectivos como Julio Corrochano, quien fuera responsable de Seguridad; Ángel Cano, antiguo consejero delegado; Eduardo Arbizu, exjefe de Control Interno; y Antonio Béjar, exdirector de Riesgos. Asimismo, la resolución refuerza la postura de la Fiscalía Anticorrupción, que desde el inicio del caso apoyó la responsabilidad penal de estas personas y del propio banco por el presunto encargo de servicios al excomisario Villarejo a través de su empresa Grupo CENYT.

En cuanto al papel de Francisco González, la Audiencia Nacional apuntó que algunos de los contratos con la empresa de Villarejo fueron ordenados directamente por el expresidente del BBVA, quien contaba con información previa sobre la entidad y los métodos empleados en investigaciones anteriores. Según la exposición de motivos recogida por Europa Press, los magistrados no ven irrazonable considerar que Francisco González eligiese utilizar los servicios de CENYT tras agotar otras formas de investigación que resultaron infructuosas, y que tuvo conocimiento de que la información que proporcionaba este grupo se obtenía vulnerando la legalidad vigente.

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De acuerdo con Europa Press, la Sala fundamentó su decisión de mantener el procesamiento en la existencia de indicios sobre la presunta comisión continuada de delitos de cohecho y revelación de secretos en beneficio del banco, al utilizar servicios de acceso a datos protegidos, información confidencial y fuentes policiales sin la intervención de un juez. Los autos judiciales recogen que tales prácticas implicaron la obtención de datos personales e información de carácter sensible sobre empresarios, abogados y periodistas, acciones realizadas al margen de la normativa legal y sin las autorizaciones correspondientes.

El origen de la causa se remonta a la instrucción dirigida por el juez Manuel García Castellón en junio de 2024, quien propuso sentar en el banquillo al propio banco, a González, a Villarejo y a otros ejecutivos relevantes tras concluir la pieza separada número 9 del llamado 'caso Villarejo'. En un auto de 268 páginas, el magistrado detallaba que los hechos arrancan con la incorporación de Julio Corrochano como responsable de Seguridad del BBVA en septiembre de 2002, contando con el aval expreso de González. Esta incorporación habría facilitado el acceso del banco a contactos dentro de la Policía Nacional, incluyendo a Villarejo y otro comisario en activo, Enrique García Castaño.

Según la reconstrucción contenida en el auto judicial, Villarejo utilizó su posición policial para establecer una estructura empresarial que le permitía beneficiarse del acceso a registros y bases de datos controladas por las fuerzas de seguridad del Estado. Esta ventaja operativa, transmitida a la cúpula del BBVA por Corrochano, se presentó como un recurso discreto y opaco para atender necesidades internas, garantizando la confidencialidad de las actuaciones. El juez instructor subrayó la inexistencia de controles efectivos sobre las decisiones ejecutivas en la entidad, circunstancia que posibilitó que solo un grupo limitado de altos responsables pudiese conocer y autorizar estos procedimientos irregulares.

A raíz de estas decisiones, se formalizaron contratos para desarrollar proyectos de inteligencia que incluían seguimientos, intervención de conversaciones telefónicas, consultas en bases de datos personales y análisis patrimoniales de diferentes individuos, entre los que figuraban empresarios, abogados y periodistas. Europa Press contextualizó que estas actividades se llevaron a cabo mediante la firma de varios acuerdos con el Grupo CENYT, la empresa de Villarejo, y se realizaron supuestamente en beneficio del banco pero sin respetar los cauces legales establecidos.

La Audiencia Nacional argumentó que los hechos relatados configuran indicios suficientes para que se practique un juicio donde se analicen las eventuales responsabilidades del BBVA y de la alta dirección implicada. Los magistrados subrayaron, citados por Europa Press, que la evaluación sobre el grado de eficiencia de los controles internos y la interpretación final sobre las formas en que se debieron prever estas irregularidades corresponde al juicio oral, y no a esta fase procesal.

Con la confirmación del procesamiento, la Sala de lo Penal concluyó que no procedía el sobreseimiento de la causa solicitado por las defensas y expresó el criterio de que únicamente el proceso judicial podrá esclarecer la participación exacta de cada uno de los implicados, en función de los indicios acumulados en la instrucción. Las decisiones adoptadas en la fase de investigación permiten que se valore durante el juicio el conjunto de pruebas reunidas y que se esclarezca la extensión de la responsabilidad penal de los acusados.

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