
El exministro socialista José Luis Ábalos, quien se desempeñó como diputado desde abril de 2009 hasta su reciente renuncia, podría recibir 57.200 euros en concepto de indemnización por cese si prosperara su solicitud ante el Congreso. Según detalló Europa Press, el exdiputado ha presentado un recurso formal a la Mesa del Congreso para revertir la negativa a dicha compensación adoptada por unanimidad el pasado 10 de febrero. Ábalos alega que la decisión implica una “flagrante vulneración” de sus derechos como parlamentario, sin respaldo legal ni justificación, y advierte que las condiciones están dadas para acudir al Tribunal Constitucional si la institución mantiene la denegación.
De acuerdo con Europa Press, Ábalos recurrirá a la vía del amparo constitucional si el Congreso ratifica su postura. En un mensaje publicado en la red social X, el exministro comunicó que ha procedido con el recurso y reiteró su desacuerdo con los fundamentos esgrimidos por el Congreso para rechazar el pago. La Mesa apoyó la negativa basándose en un informe de los letrados de la Cámara, quienes argumentaron que cuando Ábalos solicitó la indemnización ya se encontraba suspendido en sus derechos parlamentarios debido a su ingreso en prisión preventiva relacionado con la investigación sobre la trama de mascarillas. Además, indicaron que la suma sería incompatible con la jubilación, prestación a la que había manifestado su intención de acogerse.
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Los diputados españoles que cesan en su cargo pueden solicitar una indemnización por cese, equiparable a una ‘prestación por desempleo’, siempre y cuando no perciban otros ingresos, ya sean de naturaleza pública o privada. El reglamento establece que la cuantía corresponde a una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato. En el caso de Ábalos, más de quince años como diputado le darían derecho a superar los 57.000 euros si no existieran incompatibilidades.
El informe jurídico citado por Europa Press enfatizó que una renuncia al escaño, bajo circunstancias en las que el diputado ya estaba suspendido de derechos, no debería rehabilitar derechos previamente extinguidos. Los letrados consideraron que acceder al pago iría en contra de la finalidad del Reglamento de Pensiones Parlamentarias y otras prestaciones económicas para los exparlamentarios. Subrayaron, concretamente, que “la concesión de la indemnización resulta contraria a la finalidad expresada por el reglamento”.
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Ábalos, por su parte, argumentó en su escrito de reconsideración que tales apreciaciones “no pueden ser fundamento de la resolución dictada” e interpretó que el artículo 21 del Reglamento prevé la suspensión de derechos parlamentarios cuando el diputado encara prisión preventiva o procesamiento judicial firme, pero matizó que esa restricción afecta principalmente a derechos funcionales y no necesariamente a los económicos. El exministro sostuvo que la naturaleza restrictiva de la suspensión requiere que su interpretación sea estricta, acotada a funciones de ejercicio parlamentario como la asistencia y el voto en el Pleno, la participación en comisiones y las garantías de inmunidad e inviolabilidad.
Según el mismo documento, Ábalos defendió que la suspensión no debería privar de forma total a los diputados suspendidos de percepciones económicas, sino sólo de aquellas asociadas a la asistencia y desempeño efectivo en el Congreso, dejando fuera otras prestaciones, como las cotizaciones a la Seguridad Social. Además, planteó el escenario de una posible restitución de los derechos si, por una absolución firme o la retirada de medidas cautelares, la suspensión quedara sin efecto, en cuyo caso, correspondería abonar los importes no percibidos más los intereses legales de demora.
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En sus alegaciones, el exministro remarcó que la suspensión “en ningún caso puede comportar la pérdida de derechos pasivos o clases pasivas ya consolidadas”, defendiendo así la preservación de ciertos derechos económicos y sociales aún en situación de suspensión parlamentaria. El escrito de Ábalos, citado por Europa Press, constituye un nuevo capítulo en el debate sobre los derechos y prestaciones de los diputados cuando enfrentan procesos judiciales que derivan en la suspensión de sus prerrogativas parlamentarias.
La situación de Ábalos se enmarca en el contexto de su implicación en la causa abierta por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos públicos relativos a la trama de las mascarillas, causa que motivó su ingreso en prisión preventiva y la consiguiente suspensión de sus derechos como miembro del Congreso. La solicitud de reconsideración y la posible vía ante el Tribunal Constitucional abren una discusión en torno a la interpretación del alcance de los derechos parlamentarios y prestaciones asociadas tras la suspensión o pérdida del escaño, tal como ha informado Europa Press.
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