Condenado a dos años de cárcel un hombre por agredir y proferir insultos racistas a otro en una discoteca de Betanzos

La resolución judicial impone una pena de prisión y una indemnización tras reconocer la existencia de motivaciones xenófobas en el ataque ocurrido en un local nocturno, donde la víctima sufrió lesiones graves, incluida la pérdida de piezas dentales

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El fallo judicial hace referencia a las pruebas que confirmaron la versión de la víctima, quien llevaba poco más de diez días en España y no tenía relación previa con su agresor. Así lo recoge la sentencia hecha pública por el juez de la plaza 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de A Coruña, que condenó a un hombre a dos años de prisión por golpear y dirigir comentarios racistas a otra persona en el interior de una discoteca de Betanzos. Según publicó el medio que difunde la resolución, además de la privación de libertad, el acusado deberá abonar una indemnización de 3.000 euros a la víctima y 513 euros al servicio público de salud por los gastos derivados de la atención médica dispensada tras el ataque.

De acuerdo con la información recogida por el medio, los hechos ocurrieron en la madrugada del 29 de mayo de 2022, en torno a las 03:30 horas. El hombre acusado abordó a la víctima, a quien no conocía previamente, en el acceso a los baños del local nocturno y, tras impedirle la salida, le dirigió insultos relacionados con su color de piel. El magistrado consideró probado que el ataque fue realizado con la cooperación de al menos otras dos personas que no han sido identificadas, y que predominó una situación de superioridad numérica. Durante la agresión, la víctima fue retenida mientras recibía múltiples puñetazos en la cara por parte del grupo.

El ataque finalizó cuando un responsable de seguridad de la discoteca advirtió la pelea y la interrumpió. Las lesiones ocasionadas a la víctima incluyeron la fractura de tres piezas dentales, diagnóstico confirmado posteriormente en la atención sanitaria, según consignó el medio. El juez destacó en la sentencia que los nudillos del acusado presentaban heridas, constatadas por la intervención de un agente de la Guardia Civil, en tanto que las lesiones del perjudicado resultaban compatibles con una agresión física directa mediante golpes.

La resolución detalla que el delito de lesiones queda agravado por dos circunstancias: por una parte, el abuso de superioridad, al enfrentar varios agresores a una sola persona; y por otra, la existencia de motivaciones racistas, basadas en las expresiones dirigidas a la víctima durante el ataque. El magistrado explicó en el fallo que el relato del denunciante fue apoyado por el testimonio de su prima y una amiga, además de hallazgos físicos como las heridas en los nudillos del acusado, acreditando así el desarrollo de los hechos y desestimando la posibilidad de denuncias infundadas.

El documento judicial incorporó un análisis sobre la credibilidad del denunciante, señalando que no se encontraron razones personales ni antecedentes que pudieran motivar una denuncia falsa, habiendo llegado el afectado a España poco antes de lo sucedido y sin relación previa con el agresor.

Por otra parte, la sentencia dispuso que el Ministerio Fiscal investigue las declaraciones realizadas durante el juicio por un amigo del procesado y por el dueño del local de ocio, por si pudieran constituir un delito de falso testimonio, tal como recogió el medio.

El tribunal precisó que la condena todavía permite la presentación de recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña, manteniéndose la resolución en situación no firme. El caso continúa abierto a nuevos trámites judiciales en función de las apelaciones y de la investigación de posibles delitos relacionados con los testimonios ofrecidos en el procedimiento.