
El Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Huelva por la que se condena a un hombre a ocho años de cárcel por sendos delitos de violación y lesiones hacia una mujer en Lepe al desestimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado.
La sentencia, consultada por Europa Press, se considera probado que el acusado, que ya fue condenado en 2021 por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, vivía con varias personas en una vivienda de Lepe, entre ellas, la víctima.
No obstante, el 2 de mayor de 2022, la víctima salió a dar un paseo pero fue interceptada el acusado que "poniéndole el brazo en el hombro le preguntó porque no quería ser su novia y ante su respuesta negativa el acusado le increpó diciéndole que de toda formas se iba a acostar con él", pero la víctima "mostró su negativa".
Sin embargo, continúa la sentencia, "para cumplir su propósito con ánimo de intimidarla y someterla a actos de contenidos sexual sacó un cuchillo que llevaba entre su ropa interior" y "la amenazó con matarla" si no accedía".
Acto seguido, el acusado llevó a la víctima a un camino paralelo y la violó "pese a la negativa de la víctima" y las "continuas amenazas". Tras la agresión, la víctima acudió al cuartel de la Guardia Civil de Lepe para interponer una denuncia. La víctima sufrió lesiones en manos, tórax y clavícula, que "necesitaron tratamiento médico quirúrgico con movilización ortopédica con una previsión de cura en un plazo aproximado de sesenta días de perjuicio personal básico".
Por esta agresión, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva condenó al acusado, en diciembre de 2024, como autor responsable de un delito de violación a la pena de seis años de prisión y a la condena de prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 200 metros y a comunicarse con la ella por cualquier medio o procedimiento durante el plazo de ocho, además de la imposición de libertad vigilada durante un plazo de diez Años.
Por otro lado por el delito de lesiones, con la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de dos años de cárcel y una indemnización de 30.000 euros en concepto de daños morales y 2.400 euros por las lesiones padecidas.
Una condena que ha sido confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJA al rechazar el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado.
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