
La diputada de Compromís en el Congreso, Àgueda Micó, y el diputado de la coalición en Les Corts Francesc Roig han registrado una solicitud formal ante el Defensor del Pueblo para la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, que, a su vez, modifica la llamada 'Ley Trans' valenciana.
La formación considera que "esta ley, impulsada por PP y Vox, introduce modificaciones sustanciales en la 'Ley Trans' valenciana y vulnera derechos fundamentales y principios constitucionales esenciales del ordenamiento jurídico, desnaturalizando su finalidad garantista y suprimiendo múltiples derechos reconocidos a favor de las personas trans".
"Estamos ante el primer recorte de derechos de las personas LGTBI en toda la historia de la democracia valenciana. Este es el modelo de PP y Vox en las comunidades autónomas donde gobiernan, y es el que nos espera si en algún momento llegan a gobernar en el Estado. Atacan la diversidad, recortan derechos e intentan imponer su visión de la sociedad, donde solo tienen cabida quienes piensan como ellos. Digan lo que digan desde el Partido Popular, los hechos son incontestables. Siempre y en todos los lugares han estado en contra de los derechos de las personas LGTBI", argumenta Micó en un comunicado.
Por su parte, Francesc Roig, añade: "Esta ley forma parte del pacto infame entre Mazón y Vox que permitió la continuidad del presidente de la Generalitat con el apoyo de la extrema derecha. Un presidente que cuenta con el rechazo del 80 % de la sociedad valenciana. Es cruel y miserable que el precio de la continuidad de Mazón lo paguen las personas más vulnerables, como ahora las personas LGTBI, y en especial las personas trans. Por eso queremos luchar contra este recorte de derechos también ante el Tribunal Constitucional".
En primer lugar, la coalición entiende que existe una vulneración del principio de igualdad y no discriminación (artículo 14 CE). La nueva ley debilita la protección contra la discriminación al suprimir la definición de "discriminación por error" y eliminar los conceptos de "victimización secundaria" y de "incumplimiento de medidas de acción positiva".
"PERSONAS ENFERMAS"
En segundo lugar, se observa un "menoscabo" del derecho al libre desarrollo de la personalidad (artículo 10 CE). La Ley 5/2025 impone requisitos médicos y psicológicos a las personas trans, regresando a un modelo que las considera "personas enfermas".
En tercer lugar, se señala una vulneración del derecho a la integridad física y psíquica y al libre desarrollo de la personalidad (artículos 15 y 10 CE), debido a la regulación de las terapias de conversión. La nueva ley sustituye la prohibición explícita de terapias de aversión o conversión por una redacción ambigua, que condiciona la prohibición a la existencia de "agresión o intimidación" y permite un "acompañamiento voluntario".
Esta modificación, para la coalición valenciana, "podría relegitimar prácticas que, al intentar modificar la identidad de género, atentan contra la integridad y la autonomía individual".
En cuarto lugar, se indica una afectación del derecho a la educación y a la libertad de enseñanza (artículo 27 CE). La Ley 5/2025 suprime la obligación de que los proyectos educativos aborden la diversidad de género y supedita las actividades al acuerdo parental. Esto puede suponer un veto de facto y una forma de "censura ideológica" en las escuelas, afectando a una educación completa e inclusiva, y pudiendo vulnerar el derecho a la educación y el principio de no discriminación.
Finalmente, se menciona una afectación al derecho a la intimidad (artículo 18 CE). Las "cláusulas de compatibilidad" en el uso de espacios segregados por sexo pueden justificar la exclusión o segregación de personas trans en nombre de la intimidad de otros usuarios. Esto podría vulnerar la propia intimidad y dignidad de las personas trans, así como el principio de no discriminación.
Desde Compromís explican que ahora corresponderá al Defensor del Pueblo estudiar la petición y decidir si interpone un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa aprobada por PP y Vox en el Parlamento valenciano.
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