
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santiago ha desestimado la solicitud de medidas cautelares realizada por los cuatro concejales expulsados del PSOE --Mila Castro, Mercedes Rosón, Gonzalo Muíños y Marta Álvarez-- para frenar su salida del grupo municipal.
En concreto, los concejales pedían que se declarasen nulas y se revocasen las sanciones impuestas por la Comisión Ejecutiva Federal y ratificadas por la Comisión Federal de Ética y Garantías del Partido Socialista.
Asimismo, tal y como ha informado este lunes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los concejales también pedían que se declarase su derecho a ser repuestos en la plenitud de sus derechos personales y políticos, tanto como afiliados al PSOE como en su condición de cargos públicos electos adscritos a este en la corporación municipal de Santiago de Compostela. Todo ello por considerar que, con las sanciones impuestas, se vulneraba su derecho a la participación política recogido en el artículo 23 de la Constitución Española.
Al respecto, en el auto, la jueza indica que el hecho de que estos cuatro concejales no puedan formar parte de comisiones y órganos como los consejos de administración de las empresas locales no afecta al núcleo de su función representativa.
Así, la magistrada concluye que a "efectos de la adopción de medidas cautelares", la invocada vulneración de la legalidad ordinaria en los expedientes de suspensión de militancia, inhabilitación y expulsión del partido y del artículo 23 de la CE en sus vertientes de permanencia en el partido y de participación política, "al no afectar al núcleo de la función representativa", no lesiona el derecho fundamental aludido en sus distintas vertientes.
Ello, conforme señala, impide "apreciar la existencia de la apariencia de buen derecho y, en consecuencia, adoptar medida cautelar alguna, pues para ello han de concurrir todos los requisitos establecidos en los artículos 728 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil".
Además, sostiene que el paso a la condición de no adscrito supone la pérdida de derechos y atribuciones establecidos en la ley para los grupos municipales toda vez que "si no se pertenece a él no se puede disfrutar de sus beneficioso", pero "no de aquellos que constituyen el núcleo de la función representativa".
El auto no es firme y cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
De este modo, la decisión judicial no afectará a la situación actual en el Ayuntamiento compostelano, toda vez que el paso de los cuatro concejales a la condición de no adscritos se materializó el viernes de la pasada semana, cuando el Pazo de Raxoi acogió el pleno municipal en el que se dio cuenta de este asunto.
Todo ello después de que una semana antes, los juzgados de Fontiñas acogiesen la vista entre el PSOE y los cuatro concejales que reclamaban la adopción de medidas cautelares.
REACCIÓN DEL PSOE LOCAL
Al respecto, la dirección del PSOE local ha destacado que el fallo judicial confirma que el Partido Socialista actuó "correctamente" durante todo el procedimiento disciplinario abierto a los cuatro concejales.
Además, el PSOE de Santiago subraya que primero fue el secretario municipal el que "validó" el procedimiento y destacan que, tras ello, es ahora el propio juzgado el que confirma que lo realizado por la formación "fue escrupuloso" y que lo argumentado por los ediles expedientados "no era más que una fábula".
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