Bolaños y Albares se quedan sin tiempo para identificar a los 163.020 afectados por la ‘ley de nietos’: el último balance del censo solo recogía 1.278 comprobados

El último balance de la Oficina del Censo Electoral recoge que solo pudo comprobar 1.278 registros del primer listado útil remitido por Exteriores. Los ministros se enfrentan a multas coercitivas de 1.000 euros y a posibles responsabilidades penales

El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños. (Eduardo Parra / Europa Press)
El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños. (Eduardo Parra / Europa Press)
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Félix Bolaños y José Manuel Albares afrontan las últimas horas del plazo que les ha dado el Tribunal Supremo para identificar a los 163.020 nacionalizados por la llamada ‘ley de nietos’ cuyo derecho al voto está suspendido cautelarmente de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. El Alto Tribunal ha exigido a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de Asuntos Exteriores que entreguen antes de las 15.00 horas de este miércoles la relación nominal de los afectados, una información que la Administración todavía no había facilitado cuando el tribunal lanzó su ultimátum, pese a conocer el número exacto de electores sobre los que recae la medida.

El último balance incorporado a la causa, con datos del 21 de octubre, reflejaba las dificultades para completar la identificación. Hasta esa fecha se habían revisado 31.390 expedientes, el 19,3% de los 163.020 electores afectados, y los consulados habían expedido únicamente 91 certificados que acreditaban la condición de descendientes de exiliados. La cifra de expedientes examinados dejaba otros 131.630 pendientes de revisión, aunque ese cálculo no permite determinar cuántos ciudadanos están ya identificados ni cuántos podrían recuperar el derecho a votar.

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La diferencia entre los registros disponibles y la relación que reclama la Justicia se ha convertido en el principal obstáculo para ejecutar la resolución. El Gobierno asegura que ha remitido a la Oficina del Censo Electoral los nombres de unos 76.000 expedientes digitalizados, pero ese conjunto incluye nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática que no necesariamente figuran entre los electores afectados. En él hay menores de edad y personas cuya inscripción en el censo no estaba completada el pasado 1 de agosto, fecha de referencia para las elecciones del 29-N.

Una lista que no sale de los registros informáticos

La dificultad para identificar a los afectados reside en que la Administración no dispone de una base de datos que permita cruzar automáticamente todas las inscripciones y determinar quién obtuvo la nacionalidad por cada una de las vías contempladas en la normativa. La información disponible tampoco permite distinguir de forma inmediata entre quienes adquirieron la nacionalidad por los supuestos previstos en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y quienes lo hicieron al amparo de la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia el 25 de octubre de 2022.

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Esta última amplió los supuestos para acceder a la nacionalidad y estableció una presunción de exilio para determinados emigrantes españoles. El Supremo considera que esa interpretación excedió lo previsto legalmente, lo que dio origen a la controversia sobre la participación electoral de los nacionalizados por esta vía.

Según explicó el ministro de Justicia, su departamento entregó el 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral los nombres de unos 76.000 expedientes digitalizados, correspondientes a los procedimientos incorporados a este sistema desde mediados de 2024. Sin embargo, la mayoría de los expedientes de los afectados no estarían disponibles en ese formato. Para reconstruir la información, los consulados deben localizar los asientos registrales y comprobar individualmente las anotaciones que permitan conocer la vía por la que se concedió la nacionalidad.

La Embajada de España en Buenos Aires. (Gustavo Garello / AP)
La Embajada de España en Buenos Aires. (Gustavo Garello / AP)

La Abogacía del Estado ya había advertido al Supremo de las dificultades materiales de la operación. La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares había calculado que revisar cada expediente podía llevar una media de 20 minutos. Con ese ritmo, el cumplimiento de los requerimientos anteriores ya se consideraba prácticamente inviable para algunas de las oficinas con mayor volumen de inscripciones, incluso antes del adelanto electoral.

Dieciséis consulados concentran más del 80% de los casos

El grueso del trabajo se concentra, además, en un reducido número de oficinas. Según los datos trasladados al procedimiento, 16 consulados acumulan alrededor de 142.000 inscripciones, más del 80% de los casos afectados por la suspensión. Entre las sedes que afrontan mayores dificultades figuran las de La Habana, Rosario, Buenos Aires, Ciudad de México, Caracas y Mendoza.

La distribución territorial y las condiciones de trabajo explican parte de los problemas. Exteriores ha señalado circunstancias estructurales, como el volumen de solicitudes, y otras coyunturales, entre ellas los cortes de electricidad, la falta de combustible o los efectos de desastres naturales, que dificultan las comprobaciones.

El balance consular cerrado el 21 de octubre recogía que 58 oficinas habían completado el examen de los expedientes y cumplimentado los ficheros correspondientes, mientras otras 29 habían remitido información parcial. Las 85 restantes todavía no habían incorporado sus datos a esos ficheros, aunque el departamento sostenía que estaban trabajando en la revisión.

Refuerzo de personal y trabajo durante el fin de semana

Tras el ultimátum judicial, Exteriores ha tratado de acelerar la revisión. El departamento autorizó las solicitudes de refuerzo planteadas por los consulados, puso a disposición de estas oficinas al personal de las embajadas y ordenó priorizar la tarea, incluso durante el fin de semana. También suspendió permisos y vacaciones para concentrar recursos en la identificación de los afectados.

El ministro José Manuel Albares reconoció las dificultades de completar el proceso en el margen concedido, pero defendió que el Servicio Exterior estaba volcado en el cumplimiento de las resoluciones. El Ejecutivo sostiene que la revisión exige comprobaciones manuales que no pueden sustituirse por una extracción informática de los datos.

El Supremo amenaza con multas y posibles responsabilidades penales

El Alto Tribunal ha elevado la presión sobre el Ejecutivo al dirigir su requerimiento directamente a Bolaños y Albares. Hasta ahora, las peticiones de información se habían canalizado a través de la Junta Electoral Central y la Abogacía del Estado. En los autos notificados el 23 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo reprochó a la Administración que conozca el número de afectados, pero no haya facilitado sus identidades.

Por ello, el Supremo ha apercibido a los ministros de que, si no entregan la documentación antes de las 15.00 horas de este miércoles, podrá imponerles multas coercitivas de 1.000 euros, reiterables hasta la completa ejecución del fallo. También contempla deducir testimonio de particulares para que se examinen eventuales responsabilidades penales, además de otras responsabilidades patrimoniales.

El voto exterior, pendiente de la depuración del censo

El requerimiento a los ministros se produce, además, cuando ya ha comenzado el calendario para el voto de los residentes en el extranjero. El Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que la documentación electoral incluya una advertencia sobre el carácter provisional de la inscripción de los afectados por la Ley de Memoria Democrática.

El tribunal ha rechazado el recurso del Gobierno que reclamaba levantar la suspensión cautelar.

La Sala también ha establecido que, una vez recibida la relación nominal, se excluya del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a los afectados que no dispongan del certificado consular exigido, y ha fijado instrucciones para la custodia y el recuento de los votos que puedan recibirse de electores que finalmente no figuren en la relación válida.

El problema es que la identificación no solo condiciona la elaboración de las listas, sino también la organización del voto y la seguridad del escrutinio. En un proceso electoral adelantado, con los plazos ya en marcha, la depuración del censo se ha convertido en una carrera contrarreloj que enfrenta al Supremo con las limitaciones administrativas que el Gobierno lleva semanas alegando.

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