
La jueza del Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid ha dado cinco días a la Fiscalía para que se pronuncie sobre la admisión de la querella presentada por Hazte Oír contra Sofía Puente -hermana del ministro de Transportes- por un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con la aplicación de la conocida como ‘ley de nietos’. La magistrada ha incorporado al procedimiento documentación de otra causa en la que también aparece la actual secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia y, una vez reciba el informe del Ministerio Público o expire el plazo concedido, decidirá si admite la querella y abre formalmente la investigación.
La decisión figura en una providencia dictada el pasado 21 de septiembre a la que Infobae ha tenido acceso. El documento corresponde a las diligencias previas que se siguen en la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza número 35. El trámite es todavía previo a la admisión de la querella. La jueza Inmaculada Lova Ruiz no ha acordado por el momento investigar formalmente a Puente, sino que ha pedido a la Fiscalía que informe sobre si procede admitir la acción penal presentada por la asociación. El plazo fijado es de cinco días y, una vez transcurra, el juzgado resolverá lo que corresponda, haya recibido o no el informe del Ministerio Público.
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La causa gira alrededor de una decisión adoptada hace casi cuatro años por Sofía Puente, cuando estaba al frente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia. Fue ella quien firmó el 25 de octubre de 2022 la instrucción que fijó las directrices para aplicar el derecho de opción a la nacionalidad española previsto en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, la norma que popularmente se conoce como ‘ley de nietos’. El documento fue publicado en el BOE al día siguiente y lleva la firma de Puente.
La disposición adicional octava había abierto una vía para que determinados descendientes de españoles nacidos en el extranjero pudieran adquirir la nacionalidad española. Entre otros supuestos, contemplaba a los hijos o nietos de españoles que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual. También incluía otros casos, como los hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución y los hijos mayores de edad de personas que hubieran obtenido la nacionalidad por determinadas vías de la legislación de memoria histórica.
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La instrucción de Puente tenía precisamente como objetivo trasladar esa disposición legal al funcionamiento de los registros civiles y establecer los criterios para tramitar las solicitudes. Sin embargo, la interpretación que hizo entonces la Dirección General se convirtió posteriormente en el núcleo de una disputa judicial. Hazte Oír sostiene que aquella instrucción amplió por vía administrativa los supuestos previstos por el legislador y que, con ello, Puente pudo incurrir en un delito de prevaricación. Esa es la tesis de la querella que ahora tiene sobre la mesa el Juzgado de Instrucción número 35 y que todavía está pendiente de admisión.

Una polémica que ya había pasado por los tribunales
La actuación de Puente no llega por primera vez a los juzgados. La instrucción de 2022 ya había sido objeto de impugnaciones y de actuaciones en la jurisdicción penal. En 2023, la justicia madrileña rechazó la suspensión cautelar de la instrucción y posteriormente se presentó una querella por prevaricación contra Puente. Aquella vía terminó archivada después de que un juzgado de instrucción y, posteriormente, la Audiencia de Madrid descartaran que existieran elementos suficientes para apreciar un delito de prevaricación.
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Ese antecedente es especialmente relevante para la situación actual. La nueva querella de Hazte Oír vuelve a poner el foco en la misma actuación administrativa de 2022, aunque la asociación ha ido incorporando nuevos argumentos y documentación a su iniciativa. De hecho, durante septiembre ha ampliado la querella y ha aportado nuevos elementos relacionados con las instrucciones dictadas por Puente y con las consecuencias de su aplicación.
La propia Sofía Puente ha pedido al Juzgado de Instrucción número 35 que inadmita la querella al considerar que los hechos ya fueron examinados judicialmente. Su defensa sostiene que existe un antecedente penal sobre la misma actuación y que aquella causa terminó archivada.
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La juez del Juzgado de Instrucción número 35 ha recibido documentación de uno de los procedimientos anteriores relacionados con Puente. El nuevo documento judicial deja constancia de que el 21 de septiembre llegó al juzgado el testimonio solicitado al Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid y que la magistrada decidió incorporarlo a las diligencias previas antes de pedir el pronunciamiento de la Fiscalía.
Infobae ha tenido acceso a ese segundo documento, un testimonio de 75 páginas correspondiente a unas diligencias previas iniciadas en 2024 contra Sofía Puente por un posible delito de descubrimiento de secretos. El procedimiento, tramitado inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, no se refiere a la ‘ley de nietos’, sino a una denuncia presentada por Pablo Martínez Muñoz contra Puente por su supuesto acceso a unas actuaciones judiciales declaradas secretas.
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El denunciante sostenía que Puente había tenido conocimiento de unas diligencias que se tramitaban en Valladolid cuando todavía estaban bajo secreto y que había utilizado esa información para presentar posteriormente una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Valladolid. En concreto, la denuncia señalaba que Puente había afirmado conocer la existencia de otro procedimiento judicial por hechos similares antes de que se levantara el secreto de las actuaciones.
Aquel procedimiento terminó con la inadmisión de la denuncia y el archivo provisional de las actuaciones. El Juzgado de Instrucción número 25 consideró que los hechos denunciados no estaban suficientemente justificados como constitutivos de una infracción penal.
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La Fiscalía también se había pronunciado en ese procedimiento. En un escrito incorporado al testimonio, el Ministerio Público sostuvo que no quedaba acreditado que Puente hubiera obtenido de un funcionario público la información sobre la existencia de aquellas diligencias y que el simple conocimiento de que existía un procedimiento judicial no constituía por sí mismo un secreto o información privilegiada con relevancia penal.
Ahora, toda esa documentación ha sido incorporada a la causa que estudia la querella de Hazte Oír por la ‘ley de nietos’. La juez ha querido disponer de esos antecedentes antes de tomar una decisión sobre la admisión y, por ello, ha dado traslado del conjunto de documentos a la Fiscalía durante cinco días.
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