Estos son los cambios que introduce la DGT en su normativa desde el 1 de octubre: así afectará a ciclistas, motoristas, patinetes y taxistas

El Real Decreto 518/2026, aprobado el 24 de junio y publicado en el BOE dos días después, introduce una amplia revisión de las normas de circulación que afecta a varios colectivos de usuarios de la vía

Varios vehículos en la A6, en Madrid.
Diego Radamés / Europa Press
Varios vehículos en la A6, en Madrid. Diego Radamés / Europa Press
Guardar

El Reglamento General de Circulación se modifica a partir del 1 de octubre con una batería de medidas que afectan a ciclistas, usuarios de patinetes eléctricos, motoristas y taxistas. El cambio queda recogido en el Real Decreto 518/2026, aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de junio y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dos días después, dentro de una revisión más amplia de las normas que afectan a los usuarios más expuestos en la vía.

Bicicletas y patinetes eléctricos

Según la nota de prensa difundida por la Dirección General de Tráfico (DGT), uno de los cambios más relevantes elimina las exenciones de uso del casco que existían hasta ahora para los ciclistas. A partir de la entrada en vigor del reglamento, llevar casco será obligatorio para todos en vías interurbanas, sin las excepciones que antes permitían prescindir de él en determinados tramos o condiciones.

PUBLICIDAD

La norma añade una exigencia adicional para quienes se dedican al reparto en bicicleta. Estos repartidores tendrán que utilizar casco de protección y chaleco reflectante durante toda su jornada laboral, sin margen para el incumplimiento. No llevar cualquiera de las dos prendas se clasifica como infracción grave y puede acarrear una multa de 200 euros, la misma cuantía que se aplica al resto de faltas de seguridad recogidas en el texto.

El reglamento también modifica la forma en que los vehículos deben adelantar a un ciclista. En una vía interurbana, el conductor que realice la maniobra tendrá que reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido en esa carretera. Si la calzada cuenta con más de un carril por sentido, la exigencia sube: el vehículo deberá cambiar por completo de carril al adelantar y mantener, además, una separación lateral mínima de 1,5 metros con el ciclista.

PUBLICIDAD

Ciclista. Imagen de archivo.
Ciclista. Imagen de archivo

En el ámbito urbano, la norma introduce un cambio en la posición que deben ocupar las bicicletas dentro del carril. La DGT explica que los ciclistas circularán de forma preferente por el centro del carril, una medida orientada a mejorar su visibilidad frente al resto de vehículos. Los conductores que circulen detrás de un ciclista en el mismo carril deberán dejar una distancia mínima de cinco metros. El texto también habilita a los ayuntamientos a permitir, previa señalización, que las bicicletas circulen en ambos sentidos en calles de un solo carril con un límite de velocidad de 30 kilómetros por hora o inferior.

Los usuarios de patinetes eléctricos, encuadrados en la categoría de vehículos de movilidad personal, también quedan alcanzados por la reforma. El reglamento fija en 15 años la edad mínima para conducir uno de estos vehículos, un límite que hasta ahora no estaba establecido de forma expresa a nivel estatal. Además, obliga a llevar casco y chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad, una exigencia que se convierte en permanente para quienes utilicen el patinete como herramienta de trabajo.

Una persona en scooter eléctrica, vestida con chaleco reflectante y casco, sobre una calle de adoquines. Edificios de ladrillo y autobús amarillo de fondo.
Una persona transita en una scooter eléctrica por una calle de adoquines, vistiendo un chaleco de alta visibilidad y un casco de bicicleta. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los motoristas podrán circular por el arcén derecho en atascos

Además, los motoristas podrán circular por el arcén derecho en atascos, aunque solo en los tramos con señalización vertical y marcas viales que lo autoricen expresamente, y deberán hacerlo en fila de uno, sin adelantamientos entre ellos y sin superar los 30 kilómetros por hora; además, será obligatorio llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía, tanto para el conductor como para el pasajero, bajo pena de una infracción grave sancionada con 200 euros; los cascos de los ciclomotores deberán estar homologados, y no solo certificados, con un periodo transitorio de un año para adaptarse a esta exigencia.

El incumplimiento de estas dos obligaciones se sanciona igual que en el caso de ciclistas y motoristas: 200 euros por infracción grave. Fuera de los núcleos urbanos, el texto abre la puerta a que estos vehículos circulen por vías ciclistas o carriles bici cuando la vía lo permita.

Por otro lado, los peatones tendrán prioridad en las calles de plataforma única, donde la calzada y la acera comparten el mismo nivel. El cambio figura en el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación.

La norma obliga a los conductores a detenerse y ceder el paso a quienes caminen por estas vías, incluso cuando no haya un paso de peatones señalizado. La medida se aplica a calles sin bordillos, escalones u otros elementos que separen la zona destinada a los vehículos de la utilizada por los viandantes.

Los taxistas tendrán que llevar el cinturón abrochado. (GVA/Europa Press)
Los taxistas tendrán que llevar el cinturón abrochado. (GVA/Europa Press)

Los taxistas deberán llevar abrochado el cinturón

La reforma no se limita a los usuarios más vulnerables. También suprime las exenciones al uso del cinturón de seguridad que hasta ahora amparaban a los conductores de taxi, a los vehículos de mercancías y a los coches de autoescuela. A partir del 1 de octubre, todos ellos tendrán que llevarlo abrochado mientras conducen. La única excepción que mantiene el reglamento afecta a los pasajeros de ambulancias asistenciales acondicionadas para prestar atención sanitaria durante el trayecto, que podrán viajar sin cinturón en el habitáculo del paciente cuando el vehículo esté prestando un servicio de urgencia.

El texto incorpora, además, un protocolo específico para la circulación con nieve. Cuando esta dificulte el tráfico en autopistas y autovías, quedará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para el paso de las máquinas quitanieves y los servicios de emergencia.

La norma establece también que, ante una retención, los vehículos que se vean obligados a detenerse o a circular a paso de peatón deberán orillarse para dejar un espacio central que permita el acceso de la policía y otros servicios de emergencia.

No todas las medidas entran en vigor el mismo día. La obligación de llevar siempre encendido el alumbrado en los vehículos de movilidad personal y la exigencia de que los cascos de los motoristas estén homologados, y no simplemente certificados, se posponen hasta el 1 de octubre de 2027. El uso obligatorio de guantes de protección homologados para motociclistas, por su parte, queda pendiente de la orden ministerial que fije sus especificaciones técnicas, por lo que hasta entonces se seguirán utilizando los guantes actuales.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD