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La Audiencia Nacional rechaza los recursos de Isabel Pantoja contra Hacienda y confirma una deuda de más de 700.000 euros

Los dos fallos, dictados el 26 de junio, confirman las liquidaciones del IRPF de 2009 y 2010, pero aún pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo

Isabel Pantoja en un concierto. (Europa Press)
Isabel Pantoja en un concierto. (Europa Press)
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La Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de Isabel Pantoja contra Hacienda y confirma que la mediática artista debe pagar más de 700.000 euros en concepto de impuestos no declarados correctamente durante 2009 y 2010, según ha adelantado este miércoles El País. En dos sentencias dictadas el pasado 26 de junio a las que ha podido acceder Infobae, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal fija deudas de 438.045,20 euros por el ejercicio de 2009 y de 264.978,75 euros por el de 2010 para la artista identificada por El País como Isabel Pantoja.

Según Hacienda, la sevillana no declaró sus ingresos directamente a su nombre, sino que los hizo pasar por dos empresas de las que era prácticamente la única propietaria, con participaciones del 99,4% y el 99,8% del capital, respectivamente. Las empresas cobraban por los servicios de la artista, pero le transferían a ella una cantidad inferior a la que habrían pagado si la hubieran contratado directamente, lo que reducía su factura fiscal. La ley obliga a que esas operaciones se valoren a precio de mercado, y si la sociedad factura por debajo de ese umbral, la Agencia Tributaria puede reclamar la diferencia al artista.

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Los textos judiciales describen con detalle las operaciones que Hacienda consideró mal declaradas: una actuación en el programa de televisión Quiero Cantar de Antena 3, por la que una de las sociedades cobró 70.000 euros a la cadena sin abonar cantidad alguna a la artista; ingresos de 1.274.797,61 euros por varios conciertos y una entrevista a la revista ¡Hola!, de los que solo se declararon 42.000 euros como rendimiento personal del trabajo; y la grabación de un disco de temas inéditos en 2009.

El tribunal no da la razón a Isabel Pantoja

La defensa de Pantoja intentó dos líneas de ataque ante el tribunal. La primera fue alegar que Hacienda se había tomado demasiado tiempo en la inspección y que, por tanto, el derecho a reclamar había prescrito. La Sala lo descartó: el procedimiento inspector duró un año, un mes y un día, y parte de ese tiempo fue consecuencia de aplazamientos que la propia artista solicitó. Según los magistrados, esos retrasos son imputables a la contribuyente.

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La segunda línea fue cuestionar cómo Hacienda había calculado el valor real de los servicios. La defensa argumentó que las empresas asumían gastos de producción (músicos, iluminación, montaje) y que, por tanto, generaban un valor propio que justificaba que se quedaran con parte de los ingresos. El tribunal rechazó ese argumento apoyándose en una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2023, que establece que cuando una sociedad no puede prestar el servicio sin la participación imprescindible de la persona física (es decir, cuando lo que se contrata es en realidad a la persona y no a la empresa), la empresa no aporta valor añadido real y los ingresos deben imputarse íntegramente al artista. 

Deudas con Hacienda

El tribunal también confirmó las sanciones impuestas por Hacienda, cuyas cuantías no han trascendido. Para eludir una multa, la defensa alegó que Pantoja actuó amparada en una interpretación razonable de la norma fiscal. Los magistrados lo rechazaron explicando que declarar cero euros de rendimiento personal por una actuación televisiva que generó 70.000 euros, o declarar solo 42.000 de más de 1,27 millones facturados, “supone la construcción de una apariencia incompatible con el pretendido amparo de la conducta en una interpretación razonable de la norma”, según recogen los fallos.

Las casas de Isabel Pantoja: de su nueva mansión en La Finca a su propiedad en La Moraleja junto a Encarna Sánchez.

Pese a la contundencia de las resoluciones, ninguna de las dos sentencias es aún firme. La artista dispone de 30 días desde su notificación para recurrir ante el Tribunal Supremo, que tendría la última palabra. Esa falta de firmeza explica que estas deudas no aparezcan en la lista oficial de grandes morosos de la AEAT, que solo recoge obligaciones tributarias definitivas e inapelables. La última relación publicada por el organismo, con datos a 31 de diciembre de 2025, ya incluía a la artista con un pasivo de 1,27 millones de euros.

El caso Malaya y el paso por la cárcel de la artista

El historial fiscal de Pantoja se entrelaza con su condena penal por el caso Malaya, la trama de corrupción urbanística de Marbella en la que también estuvo implicado el entonces alcalde Julián Muñoz, su pareja en aquel momento. En abril de 2013, un tribunal la condenó a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.147.148,96 euros por blanqueo de capitales. Ingresó en la cárcel de Alcalá de Guadaíra en noviembre de 2014. A esa condena se sumaron, con los años, sucesivos embargos sobre la finca Cantora, en Medina Sidonia (Cádiz), propiedad que según varias informaciones periodísticas fue vendida a principios de 2026 por 1,2 millones de euros.

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