Manuel gana 3.534 euros limpios al mes y no puede optar a los “alquileres asequibles” de Almeida porque una inmobiliaria le ha rechazado por “falta de viabilidad económica”

Este vecino de la capital, economista, ha presentado una denuncia ante la Oficina Contra el Fraude y la Corrupción porque asegura que cumple los requisitos y que la empresa privada que gestiona la solicitudes no ha justificado su inadmisión

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El alcalde de Madrid. José Luis Martínez-Almeida, entregando las llaves de una vivienda protegida
El alcalde de Madrid. José Luis Martínez-Almeida, entregando las llaves de una vivienda protegida

Manuel tiene 54 años, es economista y gana 3.534 euros netos al mes. Limpios. Él considera que “tiene un buen salario”, pero no podrá ser inquilino de uno de los pisos de “renta asequible” que promueve el Ayuntamiento de Madrid. La inmobiliaria privada que gestiona la promoción que le interesaba le ha rechazado alegando “falta de viabilidad económica”. Y eso que la renta a pagar es de 1.037 euros. “Mis ingresos netos mensuales en 12 pagas son esos 3.534 euros, sin cargas financieras relevantes, lo que situaría el esfuerzo de alquiler en torno al 29,34%. Aún así, no valgo para optar a estas casas”, señala Manuel, que ha presentado una denuncia ante la Oficina Municipal Contra el Fraude y la Corrupción.

El Gobierno local que dirige José Luis Martínez-Almeida sacó a concurso 25 parcelas municipales (150.000 metros cuadrados) para que empresas privadas construyan 2.100 viviendas destinadas al “alquiler de renta asequible”. Varias promotoras se han quedado ya con el suelo, levantarán los pisos y gestionarán el alquiler durante 45 años. Pasado ese tiempo, el Consistorio se quedará con los inmuebles. El Ayuntamiento limita los precios para que el alquiler en esas zonas sea, en teoría, un 25% inferior al del mercado y sea accesible para más ciudadanos. Las parcelas se dividieron en cinco lotes.

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Uno de ellos, el 4, se lo ha llevado la UTE formada por las promotoras Avintia y Pecsa. Se trata de 452 viviendas distribuidas en cinco parcelas. Manuel se interesó por una de las promociones, bautizada como ‘La Alegría’, situada en el distrito de Ciudad Lineal. “Inicié la solicitud para una casa de dos dormitorios con una renta mensual anunciada de 1.037 euros al mes”. Pero la vivienda no estaba comercializada ni por Avintia ni por Pecsa, sino por la inmobiliaria Alkira Living, que anuncia en su web que para poder acceder a estos pisos “el arrendatario deberá acreditar que sus ingresos anuales de la unidad familiar o unidad de convivencia a la que pertenezca” no superen un límite: 7,35 veces el IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, 52.920 euros si el sueldo se recibe en 12 pagas.

La promoción bautizada como Alegría situada en el distrito de Ciudad Lineal
La promoción bautizada como Alegría situada en el distrito de Ciudad Lineal

Manuel cumplía los requisitos económicos y el 22 de mayo inició el proceso de solicitud de la vivienda. Visitó la casa y remitió la documentación requerida, incluyendo DNI, tres últimas nóminas, declaración de la renta, vida laboral, certificado de cotizaciones, contrato laboral, sentencia de divorcio y empadronamiento en Madrid. “No tengo préstamo hipotecario, ni préstamo personal ni otras cargas financieras relevantes”, explica Manuel, que asegura que Alkira le llegó a pedir en tres ocasiones la documentación que les presentó la primera vez, sin explicar por qué. “Esta reiteración de requerimientos, sin explicación clara sobre pérdida, invalidez o incidencia documental, constituye ya un primer indicio de falta de trazabilidad interna en la gestión de solicitudes”, afirma este economista.

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¿Cuál es el baremo de rechazo?

El 11 de junio, Alkira Living le comunicó que su solicitud no superaba el estudio de viabilidad económica. “Una comunicación que se limitaba a indicar, de forma genérica, que no había superado ese estudio, pero no venía acompañada de ningún método de cálculo aplicado, ingresos computados, ratio de esfuerzo aplicado, gastos o cargas considerados, posibilidad de subsanación, criterios objetivos de exclusión, ni explicación alguna que permitiera conocer la causa real de la denegación”, continúa Manuel. “Es incomprensible. Les he escrito pidiendo explicaciones sobre cómo elaboran sus motivaciones de denegación. Nunca he obtenido respuesta”.

El siguiente paso de Manuel fue poner una reclamación en el Ayuntamiento, ya que este vecino de la capital entiende que esta promoción se inserta en un expediente público municipal y que corresponde al Ayuntamiento supervisar el cumplimiento de las condiciones de adjudicación y explotación. Al no recibir tampoco respuesta, ha puesto una denuncia ante la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción. El escrito quiere que esta entidad municipal le diga si “una entidad privada puede denegar solicitudes de viviendas de renta limitada promovidas sobre suelo municipal mediante fórmulas genéricas, sin cálculo, sin baremo, sin posibilidad real de subsanación y sin control público efectivo, lo que podría comprometer la finalidad social del programa y producirse una selección opaca de beneficiarios”.

José Luis Martínez-Almeida anuncia la construcción de un circuito urbano de Fórmula 1 en Ifema (Madrid)

Pedro Barrero, concejal socialista, señala que con este sistema “el Ayuntamiento deja todo en manos privadas, la construcción de las viviendas, la promoción y la gestión. Luego las promotoras están contratando a terceros para hacer la selección de los inquilinos sin ningún tipo de criterio. Lo único que les importa es que el alquiler no supere el 30% de sus ingresos. Pero todo este sistema no lo controla nadie. Este suelo es patrimonio público y nadie controla nada. Estamos recopilando información de varias promociones porque hay varias denuncias”, explica el edil.

“Mi caso revela un posible problema estructural: que una entidad privada pueda filtrar o excluir solicitantes de viviendas asequibles construidas sobre suelo público mediante criterios no publicados, no trazables y aparentemente no fiscalizados por el Ayuntamiento” sentencia Manuel, que ha pedido a la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción si el Consistorio está supervisando las solicitudes y si la falta de transparencia puede estar desvirtuando la finalidad social de este programa público de vivienda.

Promoción cedida

Alkira Living no aparece en los pliegos como adjudicataria de estas parcelas ni como miembro de la UTE Avintia y Pecsa. Es decir, aunque en un principio intervenga en la captación, registro, verificación documental o gestión del inquilino, las obligaciones del pliego siguen recayendo sobre el contratista. Infobae ha intentado contactar, sin éxito, con Alkira. Con quien sí ha podido hablar es con un portavoz de Avintia. “Nosotros fuimos adjudicatarios y promovimos la obra; una vez terminada la obra, se cedió, no tenemos nada que ver con la comercializadora”, señala.

El delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante (Eduardo Parra - Europa Press)
El delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante (Eduardo Parra - Europa Press)

A estos pisos se accede a través de un “proceso comercial”, detallaba el Consistorio en una nota de prensa cuando anunció esta cesión de suelo, descartando la vía del sorteo abierto o público. Así, para conseguir uno de estos alquileres, hay que recurrir a portales como Idealista o llamar a una de las inmobiliarias contratadas por los promotores. Desde el Área de Urbanismo del Consistorio señalan a este diario que “el adjudicatario del contrato es una cooperativa, obligada como cualquier otro propietario, sea persona física o jurídica, a que durante 15 años los pisos sean arrendados a precios asequibles y el arrendatario debe cumplir los requisitos fijados en el pliego”.

“Si estas obligaciones de destino a alquiler asequible y limitaciones en las rentas y en las condiciones de arrendamiento se incumplieran, el Ayuntamiento actuaría conforme prevé el pliego”, matizan desde Urbanismo. ¿Qué controles? Presentar anualmente, durante el periodo de 15 años, informe de auditoría externa independiente que acredite que se mantienen los límites de renta que resulten de la adjudicación. En cualquier momento durante ese plazo de 15 años, la Administración podrá solicitar la relación individualizada de los contratos en vigor y la documentación complementaria de los mismos, a fin de que se acredite que las personas que arriendan las viviendas construidas lo hacen en las condiciones de renta y con los límites establecidos en el pliego. El control es, por tanto, sobre los inquilinos definitivos, no sobre los solicitantes.

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